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Autora: Doralicia Carmona Dávila.

© Derechos Reservados
ISBN 970-95193

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El emperador Maximiliano expide una ley draconiana: Ley de Muerte a los Liberales

3 de Octubre de 1865

Maximiliano expide una ley por la que declara que todos los ligados a bandas o reuniones armadas, después de ser juzgados por Cortes Marciales, serán pasados por las armas si se les encuentra culpables y que la condena debe ser aplicada a las veinticuatro horas de ser dictada.

Antes de expedir esta ley, Maximiliano se había negado a ver la crueldad ejercida por las cortes marciales aplicadas a quienes luchaban contra la invasión; en una nota, el jefe del Gabinete Militar, comunicó –el 24 de junio pasado-, al jefe del ejército francés, que las sentencias de las Cortes, en adelante ya no se las comunicaran al emperador, pues él no quería intervenir en sus decisiones.

El 2 de octubre, a las 12 y media del día, Maximiliano presidió la reunión del Consejo de Estado para discutir el tema de la Ley que propuesta por él; en dicha reunión, dijo que había hecho los mayores esfuerzos para lograr la paz –mediante actos de indulgencia y clemencia, pero que ya no podía seguir con el mismo sistema contra “quienes se obstinan en defender una causa que tiempo ha que había perdido”; calificó la guerra hecha por los nacionales como vandalismo y eso ponía al “Gobierno en el caso de desplegar todas las medidas de rigor que merecen los que se ponen en pugna abierta con la sociedad, atacando sus más preciosas garantías y que por eso había decidido “dar una ley que cuidará de que sea inflexiblemente observada y que tiende a reprimir y castigar ejemplarmente a los bandoleros y malhechores”. Al día siguiente, el decreto draconiano será expedido.

El 11 octubre siguiente, Aquiles Francisco Bazaine, Comandante en Jefe del Ejército invasor, avalará el decreto y enviará una circular confidencial a los jefes militares en la que les dirá: “los odiosos asesinatos cometidos por los disidentes y la parte que toman en estos actos salvajes los jefes rebeldes, poniéndose a la cabeza de partidas que nada respetan, dan a la lucha empeñada hoy entre el poder imperial y el partido juarista el verdadero carácter que debe considerarse: esto es, la guerra de la barbarie contra la civilización… son un deber las represalias; todos esos bandidos, comprendiendo también a sus jefes, han sido puestos fuera de la ley… Encargo a usted que haga saber a las tropas que están a sus órdenes, que no admito que se hagan prisioneros: todo individuo, cualquiera que sea, cogido con las armas en la mano, será fusilado. No habrá canje de prisioneros en lo sucesivo; es menester que sepan bien nuestros soldados que no deben rendir las armas a semejantes adversarios. Estas es una guerra a muerte; una lucha sin cuartel que se empeña hoy entre la barbarie y la civilización; es menester, por ambas partes, matar o hacerse matar”.

En una carta que Maximiliano enviará a Napoleón, el 25 de octubre, tratará de justificarse: “la ley draconiana que he debido dictar contra los guerrilleros y cuyos resultados serán favorables... Si no nos hubieran faltado tropas, hace tiempo que habríamos podido terminar con esa plaga en el país”.

Un grupo de republicanos entre los que se encuentran los generales José Ma. Arteaga y Carlos Salazar; los coroneles José Trinidad Villagómez y Jesús Díaz Paracho y el mayor Juan González, “Los Mártires de Uruapan”, derrotados en Santa Ana Amatlán, serán fusilados el 21 de octubre siguiente, en cumplimento de esta ley que se conoce como la “Ley del 3 de octubre de 1865”.

Esta ley dará uno de los motivos por los cuales no se indultará a Maximiliano de la pena de muerte.

Doralicia Carmona: MEMORIA POLÍTICA DE MÉXICO.