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Selección de textos y documentos:

Doralicia Carmona Dávila

© Derechos Reservados
ISBN 970-95193

Este Sitio es un proyecto personal y no recibe ni ha recibido financiamiento público o privado.

 

 
 
 
 


1933 Plan Sexenal. PNR

Lazaro Cardenas, 6 de Diciembre de 1933

INTRODUCCIÓN

Entre los problemas que suscita la sucesión presidencial que habrá de consumarse en el año de 1934. figura de manera preeminente el de la elaboración de un plan de gobierno que constituya un solemne compromiso ante la Nación de desarrollar una política social, económica y administrativa, capaz de traducir en hechos los postulados que se proclamaron en los años de la lucha armada, y de encauzar las corrientes renovadoras que, dentro y fuera del país, engendra el afán de las colectividades contemporáneas por hacer justa la vida de relación entre los hombres.

Cumplida la misión inicial del Partido Nacional Revolucionario, que consistió en reunir los grupos, antes dispersos, de la Revolución, como preámbulo necesario para el encauzamiento del orden institucional de la República -orden a que convocó el ilustre ciudadano Plutarco Elías Calles, en su Mensaje Presidencial del primero de septiembre de 1928-, ha llegado el momento para nuestro Partido de procurar alcanzar un estadio más alto, en el cual su acción política y su gestión económica y social produzcan resultados más fecundos para la colectividad mexicana.

Esta evolución comprende el propósito de enmarcar sistemáticamente la política del Partido en programas meditados a conciencia, elaborados con sereno conocimiento de las realidades nacionales y llevados hasta la extensión que señalen la posibilidad de acción de los gobernantes y las finalidades concretas y medios que deban inspirar la obra de los miembros de la Institución.

Para esa posición y para ese deber, histórico, hoy, como ayer, fue el fundador y jefe nato del Partido, el C. General Plutarco Elías Calles, quien dio la señal y el llamado, diciendo: "... ya es hora de formar un programa minucioso de acción que cubra los seis años del próximo período presidencial, programa que debe estar basado en el cálculo, en la estadística, en las lecciones de la experiencia"; y agregando después: "... debemos estudiar lo que podemos alcanzar, dadas las posibilidades de nuestro presupuestos y las realidades nuestras."

En nuestro país, la voluntad de mantener en el poder al Partido Nacional Revolucionario, nace del impulso constante del pueblo por realizar las trasformaciones sociales y económicas que establezcan progresivamente planos más altos, mejores y más amplios en la vida nacional. Mientras exista un Partido Revolucionario que garantice al pueblo el ejercicio del gobierno, la revolución se realizará en la forma pacífica y creadora de la acción política. Cuando no exista ese Partido, la revolución volverá a manifestarse, por medio de la violencia, en la guerra civil.

Ahora bien, el centro vital de todo buen régimen de gobierno es un programa común, porque establece los compromisos del Partido con el pueblo y las responsabilidades de los gobernantes ante la Nación y ante su partido, compromisos y responsabilidades que se traducen en nexos de solidaridad, en puntos de colaboración, cuando, como ocurre con el Partido Nacional Revolucionario, los hombres que integran los órganos del poder lo ejercitan para satisfacer las grandes aspiraciones de las colectividades.

Lo anterior explica el hecho de que se haya consignado como punto de primera importancia en la agenda de trabajos de esta Asamblea, el tema a estudiar y resolver, del Primer Plan Sexenal de Gobierno.

Del estudio hecho por esta Comisión Dictaminadora sobre el Proyecto de Plan Sexenal formulado por la Comisión de Programa designada oportunamente por el Comité Ejecutivo Nacional del Partido Nacional Revolucionario; del examen que hemos hecho de la iniciativa previa elevada ante el Partido por la Comisión Técnica de Colaboración del Ejecutivo Federal, así como de la lectura de las numerosas ponencias e iniciativas que con relación a cuestiones de mayor o menor importancia fueron presentadas a la citada Comisión de Programa, por distintos funcionarios, instituciones y personas, se desprende que la tesis en que debe fundarse el plan de gobierno que va a ocupar vuestra. atención, es, unánimemente, la de que el Estado mexicano habrá de asumir y mantener una política reguladora de las actividades económicas de la vida nacional; es decir: franca y decididamente se declara que en el concepto mexicano revolucionario, el Estado es un agente activo de gestión y ordenación de los fenómenos vitales del país; no un mero custodio de la integridad nacional, de la paz y el orden públicos.

En opinión de la Comisión Dictaminadora, la doctrina en que se apoya el Plan es justa, como interpretación de la historia de nuestras instituciones revolucionarias; es lógica, conforme al sentido profundo de nuestro Derecho Político, y es coherente con las necesidades reales de nuestra estructura económica y de nuestro pueblo.

La Comisión Dictaminadora, es consecuencia, espera que la conciencia revolucionaria de esta Asamblea aprobará el criterio que preside el contenido ideológico del Plan Sexenal.

Es justo, en el criterio de la Comisión, el concepto de las funciones del Estado que se consigna en el Plan Sexenal, como interpretación de la historia de nuestras instituciones públicas actuales, porque éstas, según nuestro entender, descansan en tres realidades concordantes: la Revolución, el Partido y el Gobierno. La Revolución es el fenómeno histórico que consiste en el hecho de que el pueblo asuma activamente la empresa de realizar una nueva concepción de la vida en sociedad, transformando las instituciones públicas y el régimen de la producción. El Partido es el órgano mediante el cual la Revolución se manifiesta en acción política y social, para asumir el poder público y mantenerse en él mediante su actuación en la lucha democrática, y para transformar el régimen de convivencia social. Y el Gobierno, mientras se halle en manos del Partido Revolucionario, es el órgano de gestión pública a través del cual la Revolución realiza sus finalidades.

De este modo solamente, la Revolución puede considerarse como un fenómeno de continuidad histórica que se proyecta permanentemente hacia el porvenir.

Estima la Comisión que el intervencionismo del Estado que se adopta como doctrina en el Plan Sexenal, es lógico conforme al sentido profundo de nuestro Derecho Político, porque la Constitución de 1917 quitó al Estado el carácter de institución puramente política y lo orientó hacia la acción reguladora de los fenómenos vitales del país, adelantándose en este camino a las más modernas teorías y a las más progresistas naciones.

La Constitución de 1917 mantiene, sin embargo, el respeto a los derechos e iniciativas individuales, para no establecer un régimen de absorción y nulificación del individuo por el Estado; pero abandona definitivamente, por contraria a los intereses colectivos, la organización jurídica anterior, en la cual, por defecto y abuso en los medios de la acción gubernativa, se creó una situación de privilegio para las minorías poseedoras de la riqueza, con grave daño de las grandes masas de población, relegadas a una condición de miseria y servidumbre.

Ilustran este criterio los siguientes conceptos contenidos en la iniciativa del Ejecutivo: "El sistema de la propiedad debe condicionarse, haciéndolo accesible para el mayor número; regulando su adquisición y tenencia, para suprimir los acaparamientos actuales y prevenir los futuros, e impidiendo que la propiedad privada de los medios de producción sea un instrumento definitivo de explotación de las mayorías por unos cuantos, ya que sólo es llevadera para los hombres esta etapa transitoria, pero inevitable, del desarrollo de las reformas sociales, en la medida en que es elemento de prosperidad colectiva."

Por último, la Comisión Dictaminadora afirma que la doctrina intervencionista es coherente con las condiciones reales de nuestra estructura económica y con las necesidades del país, puesto que en ella se concretan claramente las dos grandes normas que han de subordinar, durante el desarrollo del Plan Sexenal, la acción reguladora del Estado; por una parte, la norma jurídica, ya que la intervención estatal se efectuará en todos los casos conforme a derecho y a los principios de equidad establecidos; y por la otra, la norma técnica, en atención a que el Estado actuará en todo momento en la medida en que lo reclamen las necesidades inexcusables de la sociedad, y de acuerdo, salvo en casos notorios de rebeldía o incomprensión, con los elementos a los que afecte la intervención.

Antes de señalar los puntos en que esta Comisión juzgó necesario introducir algunas reformas al Proyecto que se encomendó a su estudio, quiere hacer público ante esta Asamblea el reconocimiento que el Partido debe a la Comisión Redactora del Plan Sexenal, por su atinada y minuciosa labor; al Ejecutivo Federal, por su importantísima colaboración técnica, y a todas las instituciones públicas y privadas e individuos particulares que probaron su interés por el bien general, al enviar sus iniciativas y puntos de vista, como aportaciones al Programa de Gobierno sobre el que se va a deliberar en esta Convención.

No se hicieron alteraciones en las ramas correspondientes a Hacienda y Crédito Público, Ejército Nacional y Comunicaciones y Obras Públicas. Se incorporaron a la ponencia de la Comisión del Partido y figuran, por tanto, dentro del cuerpo de este dictamen, importantes ideas que constan en la iniciativa del Ejecutivo en las siguientes ramas: Gobernación, Relaciones Exteriores, Educación Pública y Salubridad.

La atención que el Estado debe a la educación agrícola, materia que la iniciativa del Ejecutivo trató en el capítulo correspondiente a Agricultura y Fomento y que la Comisión del Partido dejó de incluir en su ponencia, queda incorporada en la parte relativa al Ramo de Educación.

En el Ramo de la Economía Nacional, que por su índole propia ocupa una posición central en todo Plan de Gobierno, la Comisión Dictaminadora estimó de grande importancia para la mejor organización y estructura del Plan, utilizar y coordinar los puntos de vista que respecto a tan importante materia habían presentado el Ejecutivo de la Unión, la Comisión de Programa y otros señalados ponentes, y presentar a vuestra deliberación el resultado de esta labor.

En el capítulo relativo a Trabajo, se hicieron desaparecer las medidas propuestas para el impulso de los deportes y las que se relacionan con la enseñanza técnica, para situadas en los lugares adecuados, de acuerdo con la división establecida en el orden administrativo de las distintas Secretarías de Estado, y se procuró precisar con mayor amplitud algunos enunciados que juzgamos de vital importancia, especialmente para el apoyo que representan para los trabajadores organizados.

La Comisión Dictaminadora se refiere nuevamente a los conceptos que, acerca de la Revolución y del Partido que la representa, están consignados en este documento. Atendiendo a nuestra realidad política, no considera la Comisión que el Plan Sexenal sea un programa que hombres de gabinete presentan al pueblo, sino que, de modo inverso, es el pueblo, ejercitado ya en el uso de sus derechos, el que ha venido ofreciendo al Partido de la Revolución un abundante material de observaciones, un cuadro completo de anhelos y necesidades, que los redactores del Plan organizaron, coordinaron y, a veces, tuvieron que encauzar. En tal concepto, el Plan Sexenal constituye un programa mínimo que podrá ser superado en sentido de progreso y de afinamiento de su ideología, en cuanto las posibilidades materiales e históricas del país lo consientan.

Estimamos que es de interés destacar algunos de los aspectos más altamente meritorios del Plan Sexenal, sin que nos sea posible señalarlos todos, ni nos atrevemos a asumir la responsabilidad de creer que en esta relación no falten algunos otros aspectos de tan capital importancia como lo que vamos a enumerar.

En primer término, conviene apuntar que nuestro país, con la aplicación del Plan Sexenal, entrará en la primera etapa de un régimen progresivo de economía dirigida, cuya trascendencia es mayor, sin género de duda, a todo lo previsible. El Plan adquiere por esta razón en nuestra historia los caracteres de un punto de referencia, que señala el fin de una etapa y el comienzo de otra.

Además, adopta el Plan Sexenal una definición precisa de nuestro nacionalismo económico, el cual, siendo como es una política de legítima defensa, tiende a colocarnos en una actitud internacional firme, sobre bases sólidas de alta ideología moral y humana y con autonomía de sustentación.

Deben ser señalados especialmente los propósitos de justicia social y nueva edificación económica que en materia agraria se exponen en el Plan, propósitos que al proteger a los nuevos poseedores de la tierra, y al crear nuevos sistemas de agricultura organizada, tienden a engendrar un seguro proceso de desplazamiento de los hombres de la ciudad hacia el campo.

La defensa de nuestras generaciones futuras frente a la obra de perturbación en las conciencias de los niños, que se ejerce en las escuelas primarias por los ministros religiosos y sus agentes, se precisa al definir de manera terminante en el Plan Sexenal las orientaciones que deben normar la enseñanza primaria y secundaria, así como el conjunto de medidas que el mismo propone para realizar esa obra.

No son menos importantes los lineamientos que en materia de trabajo definen la acción del Gobierno durante el sexenio cubierto por el Plan, una vez que ella estará fuertemente orientada hacia la protección y desarrollo de la organización sindical de los asalariados.

