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Autora: Doralicia Carmona Dávila.

© Derechos Reservados
ISBN 970-95193

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Se instala el Congreso y se establecen las bases constitucionales.

24 de Febrero de 1822

Hoy domingo, en la Catedral Metropolitana, se reúne el Soberano Congreso Constitucional, integrado por 120 diputados de diferentes clases sociales elegidos conforme a la convocatoria de la Junta Provisional Gubernativa, quienes se declaran legítimamente constituidos y por lo tanto, que en el Congreso reside la soberanía de la Nación. Sin embargo, están ausentes quienes combatieron inicialmente al lado de Hidalgo y de Morelos. En la nave de la catedral está un dosel rojo, debajo del cual se ubican las sillas del presidente de la Cámara y del representante del Poder Ejecutivo. Más allá, hay una mesa para el presidente de la asamblea; al fondo se encuentran los sillones de los diputados, así como dos graderías para el público.

El propósito del Congreso es "constituir el Gobierno del Imperio bajo las bases fundamentales del Plan de Iguala y Tratado de la villa de Córdoba, estableciendo la separación absoluta del Poder Legislativo, Ejecutivo y Judicial". Es a la vez, un Congreso constituyente y ordinario, integrado por una sola cámara.

Los diputados aprueban por aclamación que la religión del Estado será la católica, que se instaurará una monarquía moderada constitucional, que se llamará al trono a las personas designadas en los Tratados de Córdoba, que se establecerán los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, así como “la igualdad de derechos civiles en todos los habitantes libres del Imperio sea cual fuera su origen en las cuatro partes del mundo”. Sus miembros juran sostener estas “bases constitucionales” sobre las que descansará la organización del país, en presencia de la Junta y la Regencia del nuevo Imperio. Eligen presidente provisional del Congreso a Carlos Maria de Bustamante y secretario a Manuel Argüelles. De allí, los diputados se trasladan a su recinto de sesiones en la Iglesia de San Pedro y San Pablo.

Al poco tiempo, el Congreso entrará en pugna con Agustín de Iturbide, por su negativa a la propuesta de armar un Ejército compuesto por 35,000 efectivos. Además, rechazará que Iturbide sea miembro del Ejecutivo y generalísimo del ejército al mismo tiempo. Así, el Congreso no será capaz de cumplir con sus funciones principales: redactar la Constitución y organizar la división del propio Congreso en dos Cámaras, como era el deseo de Iturbide, quien finalmente, ordenará su disolución el 31 de octubre de 1822 y establecerá una Junta Nacional Instituyente.

Hasta el 31 de enero de 1824 será reinstalado el Congreso Constituyente, el cual proclamará el Acta Constitutiva de la Federación, cuyos postulados se plasmarán en la Constitución de 1824, que será decretada 4 de octubre del mismo año.

Doralicia Carmona: Memoria Política de México.