Noviembre 25 de 1985
OFICIO por el que el C. Lic. Miguel de la Madrid H., Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, encomienda al C. Secretario de Comercio y Fomento Industrial, la conducción de las negociaciones internacionales para la adhesión de México al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos. - Presidencia de la República. - Of.: 42111.
C. Lic. Héctor Hernández Cervantes,
Secretario de Comercio y Fomento Industrial.
Presente.
Uno de los problemas estructurales de la economía mexicana que ha configurado el cuadro difícil por el que hemos venido atravesando en los últimos años ha sido el debilitamiento de nuestras relaciones económicas con el exterior. Los déficit en nuestra balanza comercial, derivados de un crecimiento de las importaciones más rápido que el de las exportaciones de bienes y servicios, indujeron al país a un alto endeudamiento externo para equilibrar la balanza de pagos. Esta tendencia se facilitó por las muy favorables circunstancias del mercado petrolero internacional de 1979 a 1981.
Al revertirse negativamente las condiciones de demanda y precio del petróleo y al limitarse el acceso y elevarse el costo del financiamiento externo, México enfrentó una crisis severa de balanza de pagos a lo largo de 1982. Para entonces, la dependencia de nuestro comercio exterior de las exportaciones petroleras se tornó sumamente alta y, en consecuencia, riesgosa.
Insertar en términos eficientes y competitivos a la economía mexicana en el comercio mundial ha sido uno de los cambios estructurales que he planteado a la nación desde mi mensaje de toma de posesión, el lo. de diciembre de 1982, y que se ha señalado explícitamente en el Plan Nacional de Desarrollo y en el Programa Nacional de Fomento Industrial y Comercio Exterior. Para ello, es indispensable, entre otros instrumentos de política, racionalizar la protección industrial para hacer más eficiente y competitiva nuestra economía.
De ahí que esta administración ha venido sustituyendo el instrumento del permiso previo por el del arancel como instrumento de regulación de las importaciones, por considerar que, de esta manera, se transparenta el nivel de protección efectiva y se evitan las distorsiones que habían venido propiciando en nuestra estructura económica las restricciones cuantitativas. El nivel excesivo de protección en el que incurrimos, al impedir una razonable competencia, alentó costos excesivos para la propia industria, interconstruyó en el sistema económico presiones inflacionarias y le restó al país competitividad en el comercio internacional.
Por otra parte, México requiere una participación activa en las negociaciones económicas internacionales en sus diferentes pero interconectados elementos: finanzas, moneda y comercio. No podemos aislarnos de un mundo crecientemente interdependiente.
El Poder Ejecutivo Federal ha efectuado un estudio cuidadoso de las diversas formas que debemos utilizar para promover nuestras exportaciones no petroleras. Hemos celebrado convenios y acuerdos de cooperación con diversos países del mundo con el objetivo de lograr una apertura más amplia de los diversos mercados a nuestras exportaciones. Al mismo tiempo se ha puesto en práctica un conjunto de programas y medidas para este propósito.
El Gobierno ha seguido con atención los diversos diálogos internacionales tendientes a promover el comercio mundial. Actualmente, se organiza ya una serie de negociaciones multilaterales con este fin en la cual participarán la gran mayoría de los países con los que México comercia.
Es en el contexto descrito donde debemos ubicar la cuestión del ingreso de México al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio.
El H. Senado de la República ha efectuado una amplia y profunda consulta en relación con la adhesión de México al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio. Como es de su conocimiento, dicho proceso terminó el 15 de noviembre pasado, con un informe de esa Cámara en el sentido de que, si lo juzga conveniente el Ejecutivo a mi cargo, se inicien negociaciones con ese fin.
Los resultados de dicha consulta fueron en el sentido de que no existe inconveniente de orden económico, político, jurídico o social para tal efecto. En la misma, fueron expresados los puntos de vista y las opiniones formales del sector laboral, asociaciones profesionales y académicas, organismos empresariales y muy diversas entidades del sector social.
Para estar en condiciones de tomar la decisión correspondiente, escuché a los integrantes del Gabinete de Comercio Exterior, quienes expresaron opinión unánime en favor de la adhesión de México a la mencionada institución.
En esa virtud, y después de ponderar los diversos argumentos y opiniones sobre el tema, he considerado que existen razones fundamentadas por las que conviene al interés nacional iniciar los procedimientos tendientes a la adhesión de México al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio.
En virtud de lo anterior, y con fundamento en el Artículo 89 fracción X, y en el Artículo 131 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, he decidido encomendar a usted, como Secretario de Comercio y Fomento Industrial, la conducción de las negociaciones internacionales para la adhesión de México al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio y la coordinación de las acciones correspondientes de las diversas dependencias del Ejecutivo.
Durante el proceso negociador deberá usted cuidar el cumplimiento de los siguientes lineamientos y criterios:
—El protocolo de adhesión se circunscribirá plenamente a lo que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y todas las demás leyes que salvaguardan la vigencia y el ejercicio de la soberanía nacional. Asimismo, deberá ajustarse a lo dispuesto en el Plan Nacional de Desarrollo y sus programas sectoriales y regionales, especialmente en sus capítulos relativos al Fomento Industrial y Comercio Exterior, de tal manera que, considerando el ámbito de competencia del Acuerdo al que se pretende adherir, se garanticen en el protocolo correspondiente las modalidades y orientación de nuestra política de desarrollo.
—La negociación respectiva deberá tener como marco de referencia el Protocolo negociador por México y adoptado por las partes contratantes en 1979. La política comercial que hemos venido aplicando durante los últimos años facilita el proceso de adhesión. Adicionalmente, deberá atender las disposiciones que en su momento contenga la Ley Reglamentaria del Artículo 131 Constitucional, en materia de defensa contra prácticas desleales en el comercio exterior, cuya iniciativa he sometido al H. Congreso de la Unión.
—El proceso de adhesión deberá reconocer la situación de México como país en desarrollo, así como la plena aplicación de las disposiciones que le concedan trato diferenciado y más favorable.
—Durante la negociación se deberá mantener el respeto total a nuestra soberanía sobre los recursos naturales, en particular los energéticos. Igualmente, deberá tener en cuenta las disposiciones en materia de compras del sector público.
—En las negociaciones se promoverá un reconocimiento al carácter prioritario del sector agropecuario de México, por constituir éste un pilar fundamental dentro del desarrollo económico y social del país.
—Dentro del marco general de las negociaciones, se buscará mantener la flexibilidad necesaria para el uso de los controles al comercio exterior, en el contexto de la política actual de sustitución gradual del permiso previo por el arancel. Los productos que no podrán considerarse en la negociación son aquellos que afectan la seguridad nacional o la salud pública, y los productos agropecuarios sensibles para la economía nacional.
En consecuencia, se servirá usted comunicar al Director General del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, la decisión del gobierno de México de solicitar se inicie el proceso formal de adhesión de nuestro país a ese Acuerdo, de tal forma que México participe con plenos derechos como parte contratante en la nueva Ronda de Negociaciones Comerciales Multilaterales.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D. F., a 22 de noviembre de 1985. - El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Miguel de la Madrid H. - Rúbrica.
Fuente: Diario Oficial de la Federación, México, 25 de noviembre de 1985.
|