La gestión de los diversos órganos del Estado, prevista en el Plan Sexenal, depende de la eficaz acción hacendaria del Gobierno, pues de ella se derivarán fundamentalmente los recursos positivos de trabajo de que pueda disponerse. Es, por tanto, digno de la más especial mención el carácter armónico, prudente y sólido que en el ramo de Hacienda y Crédito Público tienen las medidas que se proponen en este documento, las cuales constituyen una cabal garantía del seguro desarrollo del Programa de Gobierno que se somete a la consideración de Vuestra Soberanía.

El programa de Gobierno que vais a considerar tendrá un principio de realización en varias materias, desde el primero de enero de 1934. El interés que reviste para beneficio del pueblo la aplicación inmediata de algunas medidas de las consignadas en el Plan y la posibilidad económica o técnica de llevaralas a cabo desde luego, determinan que la actual Administración comience a realizar parcialmente el Plan propuesto, en lo que se refiere a la aportación de veinte millones de pesos de los cincuenta que señala el Plan Sexenal para incrementar el crédito agrícola y a los aumentos presupuestales necesarios para activar los trabajos relativos a la resolución del problema agrario.

El Plan Sexenal se desarrollará en seis etapas anuales sucesivas, cada una de las cuales será debidamente planteada y calculada por el Ejecutivo de la Unión, con la colaboración del Partido, y cuyos lineamientos serán expuestos ante el país por el C. Presidente de la República, el primero de enero del año correspondiente.

AGRICULTURA Y FOMENTO

PROBLEMA AGRARIO

El Partido Nacional Revolucionario, en la forma más solemne y enérgica, da por reproducida la Declaración de Principios hecha desde su constitución, afirmando que el problema social de mayor importancia en nuestro país es, sin duda alguna, el relativo a la distribución de la tierra y a su mejor explotación, desde el punto de vista de los intereses nacionales, vinculado íntimamente con la liberación económica y social de los grandes núcleos de campesinos que directamente trabajan la tierra, por lo cual, continuará luchando por convertir a éstos en agricultores libres, dueños de la tierra y capacitados, además, para obtener y aprovechar el mayor rendimiento de su producción.

Consiguientemente, el ideal agrario contenido en el artículo 27 de la Constitución General de la República seguirá siendo el eje de las cuestiones sociales mexicanas, mientras no se hayan logrado satisfacer, en toda su integridad, las necesidades de tierras y aguas de todos los campesinos del país.

El Partido Nacional Revolucionario señala como primordial y apremiante obligación, y contrae el compromiso de su rápido cumplimiento, el seguir dotando de tierras y aguas, sin excepción alguna, a todos los núcleos de población que carezcan de ellas o no las tengan en cantidad bastante para satisfacer sus necesidades, de acuerdo con el artículo 27 constitucional.

A este respecto, el límite único para las dotaciones y restituciones de tierras y aguas será la satisfacción completa de las necesidades agrícolas de los centros de población rural de la República Mexicana.

Las dotaciones y restituciones de tierras y aguas se activarán principalmente por los medios siguiente:

a) Aumentando los recursos económicos y los elementos humanos dedicados a resolver el problema agrario en sus fases de dotación y restitución de tierras y aguas;

b) Simplificando los trámites y formalidades en los expedientes agrarios, hasta llegar a reducir al mínimo los procedimientos conducentes a poner a los núcleos de población rural en posesión de sus tierras y aguas, en el concepto de que en una sola instancia serán resueltos en definitiva tales expedientes;

c) Dando el carácter de definitivas a las resoluciones sobre dotaciones y restituciones de tierras y aguas que se hayan dictado con carácter provisional, al expedirse la nueva Ley, y

d) Suprimiendo las dificultades legales que incapacitan a numerosos núcleos de población para ser dotados de tierras y aguas.

Con objeto de puntualizar el compromiso que el Partido Nacional Revolucionario adquiere a este respecto, dentro del primer año de la vigencia de este Plan de Gobierno se elevará a la categoría de DEPARTAMENTO AUTÓNOMO la Comisión Nacional Agraria, organizando aquél en forma adecuada y técnica, a fin de que esté en condiciones de resolver eficientemente no sólo el problema de las dotaciones y restituciones de tierras y aguas, sino también el de la organización ejidal en todos sus aspectos; y se contrae la obligación de que, en ningún caso, será inferior a CUATRO MILLONES DE PESOS la suma anual del Presupuesto de Egresos de la Federación destinada a poner en trabajo eficiente al personal encargado de sustanciar los expedientes agrarios y de llevar a cabo la organización ejidal.

La suma anterior representa un aumento de un millón y ochocientos mil pesos, sobre la actual erogación, o sea un incremento de ochenta y uno por ciento, sobre los recursos anuales invertidos hasta ahora.

Se suprimirán las actuales Comisiones Locales Agrarias, y se crearán, en cada Estado, Comisiones Agrarias Mixtas, integradas por igual número de representantes:

a) Del Departamento Autónomo,

b) Del Gobierno del Estado y

c) De las Organizaciones Campesinas.

En tales términos, el desarrollo de la política agraria se activará, tratando de dar cumplimiento total al reparto de tierras y aguas, en las vías de dotación y restitución, lo antes posible, tanto para satisfacer prontamente las necesidades de los campesinos, como para llegar a establecer en definitiva una situación de confianza en las explotaciones agrícolas libres de afectaciones posteriores.

Para llegar a establecer en definitiva esa situación, el Partido Nacional Revolucionario declara enfáticamente que es fundamental el estricto respeto a la pequeña propiedad, con las extensiones que para las diversas clases de tierras fija actualmente la Ley de Dotaciones y Restituciones de Tierras en vigor, cuyos preceptos seguirán cumpliéndose en la forma más escrupulosa.

Las leyes agrarias deberán ser objeto de una cuidadosa revisión, a efecto de abreviar los procedimientos, en virtud de que el interés social exige el pronto despacho de las solicitudes de tierras y aguas y la distribución de la riqueza rural entre el mayor número de hombres que se dediquen a los trabajos agrícolas.

Se expresa en forma categórica la obligación de todos los Gobiernos de las Entidades Federativas de continuar dedicando, como mínimo, las cantidades y elementos que en la actualidad tienen destinados para la atención del problema agrario.

Ninguna razón existe para privar a los llamados peones acasillados de las haciendas, de la oportunidad de liberarse económica y socialmente. Antes bien, son los más necesitados de obtener la tierra, con la circunstancia adicional de que su transformación en agricultores autónomos es requisito indispensable para el progreso agrícola del país, porque está estrechamente vinculada a la desaparición de los latifundios. En esa virtud, al reformarse la Ley de Dotaciones de Tierras y Aguas vigente, se consignarán las disposiciones necesarias para que los peones acasillados puedan obtener tierras y aguas:

a) Por la vía de dotación o restitución ejidales, incluyéndolos en los censos agrarios de los centros de población rural que hayan solicitado tierras, cuando haya fincas afectables conforme a las leyes agrarias, y

b) Por la de fraccionamiento de latifundios, redistribución de la propiedad rural o colonización interior, cuando no sea posible dotar a los peones acasillados en los términos del inciso anterior, a causa de falta de tierras o de que las fincas que puedan afectarse sean pequeñas propiedades.

Para que el ejido no se estanque y pueda progresar paralelamente al aumento de la población ejidal o a la capacidad de trabajo de los ejidatarios, deberá reformarse la ley de la materia en lo que respecta a ampliaciones de ejidos, fijándose como únicos requisitos para que los núcleos dotados puedan ejercer este derecho, que acrediten ante el Departamento Autónomo Agrario la necesidad de mayor superficie que aquélla con la que fueron dotados; que la totalidad de las tierras que poseen se encuentre cultivada, y que existan propiedades afectables en que conceder la ampliación solicitada.

El Comité Ejecutivo Nacional del Partido Nacional Revolucionario designará desde luego una comisión que formule los proyectos de ley necesarios para incorporar en nuestro Derecho Agrario los principios establecidos en el presente Plan.

Es ilógico y antisocial que el Estado acapare propiedades rurales en contravención con el espíritu de la Constitución, que tiende a crear la pequeña propiedad, y contra la Declaración de Principios del Partido Nacional Revolucionario, que respecto a la política agraria sustenta tesis semejante. Por tanto, las grandes propiedades rústicas pertenecientes a la Federación y a los gobiernos de los Estados quedarán sujetas desde luego a sufrir las afectaciones ejidales que fueren procedentes, o serán fraccionadas, en caso contrario, entre pequeños agricultores.

La dotación y restitución de tierras no son un medio bastante para resolver, por sí solas, el problema de la conveniente distribución de la tierra, ya que no todos los campesinos pueden obtenerla por la vía ejidal y que en ocasiones las tierras cercanas a algunos núcleos de población no bastan para satisfacer las necesidades agrícolas de sus habitantes.

En virtud de lo anterior y teniendo en cuenta, además, que el ejido es una forma incompleta y restringida de satisfacer las necesidades de tierras y aguas de las masas campesinas del país, se impone la adopción de otros medios que tiendan igualmente a lograr una mejor distribución agraria, entre otros los que en seguida se enumeran, que deberán ser objeto de inmediata y eficaz atención de parte del Gobierno Federal y de los gobiernos de los Estados:

l.-Fraccionamiento de latifundios, en cumplimiento de lo que estatuye la parte relativa del artículo 27 de la Constitución General de la República, ya sea hecho voluntariamente por los dueños de dichos inmuebles o en la forma de expropiación forzosa prescrita por el mismo precepto constitucional.

Con ese objeto, antes de un año, contado desde la aprobación del presente Plan de Gobierno, se expedirán en todos los Estados de la República las leyes reglamentarias correspondientes, se emitirán los bonos de la deuda pública especial correlativa y se procederá en seguida a efectuar el reparto real y efectivo de los latifundios entre pequeños agricultores.

Para evitar que las leyes reglamentarias aludidas impliquen, en cualquier sentido, entorpecimiento de la política de fraccionamiento positivo e inmediato de los latifundios, los gobiernos de los Estados de la Federación deberán sujetarse, al expedirlas, a las siguientes bases:

a) En todo fraccionamiento deberá preferirse a los peones acasillados del latifundio de que se trate;

b) La extensión máxima de tierras susceptible de apropiación individual, por el solo hecho de no considerarse como latifundio, según las disposiciones de las leyes de la materia, no estará exenta de afectaciones ejidales que procedan conforme a las leyes agrarias de la Federación, pues se considerará que dicha extensión máxima no constituye la pequeña propiedad, que es el caso único de inafectabilidad por ejidos, conforme al citado artículo 27 constitucional;

c) Se otorgará toda clase de facilidades y franquicias respecto a derechos de traslación de dominio, registro público de la propiedad, gravámenes hipotecarios, etc., reduciéndose al mínimo, en beneficio de los adquirentes;

d) Se dictarán las disposiciones que sean eficaces para evitar la simulación o aplazamiento de los fraccionamientos, para lo cual se considerará como negativa a fraccionar y, por ende, como caso de expropiación forzosa, todo acto u omisión que, en la realidad de los hechos, tenga a aquellas consecuencias, y

e) Se llevarán a cabo los fraccionamientos mencionados, una vez que se hayan satisfecho totalmente las necesidades de todos los poblados de la región, debiendo proceder de oficio las autoridades agrarias respectivas, a fin de llegar a la completa resolución del problema agrario. Serán nulos todos los fraccionamientos que contravengan los principios anteriores.

En los Estados de la Federación en los que se haya legislado sobre la materia a que se ha hecho referencia en los párrafos anteriores, se procederá al rápido cumplimiento de las disposiciones vigentes, debiendo introducirse en ellas las modificaciones necesarias para ajustar las leyes respectivas a este Programa de Gobierno dentro del plazo de un año, a partir de la fecha de su aprobación.

II.-Redistribución de la población rural, buscando nuevas regiones agrícolas en las cuales puedan ser establecidos los excedentes de población que por cualquiera causa no logren obtener en el lugar de su primitiva residencia, tierras y aguas bastantes para satisfacer sus necesidades.

