Enero de 1937
I) México es y deberá seguir siendo un Estado fiel a la Sociedad de Naciones. II) México cumplirá estricta y puntualmente el pacto de la Liga. III) México ha reconocido y reconoce como inalienable el principio de no intervención. IV) Como consecuencia de lo anterior, México se constituirá, en todo momento que sea necesario, en defender de cualquier país que sufra una agresión exterior de cualquier importancia. V) Especialmente en el conflicto español, el Gobierno mexicano reconoce que España, Estado miembro de la Sociedad de Naciones, agredido por las potencias totalitarias, Alemania e Italia, tiene derecho a la protección moral, política y diplomática, y a la ayuda material de los demás Estados miembros, de acuerdo con las disposiciones expresas y terminantes del pacto. VI) El Gobierno mexicano no reconoce ni puede reconocer otro representante legal del Estado español que el Gobierno republicano. VII) En el caso de Abisinia, México reconoce que ese Estado ha sido víctima de una agresión a su autonomía interna y a su independencia de Estado soberano por parte de una potencia interventora. En consecuencia, la delegación de México defenderá los derechos etíopes en cualesquiera circunstancias en que se pretendan ser conculcados. VIII) En términos generales, México ha sido y debe seguir siendo un país de principios cuya fuerza consiste en su derecho y en el respeto a los derechos ajenos. Consecuentemente, la representación de México en Ginebra deberá ser intransigente en el cumplimiento de los pactos suscritos, en el respeto a la moral y al derecho internacional y específicamente en el estricto cumplimiento del Pacto de la Sociedad de Naciones.
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