Febrero 8 de 1926
Protesta del episcopado mexicano,
("El Universal", 8.II.1926)
El Código de 1917 hiere los derechos sacratísimos de la Iglesia católica, de la sociedad mexicana y los individuales de los cristianos, proclama principios contrarios a la verdad enseñada por Jesucristo, la cual forma el tesoro de la Iglesia y el mejor patrimonio de la humanidad, y arranca de cuajo los pocos derechos que la Constitución de 1857 (admitida en sus principios esenciales, como ley fundamental por todos los mexicanos), reconoció a la Iglesia como sociedad y a los católicos como individuos.
No pretendiendo inmiscuirnos en cuestiones políticas, sino defender, a la manera que nos es posible, la libertad religiosa del pueblo cristiano en vista del rudo ataque que se infiere a la religión, nos limitamos a protestar contra el atentado, enérgica y decorosamente, pero no sin que precedan a nuestra protesta las siguientes formales declaraciones:
1a. Que conforme con las doctrinas de los Romanos Pontífices, especialmente la contenida en la Encíclica Quod Apostolici muneris, y movidos también por patriotismo, nos hallamos muy lejos de aprobar la rebelión armada contra la autoridad constituida, sin que esta sumisión pasiva a cualquier gobierno signifique aprobación intelectual y voluntaria a las leyes antirreligiosas o de otro modo injustas, que de él emanaren, y sin que por ella se pretenda que los católicos, nuestros fieles, deban privarse del derecho que les asiste como ciudadanos para trabajar legal y pacíficamente por borrar de las leyes patrias, cuanto lastime su conciencia y su derecho.
2a. Que en este nuestro proceder, no nos mueve ni el más ligero deseo de venganza, ni siquiera el natural empeño de procurar el bienestar temporal nuestro y de nuestro clero (que para conseguirlo más nos valdría transigir o callar) sino que tenemos por único móvil, cumplir con el deber que nos impone la defensa de los derechos de la Iglesia y de la libertad religiosa.
Si después de estas declaraciones, nuestra protesta ocasionara mayor recrudecencia de la persecución religiosa, no será la responsabilidad de quienes han cumplido con su deber, sino de los que no quieren oír ni quieren que se escuche la voz de la verdad y de la justicia; y la Iglesia que ha sabido vivir en la persecución, volverá a los tiempos de paciencia y de martirio.
Contra la tendencia de los constituyentes, destructora de la religión, de la cultura y de las tradiciones, protestamos como Jefes de la Iglesia Católica en nuestra patria. De principio tan funesto, tenían que resultar en la Constitución dictada bajo su influjo, pésimas consecuencias, aparentemente sólo contra la Iglesia y sus ministros, pero en realidad también contra los derechos más justos y naturales de los ciudadanos, y resultaron efectivamente.
Termina la protesta con la siguiente declaración: "Por todo lo dicho protestamos contra semejantes atentados en mengua de la libertad religiosa, y de los derechos de la Iglesia, y declaramos que desconoceremos todo acto o manifiesto, aunque emanado de cualquiera persona de nuestra diócesis aun eclesiástica y constituida en dignidad, si fuera contraria a estas declaraciones y protestas".
El documento está firmado por el ilustrísimo señor Mora y del Río, Primado de la Iglesia de México; por los señores arzobispos de Michoacán, Yucatán, Linares y Antequera y por todos los obispos de la República.
Fuente: Toro, A, La Iglesia y el Estado en México.
Fuente: Margadant Guillermo F. La Iglesia ante el Derecho mexicano, Esbozo histórico-jurídico. México. Grupo Editorial Miguel Ángel Porrúa. 1991. 301 pp.
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