IlI.-Colonización interior, llevada a cabo con mexicanos, de conformidad con los principios que inspira la ley vigente sobre la materia. El Partido Nacional Revolucionario, el Gobierno Federal y los Gobiernos de los Estados, velarán por el inmediato y exacto cumplimiento de las disposiciones concernientes. de la Ley Federal del Trabajo, a fin de que aquellos campesinos que, por cualesquiera circunstancias no disfrutaren de los beneficios que se deriven del fraccionamiento de latifundios, de la redistribución de la población rural o de la colonización interior, cuando menos gocen efectivamente y puedan ejercitar sus derechos respecto a:

a) Salario mínimo;

b) Habitación gratuita, que reúna las condiciones higiénicas indispensables para el resguardo de su vida y salud;

c) Extracción de madera de los montes de la finca en que trabajen, cuando ésta los tenga, para reparación y ensanchamiento de sus habitaciones;

d) Asistencia médica y farmacéutica gratuitas;

e) Terreno para cultivos domésticos, y pastos para sus animales, en los términos prescritos por los artículos 197, fracciones III y VIII, 204 Y 205 de la Ley Federal del Trabajo;

f) Corte gratuito en los montes más cercanos de la finca en que presten sus servicios, cuando ésta los tenga, para sus usos domésticos;

g) Uso gratuito de agua para sus necesidades domésticas y para las de sus animales;

h) Escuela que llene las condiciones educativas, de acuerdo con las disposiciones conducentes sobre la materia, en

i) Las demás franquicias que estatuye la Ley del Trabajo, para hacer que el asalariado del campo ocupe la posición económica y social que en justicia le corresponde como factor y elemento primordial de la producción agrícola del país.

El Partido Nacional Revolucionario considera de vital importancia e inaplazable resolución el cumplimiento de la obligación que todos los Gobiernos de los Estados tienen de expedir las leyes a que se refiere el artículo 191 de la Ley Federal del Trabajo, a fin de que, tanto en la aparcería rural, agrícola y pecuaria, como en materia de arrendamiento de predios rústicos, no queden los campesinos que directamente trabajan las tierras, en condiciones desventajosas respecto al propietario de las mismas.

En consecuencia, dentro del primer año de la vigencia de este Plan de Gobierno, todos los gobiernos locales expedirán leyes reglamentarias de aparcería rural, agrícola y pecuaria, y sobre arrendamiento de predios rústicos, cuidando de que el trabajo humano tenga su más justa compensación, como factor fundamental entre los demás -tierra y capital- que intervienen en el fenómeno de la producción agrícola.

El Partido Nacional Revolucionario considera de vital importancia para la economía agrícola del país, que en la República no quede sin cultivar ninguna extensión de tierras de labor.

Por tanto, se propugnará por la reglamentación de la Ley Federal de Tierras Ociosas, de 23 de junio de 1920, en aquellos Estados en los que no se haya expedido aún esa reglamentación, y por el estricto cumplimiento de las mismas leyes, con la tendencia de que los campesinos que directamente trabajan la tierra, mediante el mínimo de requisitos y procedimientos, reciban del Poder Público, para cultivarlas personalmente, aquellas extensiones de terreno que sus propietarios no cultiven.

NUEVA ORGANIZACIÓN y PROMOCIÓN AGRÍCOLAS

El Partido Nacional Revolucionario reconoce, y lo declara enfáticamente, que la redención económica y social de los campesinos mexicanos no se logrará con sólo proveerlos de tierras y de aguas para que trabajen aquéllas, sobre todo una vez que el reparto se haya efectuado en toda su extensión, sino que es indispensable organizar en todos sus aspectos el sector campesino y capacitarlo económicamente para asegurar la mayor producción agrícola del país.

Llevada a cabo la repartición de la tierra, se debe buscar la mejor forma de alcanzar el aumento de la producción agrícola, mediante la conveniente organización de los ejidatarios y agricultores, la introducción de los más adecuados cultivos, las rotaciones y cambios que en ellos aconseje la técnica agrícola, la adopción de sistemas de selección de semillas, la industrialización de los productos del trabajo del campo, el empleo, en la forma más generalizada posible, de maquinaria destinada a aumentar el rendimiento o a hacer más rápidas las labores, el uso de fertilizantes, el aprovechamiento integral, comercial e industrial de todos los productos y subproductos de la tierra, etc.

En suma, se deberá desarrollar por el Estado una intensa acción encaminada a elevar el nivel económico y técnico de nuestras explotaciones agrícolas, combatiendo, hasta hacer que desaparezcan, las formas rutinarias que la tradición ha mantenido en el trabajo del campo, y estableciendo centros adecuados para la conveniente selección y distribución de semillas y fertilizantes.

Además de la distribución de las tierras y aguas de que se ha tratado, y de llevar a cabo una obra tenaz de promoción agrícola, es necesario organizar a los productores del campo, a efecto de preparar y abrir los canales destinados a derramar en una forma más justa y humana los beneficios del crédito, y de estimular la formación de sociedades cooperativas, compuestas por los diversos tipos de agricultores que la Revolución ha creado y trata de hacer triunfar en el campo económico.

Las sociedades cooperativas agrícolas despiertan un sano espíritu de disciplina y solidaridad social entre sus miembros y fomentan el progreso técnico de la agricultura, en virtud, principalmente, de la introducción de la maquinaria, que sería imposible adquirir aisladamente a los pequeños agricultores, y porque hacen factibles: el aprovechamiento de plantas industriales para la transformación de los productos; el uso común de almacenes, plantas de empaque y medios de transporte; los sistemas de seguros, y la organización de ventas en común.

Lo anterior implica un estudio científico de las posibilidades agrícolas de la República, para conocer con exactitud las extensiones y clases de tierra dé que se dispone, los cultivos posibles en ellas, los diversos climas, los recursos hidráulicos apropiados para la agricultura, el empleo de fertilizantes y, en general, las características de nuestro suelo y las perspectivas de su explotación.

Para llevar a cabo los estudios anteriores, se crearán institutos, laboratorios y granjas experimentales.

Además de lo anterior, debe considerarse particularmente como aspecto de mayor interés en la organización de la agricultura, el desarrollo del crédito agrícola.

El Partido Nacional Revolucionario, compenetrado de la trascendencia que para la economía nacional representa nuestro sistema de crédito agrícola, propugnará por su mayor incremento y por que ese desarrollo se traduzca en beneficio real para los ejidatarios y agricultores en pequeño.

En tal virtud, el Partido Nacional Revolucionario contrae el compromiso de que, en los seis años que abarca este Plan de Gobierno, se invertirá forzosamente la suma de cincuenta millones de pesos en el sistema de crédito agrícola, de los cuales los primeros veinte millones deberán aportarse precisamente en el año de 1934.

IRRIGACIÓN

Las obras de irrigación se consideran por el Partido Nacional Revolucionario como un complemento forzoso de la política tendiente a obtener el progreso agrícola del país.

La Federación tomará a su cargo la construcción de aquellos sistemas de riego que por su magnitud o por su costo rebasen los límites de la acción o de las responsabilidades de los gobiernos locales.

Para dar mayor impulso a la agricultura nacional y corregir, cuando menos en algunas regiones del país, los efectos de la sequía y de la irregularidad en las cosechas:

Se atenderá a la conservación de los sistemas nacionales de riego números 1, 2 y 7: "Presidente Calles", "Río Mante" y "El Nogal Río Sabinas", Coahuila, respectivamente;

Se continuarán las obras de los siguientes: número 3, "Río Tula", Hidalgo; número 4, "Río Salado", Coahuila y Nuevo León; número 5, "Río Conchos", Chihuahua; número 6, "Río San Diego", Coahuila; número 9, "Valle de Juárez-Río Bravo", Chihuahua; número 10, "Canal Rosales-Río Culiacán", Sinaloa, y "Presa Rodríguez-Río Tijuana," Baja California; y se iniciarán las obras de los sistemas "El Cuchillo-Río San Juan", Nuevo León; "Río Bravo", Tamaulipas; "Río Yaqui", Sonora; "Alto Lerma", Guanajuato; "Valle del Valsequillo", Puebla, y "Río Nazas".

El Gobierno escalonará, en el curso de los seis años que abarca este Programa, los trabajos necesarios, para los cuales se dispondrá de una cantidad mínima de cincuenta millones de pesos, en la inteligencia de que el producto de las tierras irrigadas que se vendan se destinará al fondo de los bancos refaccionarios agrícolas que habrán de operar en beneficio de la producción rural de las regiones correspondientes.

Los gobiernos de los Estados, con la cooperación técnica del Gobierno Federal incluirán en sus programas locales; las cantidades para obras de irrigación que en sus respectivas jurisdicciones llevarán a cabo dentro del sexenio que abarca este Programa.

Una vez resuelto totalmente el problema de las dotaciones y restituciones de tierras y aguas que puedan afectar a una propiedad determinada, si por trabajos y con recursos de personas o empresas particulares se llevaran a cabo obras de irrigación que conviertan en tierras de riego las de otra clasificación, dentro de las extensiones que como máximo de tierras susceptible de apropiación individual fijen las leyes reglamentarias de la parte relativa del artículo 27 de la Constitución, quedará dicha propiedad exenta de afectaciones posteriores, en beneficio de la economía nacional.

RIQUEZA PECUARIA

El Partido Nacional Revolucionario considera que la pobreza agrícola de una vasta extensión de nuestro territorio hace especialmente de las explotaciones ganaderas un capítulo de suma importancia económica, razón por la cual el Gobierno fomentará la selección conveniente y la mayor reproducción de las especies animales útiles a la agricultura y al hombre.

Para el efecto, se establecerán criaderos de ganados destinados a proveer a los centros de explotación agropecuaria, de los sementales necesarios para el mejoramiento de los ganados, procurando atender de preferencia las de mandas de los ejidatarios que respondan al cumplimiento de los postulados y programas de trabajo y de organización que se han concretado en párrafos anteriores.

A las personas o empresas privadas que implanten o mejoren explotaciones agropecuarias se les otorgará toda clase de facilidades para que el desarrollo de sus trabajos se lleve a cabo dentro de un régimen de seguridad legal, preciso y definido, en bien de la economía agropecuaria del país.

Para el más rápido y eficaz resultado de las actividades de que se está tratando, así como para que ello sirva de estímulo y de educación a todos los sectores agrícolas del país, se verificarán periódicamente y por ciclos, en las distintas entidades de la República, exposiciones, conferencias y toda clase de propaganda que ayude al establecimiento e impulso de las explotaciones ganaderas.

RIQUEZA FORESTAL

La conservación de nuestras riquezas forestales tendrá la mayor y más cuidadosa atención por parte del Estado. En consecuencia:

a) Se vigilará la explotación de los bosques, para evitar que se destruyan o dañen innecesariamente;

b) Se hará efectivo el más racional aprovechamiento de los bosques y de sus productos derivados;

c) Se llevará a cabo una obra de reforestación sistemática e intensa, técnicamente dirigida y controlada;

d) Se propugnará por que en tierras que, por su declive o por cualquiera otra circunstancia agronómicamente sólo deban destinarse a reforestaciones, no se lleven a efecto explotaciones distintas de la señalada, proscribiéndose en términos absolutos otra clase de cultivos en las mismas, y

e) Se realizará, por todos los medios posibles, una tenaz campaña enderezada a introducir el uso de combustibles que sustituyan a los productos forestales, que excesivamente se emplean con ese objeto en la actualidad.

Además de la acción preferente que en materia de reforestación llevará a cabo el Gobierno en las cuencas hidrográficas devastadas y en las inmediaciones de las poblaciones, de los lagos y de las lagunas, se dedicará especial atención a las plantaciones de bosques de oyamel en las regiones apropiadas, para asegurar a la industria nacional del papel la provisión de esa materia prima; en el concepto de que, si la reforestación se lleva a cabo por empresas privadas, previamente se estipularán las bases que garanticen esa obra en forma equitativa y justa, con la mira de que el servicio público que dicha industria debe prestar a nuestra economía social, sea cada vez más eficaz.

El Partido Nacional Revolucionario, consecuente con su divisa de combatir a los intermediarios que parasitariamente lucran con el trabajo de los que dedican sus energías a las actividades primordiales de la producción, y para evitar la elevación indebida de precios con perjuicio de la masa de consumidores, establece como obligación esencial, la de que el Gobierno de la Federación y los de los Estados tomarán la intervención legal que corresponda, a fin de que todas las personas o empresas privadas, oficiales o semioficiales que necesiten comprar productos de las explotaciones forestales, concierten y realicen sus operaciones directamente con los propietarios de los bosques respectivos, y estimularán por todos los medios la organización de los mismos propietarios en cooperativas de producción forestal, de acuerdo con las disposiciones de la ley de la materia, para la mejor realización de los fines antes señalados.

Por considerarse de interés vital para la colectividad, dentro del primer año de la vigencia de este Programa se procederá a establecer:

a) Un vivero nacional para proporcionar a precio de costo, y aun gratuitamente en casos justificados, árboles de repoblación de bosques, de ornato y frutales, para las distintas entidades y comarcas de la República;

b) Viveros en cada entidad federativa, con las finalidades mencionadas en el inciso anterior;

c)Viveros en cada municipalidad, con el fin principal de atender a las necesidades de ornato de su jurisdicción, y

d) Viveros en las escuelas y en los centros ejidales, para llenar las necesidades citadas anteriormente.

También es de importancia general la implantación de vedas totales o prohibiciones absolutas en todo género de explotaciones o aprovechamientos de terrenos boscosos y la fijación de zonas de reserva forestal. El Gobierno Federal y los gobiernos de los Estados, mediante los procedimientos correspondientes, declararán elevados a la categoría de Parques Nacionales, aquellos bosques que se consideren apropiados o necesarios para ello, por encontrarse a los lados de las carreteras nacionales, o por hallarse inmediatos a poblaciones, cuando presten beneficios de orden higiénico a los habitantes de éstas, o bien por otras razones de interés público.

Para el mejor control de la vigilancia de las explotaciones de los bosques, de la reforestación y demás medidas conducentes, se constituirá un cuerpo de guardias forestales, aprovechando elementos del Ejército Nacional, a los que previamente se preparará, impartiéndoles las enseñanzas necesarias para que cumplan eficientemente su cometido.

A partir del año próximo, se iniciará la preparación e integración de dicho cuerpo de guardias forestales y se procurará que, durante el lapso que abarca este Programa, se establezca ese servicio en todos los bosques de la República.

Para el mejor funcionamiento y control de todas las actividades que se relacionen con el capítulo de la riqueza forestal, se llevará a cabo la creación de un Departamento Autónomo Forestal, previos los estudios del caso que haga la Secretaría de Agricultura y Fomento.

TRABAJO

El Partido Nacional Revolucionario reconoce que las masas obreras y campesinas son el factor más importante de la colectividad mexicana y que, a pesar de la postración en que han vivido, conservan el más alto concepto de interés colectivo, circunstancia que permite radicar en el proletariado el anhelo de hacer de México un país grande y próspero, mediante la elevación cultural y económica de las grandes masas de trabajadores de las ciudades y del campo.

En materia de trabajo el Partido Nacional Revolucionario sustenta los siguientes principios:

Primero. Todo individuo tiene derecho al trabajo que le permita satisfacer sus necesidades y placeres honestos, como consecuencia de la obligación que la sociedad le impone de contribuir con su esfuerzo al desenvolvimiento colectivo.

Segundo. El Estado intervendrá, directa o indirectamente, a fin de que todo individuo en la República pueda ejercitar su derecho al trabajo.

Tercero. Las disposiciones de los artículos 27 y 123 de la Constitución Federal serán sostenidas hasta que lleguen a constituir una realidad integral en nuestro medio social, y por cuanto a sus leyes reglamentarias, se vigilará que no desvirtúen el espíritu nacionalista y la tendencia profundamente humana que animan esos preceptos.

Cuarto. La contratación colectiva de los asalariados será fomentada, con la tendencia de llegar a convertirla en la forma única o por lo menos preponderante, de establecer las relaciones entre patrones y trabajadores, a cuyo efecto, se hará imperativa la cláusula en los contratos colectivos de trabajo, por la cual el patrón se obligue a no admitir elementos que no estén sindicalizados.

Quinto. El Estado protegerá la contratación del trabajo humano, con el objeto de garantizar los derechos de los asalariados; fundamentalmente, los relativos al salario mínimo, que sea bastante para satisfacer sus necesidades y placeres honestos, considerándolos como jefes de familia; a la estabilidad del trabajador en su puesto, ya las demás compensaciones y garantías que les conceden la Constitución y las leyes.

Sexto. Frente a la lucha de clases inherente al sistema de producción en que vivimos, el Partido y el Gobierno tienen el deber de contribuir al robustecimiento de las organizaciones sindicales de las clases trabajadoras; y en caso de conflictos intergremiales, las diferencias serán resueltas dentro de un régimen de mayorías. El Estado velará, asimismo, por que los sindicatos desempeñen lo más eficazmente posible la función social que les está encomendada, sin que puedan salirse de sus propios límites y convertirse en instrumentos de opresión, dentro de las clases que representan.

Séptimo. El Gobierno Federal y los de los Estados quedan sujetos a las mismas responsabilidades que a los patrones y empresarios impone la Ley del Trabajo, cuando realicen obras que puedan ser ejecutadas por particulares.

Concretamente: el Partido Nacional Revolucionario impone a aquellos de sus miembros que se hallen en el Poder, la obligación de desarrollar su actuación en los términos de los principios antes anunciados.

La implantación del seguro social obligatorio, aplicable a todos los trabajadores y que cubra también los principales riesgos no amparados por la Ley Federal del Trabajo, es una de las cuestiones más trascendentales que tiene enfrente todo gobierno revolucionario. Sé expedirá una Ley del Seguro Social en favor de los asalariados, sobre la base de cooperación entre las entidades concurrentes; Estado, trabajadores y patrones, en la población que un estudio detenido señale como equitativa.

Fuera de la obligación que la Ley del Trabajo impone a los industriales, de proporcionar habitaciones baratas e higiénicas a sus trabajadores, los órganos del Estado deben llenar por su parte este servicio, dando oportunidades a todos los obreros para que, en las condiciones más favorables, puedan adquirir en propiedad u ocupar casas que garanticen condiciones higiénicas adecuadas.

Para que los trabajadores estén plenamente garantizados en la propiedad y posesión de los bienes que constituyan su Patrimonio Familiar, se hará en toda la República una reglamentación apropiada del régimen jurídico del Patrimonio de Familia.

Las agencias de colocaciones y las bolsas del trabajo constituyen instrumentos reguladores en el campo industrial, que pueden llegar a ser factores de importancia, si su acción se uniforma y organiza. El Gobierno debe, por lo mismo, aumentar y fortalecer estas corporaciones, coordinándolas con los institutos de orientación profesional y de investigación sobre las condiciones de los trabajadores, que se establecerán en nuestro país, para medir, orientar y complementar la capacidad profesional de los obreros.

Para el debido control de las condiciones de que se acaba de tratar, se procederá desde luego al levantamiento circunstanciado, en las distintas regiones de la República, de la estadística del trabajo.

El Partido Nacional. Revolucionario declara que la experiencia de los diez últimos años en materia de Tribunales de Trabajo, acredita la necesidad, en interés de las masas trabajadoras de separar, en el seno de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, los grupos o secciones que hayan de actuar como tribunales destinados a resolver contiendas de trabajo, de los grupos o secciones de las mismas Juntas, a las que esté encomendada una misión distinta de la de aquellos. El Estado no puede prescindir de la colaboración técnica de las asociaciones de trabajadores y patrones. Por tanto, dentro de las Juntas de Conciliación y Arbitraje deberán constituirse organismos, técnicos paritarios, consejos mixtos por ramas de industria, cuyo cometido fundamental consistirá en estudiar las condiciones de los trabajadores, con facultades para plantear y resolver los problemas económicos y sociales que suscite la industria, dejando las cuestiones propiamente contenciosas a organismos judiciales separados.

Además, el Partido Nacional Revolucionario reconoce la urgencia de lograr un positivo saneamiento de los actuales Tribunales de Trabajo, ya que la organización actual de los mismos, dista mucho de garantizar siquiera un mínimo de justicia en favor de los trabajadores.

Igualmente, el Partido Nacional Revolucionario propugnará por que en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se establezca una Sala dedicada especialmente a resolver, con la rapidez que se requiere, sobre actos relacionados con conflictos de trabajo que se recurran en la vía de amparo.

Se hará un estudio concienzudo, con la mayor previsión que aconseje la experiencia, para expedir las leyes de organización de los Tribunales de Trabajo, y se vigilará su exacta observancia, especialmente en lo referente a procedimientos para integrar esos cuerpos, a fin de que tales Tribunales cumplan con la misión social que les compete.

Dentro del primer año de vigencia de este Plan, se harán las reformas necesarias para introducir en las leyes del trabajo los cambios a que se contraen los párrafos anteriores, para mejorar el servicio de la inspección del trabajo, haciéndolo eficiente y extensivo a toda la República, y para reorganizar el sistema de asesoramiento técnico y jurídico a todos los sindicatos de trabajadores. Durante el sexenio que comprende este Programa, se llevará a cabo un estudio y una revisión completos de la Ley Federal del Trabajo, a fin de hacerle las reformas conducentes a convertir en realidades los principios de justicia social que sustenta la Revolución Mexicana.

Por último, se establecerá como dependencia del Departamento del Trabajo, un organismo de investigaciones que se ocupará en el estudio de las legislaciones y de los problemas sociales del trabajo del país y en el extranjero.

ECONOMÍA NACIONAL

La necesidad de hacer de nuestro país una organización coordinada en un sistema económico propio, que garantice el abastecimiento adecuado de sus habitantes, no es el resultado de un impulso de nacionalismo meramente sentimental, sino consecuencia de las transformaciones operadas en la estructura económica y en las relaciones mercantiles de todos los países.

El Partido Nacional Revolucionario está cierto de que un arreglo internacional que coordinara las actividades económicas de todos los pueblos y que determinara la obligación de producir de acuerdo con las necesidades de todos y las posibilidades naturales y técnicas de cada cual, organizando al mundo en un sistema de economías regionales, no sólo no competitivas sino complementarias, conduciría a la paz económica y al bienestar de los hombres. Pero ante la actitud mundial que se caracteriza por la tendencia a formar economías nacionales autosuficientes, el Partido Nacional Revolucionario considera que México se ve obligado, a su vez, a adoptar una política de nacionalismo económico, como un recurso de legítima defensa, sin que contraiga por ello ninguna responsabilidad histórica.

El Partido Nacional Revolucionario, sin embargo, declara que todo gobierno dimanado de su acción política debe considerar como uno de sus principales deberes el de prestar su colaboración en cualesquier arreglos o convenios internacionales que establezcan normas justas y racionales de convivencia económica.

El planteo de una política económica nacionalista deberá hacerse en forma tal, que no dé origen al aislamiento de nuestro país, sino que implique solamente una revisión cuidadosa de nuestras actividades en materia de comercio exterior y una revisión también del régimen de nuestra producción, sobre la base de que predomine el interés nacional.

El Partido Nacional Revolucionario declara que durante los seis años que cubre el presente Plan, el Gobierno regulará aquellas actividades de explotación de los recursos naturales y el comercio de los productos que signifiquen un empobrecimiento de nuestro territorio, de la siguiente manera:

I. Se hará efectiva la nacionalización del subsuelo:

II. Se fijarán zonas exploradas de reserva minera renovables, que garanticen el abastecimiento futuro de la nación;

III. Se instituirá un servicio oficial de exploración que oriente el establecimiento de las reservas, dirija la apertura de nuevas explotaciones mineras y estudie las zonas en donde los particulares no deban emprender esta clase de trabajos, por razones técnicas de previsión o de defensa, y.

IV. Se evitará el acaparamiento de terrenos y se ampliarán las zonas nacionales de reserva petrolera, a fin de que en todo tiempo se cuente con una reserva fija de terrenos petrolíferos que cubra las necesidades futuras de nuestro país.

Es, además, necesario que aquellas actividades mercantiles o productoras que ejercen, como se ha dicho, una acción exhaustiva sobre nuestros recursos naturales, sean reguladas por la acción del Estado; de manera que en el proceso de su desarrollo obtenga nuestro país la mayor participación posible de las riquezas que se explotan, pues en muchos casos la forma en que este empobrecimiento industrial de nuestro suelo se ha llevado secularmente y se lleva a cabo, es de tal naturaleza, que los mexicanos sólo intervienen en ella como trabajadores de bajo salario, y el país no deriva sino el beneficio de una tributación mezquina. Para este objeto:

Primero. Se impedirá que las empresas extranjeras continúen acaparando yacimientos minerales.

Segundo. Se facilitará la acción de los mineros nacionales y se otorgará la protección conveniente a los gambusinos ya las cooperativas de mineros.

Tercero. Se tenderá a eliminar la exportación de minerales concentrados, no sólo por medios arancelarios, sino impulsando el desarrollo de la industria metalúrgica.

Cuarto. Se impulsará el establecimiento de plantas centrales de beneficio y fundición. Las que prestan servicios de maquila quedarán sujetas a la vigilancia y fijación de tarifas por el Estado.

Quinto. Se intervendrá para lograr el equilibrio de las fuerzas económicas de la industria petrolera, estimulando el desarrollo de las empresas nacionales y creando un organismo semioficial de apoyo y regulación.

Sexto. Se pondrán los medios para que nuestra producción petrolera alcance el volumen que racionalmente le corresponde, tomando en cuenta las reservas probables existentes.

Séptimo. Se modificará el actual régimen de concesiones, reduciendo para lo futuro la superficie que ampare cada concesión. Se negará el otorgamiento de las que sean opuestas al interés nacional.

Octavo. Se impedirá, cuando sea ventajoso para el país, la exportación de todos aquellos productos que, después de ser sometidos a los primeros procesos de su elaboración en el extranjero, son reimportados.

La organización de nuestro país dentro de un sistema económico propio, requiere, además, que se atienda a aquellas actividades industriales y mercantiles que aumenten la capacidad nacional de producción o la calidad de ésta, actividades comprendidas en dos grandes grupos; la importación de medios permanentes de producción y la generación de energía.

Por lo que se refiere a la importación de medios permanentes de producción -tales como la maquinaria destinada a las industrias agrícolas o de transformación y la maquinaria para producir máquinas- el Gobierno se preocupará por impulsarla en condiciones y forma que tiendan a crear nuevas unidades productoras, pues es uno de los más firmes propósitos del Partido Nacional Revolucionario contribuir por todos los medios a su alcance al aumento del equipo de trabajo.

Por lo que hace a la generación de energía, cuyas ramas principales en el país son en la actualidad las industrias eléctrica e hidroeléctrica, por el interés social que representan para la economía nacional, aquélla debe subordinarse en estos aspectos a las dos siguientes condiciones:

Primera. El suministro de energía eléctrica se hará a un precio de tal manera reducido, que las empresas de producción agrícola o industrial funcionen y se desenvuelvan por la energía eléctrica y no para la energía eléctrica.

Segunda. Que el sistema de distribución de dicha energía se ramifique en nuestro territorio, de modo que desarrolle los núcleos regionales productores y haga posible la formación de nuevos centros industriales.

Las condiciones anteriores servirán de norma para el otorgamiento de concesiones sobre generación, transmisión y distribución de energía eléctrica y para incorporar en la legislación de la materia las prescripciones que sean conducentes para permitir al Estado el control y la dirección de las actividades de los concesionarios, en el sentido de los intereses generales de la nación. Además, el Gobierno procurará la formación de un sistema nacional de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, integrado por empresas semioficiales y cooperativas de consumidores, para lograr el abastecimiento sistemático del país.

Las modificaciones introducidas en la producción por el progreso de la técnica, no han sido acompañadas aún por los cambios correlativos en el régimen de la propiedad de los instrumentos de producción y en la distribución de la riqueza. Esta ha determinado un notorio desajuste entre la producción y la distribución de las mercancías, así como entre las normas técnicas rigurosas que rigen el proceso productivo y las variaciones e incertidumbres de la situación mercantil. En este desajuste son factores preponderantes, la libertad de iniciativa de los empresarios y la libertad de competencia de los comerciantes. Entretanto se logra que se efectúe la transformación del régimen de la propiedad, para ajustarse a los nuevos sistemas de la producción, el Partido Nacional Revolucionario juzga necesario que el Estado intervenga para adoptar con su acción el orden y la coordinación indispensables entre fabricantes, comerciantes y consumidores, de modo que se reduzcan al mínimo las perturbaciones y los desajustes en la economía del país. En consecuencia, se debe:

Primero. Fijar la situación de las empresas industriales, mediante el establecimiento de normas legales uniformes en toda la República.

Segundo. Limitar la libre competencia buscando el entendimiento entre los concurrentes, para que puedan regularse los precios, de tal manera que no se abatan en perjuicio de los salarios, ni aumenten a expensas del consumidor.

Tercero. Estimular la creación de industrias nuevas que tengan por objeto sustituir con ventaja a la importación, o que representen el aprovechamiento de recursos no explotados o explotados deficientemente.

Cuarto. Mantener servicios permanentes de exploración y experimentación, para aportar a los productores la ayuda técnica necesaria.

Quinto. Impedir aquellas formas de concentración de capitales que aniquilen organismos productores cuya existencia sea más útil para la colectividad.

Sexto. Impulsar las empresas constituidas en forma cooperativa, siempre que estas organizaciones no obedezcan al propósito de eludir el cumplimiento de nuestra legislación industrial.

Séptimo. Considerar sistemáticamente como indeseable y eliminar, por tanto, toda forma de organización industrial que se sustente en la contratación del trabajo con salarios insuficientes para la completa satisfacción de las necesidades de cada obrero, considerado como jefe de familia.

Octavo. Mantener consejos consultivos de planeación y regulación de las actividades industriales.

Estima el Partido Nacional Revolucionario que la elevación del tipo de vida del pueblo mexicano requiere no sólo una continua y vigilante defensa del salario de los trabajadores, sino además al mantenimiento de los precios de las mercancías en un nivel conveniente, para lo cual se establecerán canales de distribución de las mercancías, que no agreguen sino un costo mínimo al de su producción, eliminando el mayor número de intermediarios. Para el fin propuesto, se fomentará la organización cooperativa de los consumidores; pero como no puede esperarse que en corto tiempo quede cabalmente instituido este sistema cooperativo, el Estado regulará el comercio interior, de manera que cumpla con su función. Para ello:

Primero. Se fijarán las bases y dictarán las medidas encaminadas a regular o a atenuar la competencia ante comerciantes, de manera que los resultados de ésta no repercutan sobre la estabilidad de los trabajadores en su empleo, sobre los salarios, ni sobre la firmeza económica de las empresas.

Segundo. Se establecerán las normas necesarias para impedir las actividades mercantiles meramente especulativas, que enrarecen el mercado y crean alzas artificiales de los precios, abatiendo así la capacidad adquisitiva de los consumidores u ocasionando crisis de trabajo.

Tercero. Se reformarán la Ley de Cámaras de Comercio, del 12 de junio de 1908, y el Código de Comercio, vigentes, a fin de ponerlos en concordancia con el progreso de la vida económica y de permitir al Estado la acción adecuada que reclama el nuevo concepto de sus funciones.

El Partido Nacional Revolucionario considera, así, de suma importancia impulsar la exportación de todas aquellas materias y artículos que nuestro suelo y nuestra industria puedan producir indefinidamente y con ventajas para nuestra economía.

En consecuencia, es preciso:

Primero. Conseguir que nuestros productores perfeccionen su técnica, de modo de producir artículos tipificados, descritos en especificaciones precisas y que se adapten a los requerimientos de la demanda exterior.

Segundo. Establecer relaciones directas con los mercados del consumo, para evitar que entre los productores nacionales y los consumidores de otros países, se interpongan como carga improductiva intermediarios que, además de elevar el precio de venta en el mercado real de consumo, según sus egoístas intereses, abaten el precio a que compran y mantienen a los productores nacionales en condiciones precarias.

Tercero. Organizar a los productores nacionales para la exportación en común y para regular su producción de acuerdo con la demanda de los mercados extranjeros, evitando así la competencia entre ellos mismos, perjudicial para la economía de la nación.

Por lo que se refiere al comercio de importación, el Partido Nacional Revolucionario declara que el Estado debe eliminar las importaciones que compitan con industrias nacionales que estén prestando satisfactoriamente el servicio que de ellas se demanda, o no sean gravosas para el país.

Juzga el Partido Nacional Revolucionario que las múltiples necesidades de la vida moderna no permitirían al país, dados los recursos de que dispone y la limitada capacidad de compra de su mercado interno, producir a costo viable todo lo que es necesario para elevar a nuestro pueblo a un nivel de vida civilizada. Por tanto, es de obvia necesidad adquirir en el extranjero aquellos artículos cuya fabricación en México sería imposible o resultaría de costo excesivo. En esta materia, el Estado se preocupará por que nuestras importaciones se hagan directamente de los países productores, y no mediante intermediarios gravosos, radicados en los centros mundiales de comunicación. Finalmente, se pondrá especial empeño en que nuestros importadores se organicen para vigilar las condiciones de los mercados extranjeros.

COMUNICACIONES Y OBRAS PUBLICAS

La construcción de caminos, sobre todo de aquellas vías de comunicación que entrañen finalidades económicas, por estimular y facilitar el transporte de los productos nacionales y su conveniente distribución, es considerada por el Partido Nacional Revolucionario como una de las necesidades más apremiantes para estrechar los lazos de solidaridad que deben existir entre los habitantes de las diversas regiones de la República y afirmar así la unidad nacional.

Teniendo en cuenta los recursos económicos-limitados de que se dispone y la conveniencia de que la construcción de caminos se realice dentro de un plan armónico y de conjunto por la Federación y los gobiernos locales, el programa por desarrollar será el siguiente:

El Gobierno Federal, durante la vigencia del Plan de seis años, ejecutará las siguientes obras:

Conclusión de la carretera de Nuevo Laredo, Tamaulipas, a Acapulco, Guerrero, y construcción de la de Sonora a Chiapas.

La construcción de caminos locales que entronquen con las vías férreas o con las grandes carreteras nacionales corresponde a los gobiernos de las entidades federativas. Para la ejecución de estas obras, los gobiernos locales contarán con la cooperación del Gobierno Federal, consistente en la aportación de una suma igual a la que inviertan, por su parte; en el concepto de que sólo tendrán derecho a esa ayuda los gobiernos de los Estados que destinen para la construcción de caminos la totalidad de su participación en el impuesto sobre el consumo de gasolina.

El Gobierno de la Unión asignará en su Presupuesto el total de la parte que le corresponde del producto del impuesto sobre el consumo de gasolina, para la construcción de carreteras nacionales, para cooperar con los gobiernos de los Estados en la construcción de caminos locales o para la amortización de los empréstitos que contrate con los expresados fines.

Nuestro sistema ferroviario debe ampliarse para establecer comunicaciones con aquellas zonas del país que están desvinculadas del resto de la República, no sólo para satisfacer necesidades económicas, sino también con fines de integración nacional. Consecuentemente, dentro del período que comprende el Plan Sexenal, se invertirán, por lo menos, sesenta millones de pesos en la construcción de las siguientes líneas de ferrocarriles:

I. De Ejutla, Oaxaca, a un puerto del Pacífico;

II. De Uruapan, Michoacán, a un punto del Río Balsas, con tendencia a ser

prolongada hasta la costa del Pacífico;

III. De Santa Lucrecia, Oaxaca, a la capital del Estado de Campeche, y IV. De Mazatlán a Durango.

Para fomentar el desarrollo de la aviación, a las empresas particulares que establezcan en el país servicios de transportes aéreos, se les concederán subsidios, de acuerdo con las siguientes bases:

I. En el primer año, por una cantidad igual al monto total del impuesto que cada una cubra sobre el consumo de gasolina que hagan sus aviones;

II. En el segundo año, igual al 75 por ciento del importe de dicho impuesto;

III. En el tercer año, igual al 50 por ciento, y

IV. En el cuarto año, igual al 25 por ciento.

Se subvencionarán, además, las escuelas de aviación civil y las fábricas de aeroplanos y motores para los mismos, que se implanten en la República.

Dentro del mismo plazo de seis años, la Federación construirá todos los puertos aéreos fronterizos que requiera el servicio de aviación; y, con la cooperación de los gobiernos de los Estados, se construirán los demás que sean necesarios.

Es una necesidad la creación de nuestra marina mercante, la ejecución de las obras de los puertos y del alumbrado y balizamiento marítimos; por lo que, dentro del sexenio que abarca este programa,

a) Se adquirirán buques para el servicio mercante nacional y se procurará acondicionar los puertos y litorales de la República,

b) Se terminarán las obras del puerto de Mazatlán,

c) Se impartirá ayuda a las cooperativas de trabajadores del mar, de obreros de construcciones navales y de pescadores, a fin de nacionalizar el manejo de las líneas de navegación, la explotación de los astilleros y talleres y el aprovechamiento de los productos de la pesca, y

d) Se revisarán las leyes sobre la materia y se estudiará la conveniencia de crear una Dirección Autónoma de Servicios Marítimos.

El Departamento del Distrito Federal cooperará para concluir y conservar las obras del desagüe del Valle de México, para la reforestación de las zonas comarcanas y para la adopción de las medidas necesarias para evitar que el vaso del Lago de Texcoco, desecado en parte, siga constituyendo un daño para la salud pública. Además, prestará particular atención a las obras de captación y distribución de aguas potables, y a las de saneamiento y pavimentación, procurando que su importe no gravite exclusivamente sobre la generación actual, sino adoptando procedimientos que distribuyan al elevado costo de estas obras en varios años.

SALUBRIDAD PUBLICA

El Partido Nacional Revolucionario, tomando en consideración que la poca densidad de población es uno de los obstáculos para el desenvolvimiento del país y que la depresiva condición biológica de fuertes núcleos de campesinos reduce las energías del pueblo, declara que ha llegado el momento de dar a la obra de mejoramiento de las condiciones sanitarias en la República la importancia que merece, y de dedicarle los recursos económicos y las energías morales que hasta ahora se han destinado a otros fines.

Las condiciones peculiares de la República, nuestras posibilidades económicas y culturales y los verdaderos ideales en materia de mejoramiento étnico, requieren desarrollar una acción sanitaria y en pro de la higiene, cuyos puntos principales consisten: en la introducción de los servicios públicos fundamentales para la vida de la colectividades, como el de agua, de atarjeas y demás relativos a la salubridad general, y en combatir las causas de las endemias y epidemias y de la mortalidad infantil, ya que mientras no desaparezcan las lamentables condiciones higiénicas que actualmente prevalecen, resulta infructuosa la lucha por medio de medicamentos, cuya acción, demasiado restringida, es sólo uno de los factores que pueden resolver el problema.

Hasta el presente año, solamente se han destinado al Departamento de Salubridad Pública, cantidades que han fluctuado entre el 1.93%, en el año de 1926, y el 3.03%, en 1933, sobre el monto total del Presupuesto de Egresos de la Federación. El Partido Nacional Revolucionario juzga inaplazable para la ejecución de las medidas apuntadas, el aumento de los presupuestos respectivos, y contrae el compromiso de que, durante la vigencia de este Plan de Gobierno, las sumas que se asignen para las atenciones del expresado Departamento representen, cuando menos, respecto al monto total del Presupuesto de Egresos de la Federación, los siguientes porcentajes:

3.40 .............................. en 1934

3.86 .............................. en 1935

4.20 .............................. en 1936

4.60 .............................. en 1937

5.00 .............................. en 1938

5.50 .............................. en 1939

El importe del aumento sobre la cantidad que actualmente tiene asignada el Departamento de Salubridad Pública, se destinará íntegramente a los servicios en el interior de la República, puesto que la ciudad de México ha recibido una atención constante en materia de salubridad y son más apremiantes las necesidades sanitarias de los Estados.

El Partido Nacional Revolucionario estima que no solamente la Federación deberá aumentar los recursos destinados a la obra de higiene y de salubridad. También los gobiernos locales y los ayuntamientos, al elaborar sus planes de acción, estarán obligados a señalar en sus presupuestos las sumas que se destinarán anualmente al desarrollo de servicios sanitarios.

Se expedirán leyes que fijen los principios técnicos de higiene en materia de alimentación en toda la República, tomando como base los estudios que sobre el particular se han hecho, de los diversos grupos humanos y de las regiones en que habitan, para evitar el alto porcentaje de mortalidad causada por la alimentación insuficiente, defectuosa o que contiene sustancias nocivas.

Como México es un país invadido por diversas enfermedades tropicales, se establecerá un Instituto para el estudio de esos padecimientos, a fin de que el Departamento de Salubridad Pública esté capacitado para desarrollar con éxito su acción, sobre todo en las regiones afectadas.

La lucha contra la mortalidad infantil y contra las endemias y epidemias, además de la implantación de los servicios públicos fundamentales, exige la selección y adiestramiento de personal técnico que, distribuyéndose en la República, por lo menos a razón de una enfermera por cada diez mil habitantes, permita el desarrollo de efectivas campañas de persuasión e instrucción higiénica elemental.

Se combatirán de preferencia, por todos los medios de que dispone la ciencia médica, las siguientes enfermedades peligrosas para la colectividad y de fatales consecuencias para las generaciones futuras: lepra, onchocerosis, tuberculosis, y venéreas.

Igualmente se dictarán las medidas adecuadas para proteger la vida y la salud de los trabajadores, fijando las condiciones higiénicas de los talleres y fábricas, así como las que como mínimo deben llenar las habitaciones del proletariado del campo y de las ciudades.

Los Ayuntamientos promoverán el establecimiento de los servicios públicos fundamentales: de agua y saneamiento, de mercados y rastros, de hospitales y maternidades, preparando su plan administrativo de acuerdo con las necesidades locales y su capacidad económica.

Los gobiernos de los Estados deberán cooperar para estos fines, proveyendo de preferencia los recursos para la elaboración de proyectos y ofreciendo, en su caso, una garantía solidaria, mancomunada, para los créditos que se abran.

El Gobierno Federal cooperará, a su vez, creando las Instituciones de crédito necesarias para poder realizar tales obras, de manera que en el periodo que comprende este Plan queden cubiertas todas aquellas necesidades urgentes de servicios públicos fundamentales en el país.

Para que los Ayuntamientos hagan un uso conveniente de las facilidades a que anteriormente se hace referencia, deberán iniciar un régimen severo de disciplina financiera para robustecer su crédito y hacer posible la realización de todas estas obras, con la garantía de sus productos y la seguridad que da una administración escrupulosa y eficiente. De este modo será posible canalizar el ahorro del pueblo mexicano, para llenar una de las más urgentes necesidades de la vida social.

Las obras de que se trata deberán ser técnicamente proyectadas y se darán siempre por contrata al mejor postor, cuidando de que sus costos queden estrictamente comprobados.

Tres autoridades en la República dictan medidas sanitarias:.el Departamento Federal, los Gobiernos Locales y los Ayuntamientos. En la práctica, se invaden continuamente sus respectivos campos de acción, y el servicio público de salubridad sufre las consecuencias de la falta de armonía en las disposiciones de las autoridades. Para remediar esta situación, se coordinarán los servicios federales y locales, desde el punto de vista técnico-sanitario, dentro de los preceptos de una ley que será expedida a ese efecto, pues la cooperación se ha venido haciendo hasta ahora, por vía experimental y de modo imperfecto, sólo en algunos Estados de la República.

EDUCACIÓN

El Partido Nacional Revolucionario considera que el fomento de la educación pública debe ser una de las funciones esenciales del Estado y reconoce que el alcance de los resultados obtenidos en materia educativa en la época que abarca el movimiento revolucionario, demuestra que uno de los mayores aciertos ha sido el de multiplicar el numero de escuelas rurales que se diseminan en toda la República, ya que es uno de los medios primordiales para realizar la redención cultural de nuestra grandes masas de población.

Dentro de las orientaciones que se expresan a continuación, el desarrollo de la obra educacional depende, principalmente, del monto de recursos económicos que a esa finalidad se destinen. Por tanto, el Gobierno Federal, los gobiernos locales y los ayuntamientos por ningún motivo deberán reducir en lo de adelante los porcentajes de sus presupuestos de egresos destinados al Ramo de Educación; de suerte que, en el Presupuesto Federal, las sumas que se le asignen nunca serán inferiores al 15 por ciento del total de los gastos de la Federación; y en las Entidades Federativas, al elaborarse los planes locales de Gobierno, se fijarán porcentajes mínimos, que en ningún caso serán menores que los que respecto a educación rigen en el presente año de 1933. Además, el Partido Nacional Revolucionario juzga que toda asignación que rebase los mínimos señalados, demostrará, por parte de los gobernantes, un elevado concepto de su responsabilidad y empeño en realizar los principios revolucionarios.

El Presupuesto de Egresos de la Federación en el ramo educativo, se aumentará, anualmente, por lo menos en las proporciones siguientes, en relación al total:

En . .............................1934 15%

En ............................. 1935 16 %

En .............................. 1936 17%

En ...............................1937 18%

En . .............................1938 19%

En . .............................1939 20%

El Partido Nacional Revolucionario proclama que la escuela primaria es una institución social y que, por lo mismo, las enseñanzas que en ella se impartan y las condiciones que deban llenar los maestros para cumplir la función social que les está encomendada, deben ser fijadas por el Estado, como representante genuino y directo de la colectividad, no reconociéndose a los particulares (como habría de hacerse con un falso y excesivo concepto de la libertad individual), derecho alguno para organizar y dirigir planteles educativos fuera del control del Estado.

La libertad de enseñanza debe entenderse como la facultad concedida a toda persona para impartir educación, siempre que reúna los requisitos que la ley señala.

El control del Estado sobre la enseñanza primaria y secundaria que se imparta por particulares se ejercerá:

Primero. Sobre la orientación científica y pedagógica del trabajo escolar.

Segundo. Sobre la orientación social.

Tercero. Sobre al carácter de escuela no religiosa y socialista que deberá tener.

Cuarto. Sobre la preparación profesional adecuada que se exigirá a los directores y maestros de las escuelas particulares.

Quinto. Sobre las condiciones higiénicas que deberán llenar los planteles privados.

La escuela primaria, además de excluir toda enseñanza religiosa, proporcionará respuesta verdadera, científica y racional a todas y cada una de las cuestiones que deben ser resueltas en el espíritu de los educandos, para formarles un concepto exacto y positivo del mundo que los rodea y de la sociedad en que viven, ya que de otra suerte la escuela no cumplirá su misión social.

Consiguientemente, el Partido Nacional Revolucionario propugnará por que se lleve a cabo la reforma del artículo 3° de la Constitución Política Federal. a fin de que se establezca en términos precisos el principio de que la educación primaria y la secundaria se impartirán directamente por el Estado o bajo su inmediato control y dirección, y de que, en todo caso, la educación en esos dos grados deberá basarse en las orientaciones y postulados de la doctrina socialista que la Revolución Mexicana sustenta.

El fomento de la educación elemental deberá llevarse a su máxima extensión, para dar cabal cumplimiento al precepto constitucional que la hace obligatoria para todos los mexicanos. Con este objeto, no solamente se multiplicarán las escuelas rurales, sino que en los centros urbanos se establecerá, mediante la acción coordinada de los Ayuntamientos, de los Gobiernos Locales y del Gobierno Federal, el número bastante de planteles que permita impartir a toda la población en edad escolar, conveniente educación primaria.

Se impone la necesidad de coordinar la acción educativa de los Ayuntamientos, de los Gobiernos Locales y del Gobierno Federal, para evitar los graves inconvenientes, que provienen de la disparidad de disposiciones, métodos y procedimientos que se han aplicado a esta materia.

Por tanto, a la brevedad posible se celebrarán las convenientes acuerdos entre las autoridades locales y los del Gobierno Federal. sobre la base de que la unidad y coordinación en materia de educación primaria no eximirá a las autoridades locales de las obligaciones educativas que les corresponden.

Los acuerdos expresados estipularán que compete al Gobierno Federal el manejo técnico y administrativo de las escuelas primarias.

El Partido Nacional Revolucionario, convencido por la experiencia de los últimos años, acepta que es indispensable unificar la obra de educación rural y primaria urbana en toda la República, pues, de otra suerte, se merman considerablemente los frutos del esfuerzo emprendido para lograr, por el camino de la cultura, la unificación de la nacionalidad y del espíritu patrio.

Para atender a las necesidades técnicas de este ramo, se creará un Consejo de Educación Rural. dependiente de la Secretaría de Educación Pública, el cual será un cuerpo mixto, formado por autoridades educativas y maestros que no se dediquen a funciones administrativas. Este Consejo tendrá por objeto fijar la orientación pedagógica y social de las escuelas rurales.

El resultado y el mejor éxito de la enseñanza y de la labor educacional de penden de los métodos que se empleen; de ahí que el nivel de las escuelas rurales guarde estrecha relación con la preparación profesional de los maestros. Así, pues, merecerá atención preferente del Estado al establecimiento de escuelas normales en las que se impartan los conocimientos necesarios para desempeñar la función de maestro rural. que comprende no sólo la educación primaria, sino también lecciones de agricultura, elementales y prácticas, pero técnicamente organizadas, con el objeto de mejor capacitar a los maestros rurales para que cumplan con la misión social de orientar a los campesinos con quienes habrán de convivir, en la resolución de la mayoría de sus problemas prácticos. Consecuentemente con este criterio, se vincularán las escuelas normales y las de agricultura práctica, integrándolas en instituciones regionales, cuyo principal objetivo deberá ser fijar los principios básicos y los procedimientos de la explotación racional de la tierra y dar a los maestros destinados a prestar sus servicios en los centros agrícolas, la más conveniente preparación profesional. Se aumentará el número de instituciones regionales campesinas, en una proporción no menor de tres por cada año, y se establecerán en los lugares adecuados, a fin de que puedan estudiarse y aprovecharse los diversos climas que existen en la República y los productos que tengan mayor importancia en el conjunto de la agricultura nacional.

Como consecuencia de lo anterior, el Partido declara que, sobre cualquiera otra rama de acción educativa, merecerá preferencia la educación rural.

Con objeto de traducir en cifras el alcance preciso del desarrollo que durante los seis años del Plan deberá tener el sistema de escuelas rurales, se fija el mínimo de su crecimiento en la siguiente forma

En 1934 se aumentarán 1,000 escuelas rurales,

En 1935 se aumentarán 2,000 escuelas rurales,

En 1936 se aumentarán 2,000 escuelas rurales,

En 1937 se aumentarán 2,000 escuelas rurales,

En 1938 se aumentarán 2,000 escuelas rurales y

En 1939 se aumentarán 3,000 escuelas rurales.

El aumento anterior se refiere a las escuelas directamente sostenidas por el Gobierno Federal aparte de las que los Ayuntamientos y los Gobiernos de los Estados establezcan al desarrollar y cumplir sus planes particulares de acción.

Igualmente será objeto de atención especial del Estado, la educación agrícola, así en sus aspectos prácticos, como en sus formas superiores de orden teórico, con la tendencia a formar técnicos capacitados para la resolución de los problemas de la agricultura mexicana, y que estén, al mismo tiempo, animados de un franco espíritu de servicio social.

La educación agrícola debe ser planteada y atendida, como todas las actividades educativas, con tendencias uniformes, para coordinar los intereses y necesidades de la Secretaría de Agricultura y Fomento con los puntos de vista de la Secretaría de Educación Pública. En consecuencia, se formará un Consejo Técnico de Educación Agrícola, encargado de marcar las orientaciones y aprobar los planes de estudios y programas de enseñanza de las escuelas agrícolas dependientes del Gobierno Federal. El Consejo Técnico de Educación Agrícola tendrá igual número de representantes de cada una de las Secretarías mencionadas.

El Partido Nacional Revolucionario reitera su declaración en el sentido de que, con preferencia a las enseñanzas de tipo universitario destinadas a preparar profesionistas liberales, deben estar colocadas las enseñanzas técnicas que tienden a capacitar al hombre para utilizar y transformar los productos de la naturaleza, a fin de mejorar las condiciones materiales de la vida humana. En tal virtud, aparte de que se procurará que la escuela primaria rural y urbana sea esencialmente activa, utilitarista y vital, se cuidará el desarrollo de la enseñanza técnica en sus diversas formas, para capacitar a los varios tipos de trabajadores a coadyuvar eficazmente en los procesos de dominio y aprovechamiento de la naturaleza.

Las obligaciones que las leyes del trabajo imponen en materia educativa a los patrones, deberán ser objeto de la más escrupulosa atención, hasta lograr que los trabajadores reciban todos los beneficios educativos y de instrucción a que tienen derecho. En consecuencia, se vigilará el establecimiento de las escuelas que, conforme al artículo 123 constitucional, deben sostener las negociaciones agrícolas e industriales, y se hará efectivo el envío de hijos, de asalariados por cuenta de los empresarios, a las escuelas técnicas que los conviertan en trabajadores calificados.

El objeto primordial de la enseñanza técnica debe ser el preparar a los trabajadores de los diversos tipos, para colocados en condiciones de que se incorporen ventajosamente a las industrias del país, ya sea como obreros manuales o como directores técnicos. El logro de la finalidad anterior obliga a buscar los medios para que los beneficios de la educación técnica recaigan preferentemente en las personas que estén avocadas por sus condiciones de clase a ingresar como trabajadores de las industrias, lo que sólo puede lograrse sosteniendo económicamente a los trabajadores o a sus hijos, durante el periodo de su preparación técnica, ya que de otra suerte, la necesidad de procurarse un salario para subsistir, les impide capacitarse técnicamente en cualquiera de las ramas de la industria. Se extenderá, en esa virtud el sistema de becas implantando ya por el Gobierno Federal, tomando como uno de los renglones del costo de la enseñanza técnica, el referente al sostenimiento de los trabajadores por medio de becas.

Además, como el interés de los trabajadores y el de la economía nacional exigen que cada uno de los elementos humanos que intervienen en la producción industrial esté en condiciones de cooperar con el más eficiente rendimiento de su esfuerzo, es menester crear un Instituto de Organización Profesional, destinado a explorar y definir las aptitudes y vocaciones de las personas llamadas a recibir enseñanza técnica, a situar convenientemente a los educandos en relación con sus tendencias personales y facultades psíquicas y a estudiar científicamente las condiciones psicotécnicas requeridas en cada industria.

El Partido Nacional Revolucionario juzga que el ejercicio de las profesiones en todos sus aspectos es una cuestión social y no el goce de un derecho individual de los profesionistas. Así, pues, debe estar sujeto a la Ley y sometido a las sucesivas reglamentaciones que el poder público dicte, todo lo concerniente al ejercicio de una profesión, como lo está el trabajo individual en sus diversas formas, ya que las profesiones no son sino tipos de trabajo individual, definidos y organizados técnicamente. En consecuencia, se expedirán a la brevedad posible, tanto en el Distrito Federal y en los Territorios, como en cada uno de los Estados, las leyes reglamentarias del artículo 4° de la Constitución, que fijen las condiciones a que deberá sujetarse el ejercicio profesional, desde el punto de vista de los estudios y preparación científica de los interesados, y en cuanto se refiera a la forma y condiciones en que los profesionistas deberán prestar sus servicios a la colectividad.

En vez de que la reglamentación del ejercicio de las profesiones sea un instrumento de consolidación deberá ser el medio de poner a éstos en contacto con las masas organizadas de trabajadores, para que, en el ejercicio de su profesión, satisfagan las necesidades de la colectividad.

A juicio del Partido Nacional Revolucionario, durante los seis años que abarca esta Plan no habrá necesidad de aumentar el número de profesionistas liberales -médicos, abogados, ingenieros, etc.- sobre el que preparen y titulen las universidades y escuelas profesionales sostenidas por los gobiernos de los Estados, la Universidad Autónoma de México y las demás escuelas universitarias libres. Entretanto, como es más urgente el robustecimiento del sistema de educación rural y la ampliación y perfeccionamiento de las escuelas técnicas, no se dedicarán mayores recursos que los ya previstos en las leyes, para ayudar y fomentar ]a cultura superior, en su aspecto universitario; pero, comprendiendo que ]a investigación científica es una actividad fundamentalmente necesaria para el progreso del país y que el Gobierno no puede desentenderse del cultivo general de las ciencias, se ayudará a la creación y sostenimiento de Institutos, Centros de Investigación, Laboratorios, etc., en forma que eleven continuamente el nivel de la ciencia en México, para una mayor difusión de ella y para realizar los trabajos que aporte nuestro país al desarrollo de ]a cultura.

Se propugnará por que la educación pública incluya en su programa los estudios relativos a nuestro problema demográfico y lleve a la conciencia nacional el convencimiento de que ]a potencia cuantitativa y cualitativa de ]a población mexicana, base indispensable de prosperidad de la nación.

El Partido Nacional Revolucionario considera que la formas adecuada para obtener el mejoramiento físico de la raza y para combatir los vicios, especialmente el alcoholismo, consiste en fomentar los deportes y hacerlos accesibles a la población trabajadora, despertando el máximo de interés en los ejecutantes y en los espectadores.

En consecuencia, se seguirá desarrollando el programa deportivo implantado por el Partido y se estimulará la cultura física en las organizaciones obreras y campesinas.

GOBERNACIÓN

El Partido Nacional Revolucionario considera que debe atenderse de manera preferente el orden jurídico de las instituciones revolucionarias, a fin de que todos los actos del poder público deriven de la ley y creen situaciones de derecho.

De igual manera considera que es un deber inaplazable del Estado proveer lo necesario para que la justicia en el país sea pronta y expedita y se imparta a todos los individuos sin distinción alguna.

Para el efecto, se hará una revisión de las leves sobre organización de los tribunales de los fueros común y federal, a fin de corregir los vicios que entorpecen la administración de justicia y desterrar corruptelas. El Partido vigilará estrechamente que los funcionarios encargados de administrar justicia cumplan con su deber.

Ante la inquietud pública originada por la criminalidad creciente, y en vista de que la delincuencia constituye un problema igual en todo el país, estima el Partido Nacional Revolucionario que es necesaria la unificación doctrinal técnica de las legislaciones penales de la República a efecto de que sean análogos la filosofía de los códigos, los delitos penados por las leyes, las penas y medidas de seguridad que se establezcan, el lenguaje, los términos y los procedimientos aplicables a los juicios. Esta unificación legislativa se logra, más que por medio de una reforma constitucional encaminada a la federalización de las leyes penales por el procedimiento de establecer unidad de criterio entre las autoridades federales y las de los Estados, sobre el desarrollo de la policía contra el régimen y a virtud de los estudios que sobre esa materia se realicen conjuntamente.

No basta que exista una buena administración de establecer normas de orientación moral y de defensa colectiva. Con ese fin, es materia de prevención general, y de profilaxis social se dictarán, como principales, las siguientes medidas:

Primera. Establecimiento. en las capitales de los Estados, de tribunales para menores, con competencia para conocer de los delitos cometidos por menores de dieciocho años, y de los casos de menores abandonados, pervertidos o en peligro de estarla; y de "casa de observación" también pasa menores, que estarán separadas de las cárceles preventivas para delincuentes adultos.

Segunda. Creación de una policía preventiva, cuya función será, fundamentalmente, la de evitar la incubación de delitos.

Tercera. Fomento de instituciones de beneficencia, tales como asilos para ancianos e inválidos, casas de orientación para mujeres, dormitorios gratuitos para menesterosos que carezcan de trabajo, hospitales, etc.

Cuarta. Campañas para combatir las causas determinantes de la prostitución, a fin de evitar que ésta constituya un medio de vida para la mujer, y para evitar la mendicidad profesional.

Quinta. Expedición de la Ley Reglamentaria del artículo 10° constitucional: reforma de la legislación penal, para prevenir y castigar la publicidad escandalosa de crímenes y delitos, o sea la llamada "nota roja" de los periódicos, y supresión de los espectáculos y publicaciones obscenos.

Sexta. Legislación enérgica y campaña efectiva, tendientes a disminuir el uso de bebidas embriagantes y a prohibir en lo absoluto el comercio y uso particular de substancias estupefacientes, e impulso al establecimiento de sanatorios para la curación de alcohólicos y toxicómanos.

Séptima. Exacta observancia de la fracción XIII del artículo 123 constitucional, que prohíbe el establecimiento de expendios de bebidas embriagantes y casas de juego de azar en los centros obreros, pues es un deber de los más precisos del Partido Nacional Revolucionario, y, por ende, de aquellos de sus miembros que ocupen cargos en el Gobierno, el de proteger el patrimonio, la moral y el porvenir de nuestras masas laborantes: el de evitar que éstas dilapiden sus salarios, y el de reglamentar todo lo concerniente a esta materia.

El Partido Nacional Revolucionario considera el trabajo como el medio más adecuado para la regeneración de los delincuentes y aprecia la necesidad de estudiar las condiciones que deben llenar los establecimientos correccionales y presidios, a fin de que se logre obtener la regeneración de los individuos confinados en ellos.

El Partido Nacional Revolucionario puntualiza como política demográfica nacional para el aumento, la mejoría y la adecuada distribución de nuestra población la de provocar y estimular preferentemente la inmigración de:

a) Extranjeros fácilmente asumibles a nuestro medio, con preferencia los de cultura latina;

b) Extranjeros agricultores dotados de cierta preparación cultural y conocimientos especiales en su materia, que ayuden al cultivo de nuestro campos, y

c) Extranjeros técnicos en determinadas ramas industriales, que con sus servicios contribuyan al desarrollo y perfeccionamiento de las industrias nacionales. Como condición para su ingreso al país, se les impondrá la obligación de impartir sus conocimientos a nuestros trabajadores.

Se adoptarán medidas adecuadas para impedir la permanencia ilegal de los extranjeros en nuestro país; entre otras, las siguientes:

Primera. Dictar disposiciones legales que establezcan la incapacidad civil de los extranjeros cuya permanencia en la República sea irregular, conforme a los ordenamientos de la materia.

Segunda. Reformar el actual sistema de autorizaciones de estancia definitiva, en el sentido de que dentro de un término que se fije como mínimo de permanencia en el país, todas las autorizaciones tendrán carácter condicional, sujetas a garantía de repatriación y demás requisitos que fijen las leyes, y sólo transcurrido ese lapso, podrá otorgarse la autorización correspondiente de estancia definitiva.

El Partido Nacional Revolucionario, para evitar la emigración de los trabajadores mexicanos, así como la situación de miseria en que millares de nuestros nacionales se encuentran en el extranjero, implantará las medidas legislativas y administrativas conducentes:

Primero. Para controlar la emigración, mediante:

a) Estudio y elaboración de una ley que capacite a la autoridad para intervenir en el traslado de contingentes humanos, de zonas excesivamente pobladas o en las que haya crisis de trabajo, a otras que reúnan mejores condiciones;

b) Disposiciones prohibitivas de la emigración de trabajadores aislados, sujetando la emigración colectiva a la celebración previa de contratos con empresas o asociaciones patronales que presten suficientes garantías para nuestros braceros;

c) Recomendaciones e instrucciones a los gobiernos locales para que presten seguridades, garantías y posibilidades de trabajo a los mexicanos, a efecto de evitar que se provoque emigración, y

d) Labor de ilustración y persuasión para convencer a los trabajadores nacionales de los perjuicios que les reporta su emigración.

Segundo. Para reincorporar a nuestros emigrados, mediante:

a) Organización de un servicio especial de repatriación, que en combinación con el Servicio Consular estimule y facilite el retorno de los repatriados, y que, por otra parte, se haga cargo de su distribución y acomodamiento en el territorio nacional, tomando en consideración las condiciones demográficas, étnicas y económicas de las distintas regiones;

b) Derivación de la corriente de repatriados hacia los campos de cultivo o centros en donde puedan encontrar ocupación, para resolver el problema de los desempleados;

c) Establecimiento de colonias agrícolas de repatriados, en regiones apropiadas desde el punto de vista de su situación geográfica, sus condiciones climáticas y su fertilidad; de preferencia en zonas poco pobladas; pero suficientemente cercanas a centros de población, para provocar, por una parte, la reincorporación de los recién llegados, y por otra, la asimilación de sus conocimientos útiles por los habitantes comarcanos;

d) Formación de un plan técnico de acondicionamiento de terrenos nacionales susceptibles de ser concedidos, y recuperación, por parte del Estado, de aquellas tierras nacionales enajenadas en condiciones gravosas, y

e) Creación de un fondo especial al fomento y desarrollo de colonias agrícolas de repatriados.

Para el debido control las actividades que se relacionan con la política demográfica a que se ha hecho referencia, se establecerá una Dirección Nacional de Movimiento de Población.

El Partido Nacional Revolucionario velará por la aplicación estricta de las disposiciones constitucionales y de las leyes reglamentarias que deben regir en los Estados de la Federación, en materia de cultos, así como por la vigilancia constante de parte de las autoridades federales, estatales y municipales, para que esas leyes no sean infringidas.

El Partido Nacional Revolucionario propugnará por que el Gobierno dicte todas las disposiciones que prevengan e impidan la impresión y exhibición de películas cinematográficas de producción nacional o extranjera que afecten a la ética, a la dignidad del país o a la verdad de su historia.

EJERCITO NACIONAL

El Partido Nacional Revolucionario declara que el Ejército Nacional, órgano armado de la Revolución Mexicana, constituye el más firme sostén de las instituciones, razón por la cual se dedicará toda la atención necesaria para:

a) Llevar a cabo las obras conducentes, a fin de que se disponga de un sistema más moderno de cuarteles, hospitales militares, centros y campos deportivos militares, campos para maniobras militares y escuelas de tropa;

b) Disponer de los elementos suficientes para que en su organización, en su preparación y en sus armamentos, llene con toda amplitud los altos fines que la Patria deposita en nuestro Instituto Armado;

c) Invertir los recursos que el servicio de mejor distribución de elementos requiera, para llenar los objetivos señalados, y

d) Realizar la organización y más efectivo aprovechamiento de los contingentes del Ejército Nacional, que ya están destinados a cooperar en las obras públicas cuya ejecución cubre servicios sociales.

RELACIONES EXTERIORES

El Partido Nacional Revolucionario declara que el constante e indeclinable sostenimiento de la soberanía nacional y de los principios y la legislación dimanados de la Constitución de 1917, debe ser la base de la política internacional de México.

Que, a este respecto, ratifica la declaración de principios que tiene hecha, estableciendo las bases a que debe sujetarse el desarrollo de dicha política; a saber:

Cultivo y fomento de las relaciones de sincera amistad con todas las naciones de la tierra, sin inmiscuirse México en los asuntos interiores de otros países y sin permitir, correlativamente, la intromisión de otros países en los asuntos interiores de México.

Fraternal acercamiento con las naciones latinoamericanas y justa y legal eliminación de dificultades con cualquier gobierno.

Desconocimiento de cualquiera doctrina extraña que se trate de aplicar a los derechos nacionales o internacionales de México.

Reprobación de las guerras internacionales, admitiendo únicamente las impuestas por motivos de defensa.

Cordial y desinteresada cooperación para resolver pacíficamente las dificultades entre naciones.

Desarrollo del comercio y de la cooperación intelectual internacionales.

Garantía dentro de la norma exclusiva de nuestras leyes, de los derechos y actividades honestas de los extranjeros radicados en la República.

Aceptación habitual de los principios de arbitraje en las dificultades internacionales, así como las conciliación y mediación en todos aquellos casos en que no se afecte la independencia, soberanía y principios constitucionales de la República.

HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO HACIENDA PUBLICA

El Partido Nacional Revolucionario considera que el logro de las aspiraciones revolucionarias y la realización del programa de Gobierno aquí trazado, dependen, en proporción elevada, de que la Hacienda Pública tenga una buena orientación técnica y social.

Acepta que el sistema es incapaz, por sí sólo, de alcanzar resultados inmediatos y definitivos en el campo de la reforma social; pero reconoce que una buena política hacendaría permitirá llegar a resultados importantes en todos los sectores de la Administración Pública, e influirá apreciablemente en la mejor distribución de la riqueza, en el aumento de los salarios y en el incremento de la producción y del consumo de artículos de todas clases.

La acción hacendaria se hará sentir en dos formas distintas, pero perfectamente coordinadas: por una parte, directamente, en su aspecto financiero, a través de las rentas públicas que se recauden y de las normas que para su distribución se establezcan, a fin de suministrar los elementos pecuniarios indispensables para el funcionamiento de los servicios y para la ejecución de las obras que, conforme al Plan de Gobierno, se encomienden a la Administración Pública; y por otra parte, indirectamente, a través de la influencia impulsora y restrictiva que puede ejercer sobre determinadas actividades, mediante el uso del impuesto con otras finalidades económicas y sociales, como en los casos típicos de los derechos arancelarios proteccionistas y de los impuestos sobre el consumo de bebidas alcohólicas.

INGRESOS

Para la adecuada organización de un sistema nacional fiscal que robustezca la unidad económica del país dentro de las normas que la Revolución debe imprimir a la Hacienda Pública, urge incorporar a la Constitución Federal, las bases que delimiten los campos impositivos de la Federación, de los Estados y de los Ayuntamientos: que aseguren la colaboración de las diversas autoridades, dentro de un régimen unitario, en aquellos casos en que la concurrencia fiscal sea necesaria, y que eliminen las barreras fiscales, interiores que impidan o dificulten el comercio interno, por crear situaciones de desigualdad que no se deriven de las peculiares condiciones económicas y sociales de nuestro suelo.

A fin de disminuir los efectos imprevistos de la repercusión e incidencia y con el propósito fundamental de que la difusión coincida con la verdadera capacidad económica de los contribuyentes, garantizándose así, en conjunto, la equidad de la distribución de las cargas fiscales se reorganizará el sistema de impuestos, persiguiendo el predominio de los directos sobre los indirectos y generalizando la implantación de la progresividad en las cuotas, en todos los casos en que sea aplicable.

El impuesto sobre la renta, que ha venido desvirtuándose hasta convertirse en un gravamen que tiene por fuente principal la renta del trabajo asalariado, por ser los causantes relativos los únicos que no pueden evitarlo, y que en lo que respecta al comercio, la industria y la agricultura ha llegado a asemejarse a los impuestos de patente, debe ser reorganizado, para corregir estas desviaciones y para eliminar los defectos que desde su implantación en nuestro país ha presentado. En consecuencia, se procurará que grave la renta real; que alcance a utilidades y beneficios que actualmente escapan y afecte a las rentas provenientes del capital, en proporción mayor de las derivadas del capital y del trabajo, y las de este último en proporción todavía menor.

El impuesto sobre herencias y legados deberá uniformarse y utilizarse como corrector y complementario del impuesto sobre la renta, y en sentido revolucionario, para impedir la acumulación de la riqueza a través de la perpetuación de las grandes fortunas.

La tributación sobre la industria y el comercio debe simplificarse mediante el establecimiento de un gravamen uniforme que administren los Estados, con participación de la Federación en el rendimiento. A la vez, deben desaparecer en definitiva los impuestos alcabalatorios.

En el caso de la contribución federal, para corregir la situación de desigualdad fiscal, notoriamente inconveniente, que se ha creado debido a que diversos Estados de la República han quedado exentos de pagarla, debe buscarse una solución equitativa, suprimiendo totalmente dicha contribución, si las condiciones del Erario lo permiten, o restableciéndola en todas las Entidades con un porcentaje menor que el actual.

En los impuestos que gravan la importación, deberá procurarse que los que se apliquen a artículos extranjeros similares a los de producción del país, se inspiren en una política arancelaria que impida que, al amparo de un mal entendido nacionalismo, se divida a industrias exóticas, totalmente incapacitadas para alcanzar un desarrollo que las coloque en condiciones de competir con las extranjeras sin la barrera arancelaria, y queden por lo mismo en condiciones parasitarias, como una carga permanente impuesta a la Nación.

EGRESOS

Los Presupuestos de Egresos no serán un simple cálculo contable, sino la expresión genuina del desarrollo del programa que el Gobierno Revolucionario se propone realizar en materia social y económica.

Se dará especial atención financiera a las erogaciones destinadas a resolver los problemas preferentes en el orden económico y social: los de salubridad pública, agricultura, educación y comunicaciones, que merecerán el máximo impulso, asignándoseles las mayores cantidades disponibles. Los demás servicios serán atendidos dentro de la capacidad de las finanzas del Estado.

MONEDA Y CRÉDITO

A pesar de las difíciles condiciones creadas por el desquiciamiento universal de los patrones monetarios y por las medidas de política valutaria agresiva que conducen a la "guerra monetaria" actual, pueden aventurarse algunos postulados que señalen futuras obligaciones generales a la política monetaria y de crédito del país, sin perjuicio de efectuar las modificaciones que las interacciones de factores extranjeros pudiera momentáneamente imponer.

El Banco de México seguirá substraído a toda influencia política. Con el fin de robustecer aún más su posición y capacitado para actuar adecuadamente sobre el volumen del "stok" monetario, mediante el retiro o la aportación de medios de pago circulantes, se darán facultades al Banco que le permitan operar en la compra y venta de títulos y valores, primero, a través de las instituciones de crédito asociadas, y después, directamente, una vez constituido el mercado de valores.

El Banco de México incrementará sus reservas de oro aumentando su encaje metálico con los productos de las acumulaciones que el Consejo del mismo determinaré y procurará también acrecentar el aflujo de oro, que le permita, en el momento que se estime conveniente pasar de la estabilidad, de hecho que frente al dólar mantiene nuestra moneda, a una estabilización legal, frente al cambio internacional.

La política de tasas del mismo Banco se utilizará completamente en su papel regulador, dentro de la política de cambios con el propósito de que el "stok" circulante se adapte a las necesidades económicas del país y su desarrollo responda al fin de fomentar una discreta alza en los precios, que constituya un estímulo para la producción y garantice un beneficio suplementario a nuestros productores.

Como complemento de la política de crédito y con apoyo en la acción del Banco de México, se procurará que la organización del crédito agrícola se perfeccione a través del Banco de Crédito Agrícola, como organismo mediador que ofrezca amplias oportunidades de utilización del crédito a todas las fuentes de producción rural, movilizando las obligaciones hipotecarias y facilitando a los agricultores en general el empleo del ahorro nacional.

Para poner al alcance de los pequeños y medianos productores la utilización del capital que facilite la transformación de los sectores artesanos hacia los sistemas superiores de la producción industrial maquinizada, se dará cima a la organización del Banco Nacional de Crédito Popular, que disponga de los recursos necesarios para refaccionar a todos los trabajadores autónomos, que, por la pequeñez de sus operaciones, no ofrecen garantías suficientes ni despiertan la atención de los grandes bancos.

Será capítulo final en materia de crédito dar los primeros pasos para la integración de un sistema nacional de seguros, que substraiga del interés privado esta importante rama de la economía.

OBRAS CONSTRUCTIVAS DE LAS COMUNIDADES

Las comunidades de la República formarán programas dentro de este Plan Sexenal, para emprender, de acuerdo con sus necesidades, alguna o algunas de las siguientes obras constructivas:

a) Escuelas,

b) Campos deportivos,

c) Granjas escolares,

d) Pequeñas empresas de irrigación,

e) Carreteras vecinales,

f) Reforestación,

g) Servicios públicos de introducción de agua, drenaje, mercados, rastros, hospitales, casas de maternidad, y

h) Otras obras de interés público.

Estas construcciones contarán, cuando excedan de la capacidad del vecindario y lo justifique la extensión de los servicios que traten de obtenerse, con subvenciones de los gobiernos locales.

El Partido Nacional Revolucionario mantendrá contacto, por conducto de una Dirección especial, con las organizaciones regionales del Partido y las autoridades de los Estados y de los Municipios, a efecto de agrupar a las comunidades interesadas y estudiar las obras más urgentes de utilidad común que deben llevarse a cabo, escalonadas, en los seis años de este Plan.

Se observará la mayor ponderación al planear estos programas, de manera que no sean simples declaraciones, sino estimulaciones concretas, fáciles de cumplir.

Cada Estado formará un programa de las obras por realizar, que quedará bajo el control y continua vigilancia de los órganos del Partido y bajo la responsabilidad de los Gobiernos de los Estados y de los Ayuntamientos.

El Partido Nacional Revolucionario computará cada año las obras públicas que las comunidades se comprometan a construir.