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Selección de textos y documentos:

Doralicia Carmona Dávila

© Derechos Reservados
ISBN 970-95193

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1872 Sebastián Lerdo de Tejada, Presidente Interino Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus conciudadanos.

Julio 27 de 1872

El fallecimiento tan inesperado como lamentable, del benemérito Presidente Benito Juárez, calamidad que cubre de luto á la Nación entera, poseída del más justo y profundo desconsuelo, me ha hecho depositario del Poder Ejecutivo de la Unión, durante un breve período, por ministerio de la ley.

Los deberes de mi transitoria Administración me están señalados por la protesta que i.e. ante la Diputación permanente del Congreso, en completa armonía con mis más sinceros sentimientos y mis más íntimas convicciones. Un profundo é inviolable ,respeto á la Constitución y al exacto cumplimiento de las leyes, serán la norma constante de mi conducta, así para llenar las solemnes obligaciones que he contraído, como para seguir el único camino que pueda conducir al bien y prosperidad de la Nación.

Considero como un especial deber, velar por la fiel observancia de las Leyes de Reforma, que han afirmado y perfeccionado nuestras instituciones. Expedidas aquellas leyes para extirpar vicios capitales de la antigua organización de nuestra sociedad, abriéndoles las puertas de un porvenir venturoso, han sido en su aplicación y desarrollo, el remedio de los males más complicados, y la entrada victoriosa al seno de la verdadera civilización. Sobre la obligación que me incumbe guardar y hacer guardar las Leyes de Reforma, aumentará mi celo para que por nadie sean infringidas, la convicción de que ellos constituyen las bases más sólidas de nuestra organización política y social.

Conforme á lo prescripto en el Código fundamental, para el caso de falta absoluta del Presidente de la República, estimé muy debido que fuera el primero de mis actos, iniciar el decreto que hoy se ha expedido para la nueva elección. En ella serán justamente acatados los derechos del pueblo, respetando y garantizando sin trabas ni restricciones de ningún género, la libertad del sufragio en su mayor amplitud. Todos los ciudadanos, todos los partidos, tendrán expedita su acción en los actos electorales, y así deberá ser reconocido el resultado de ellos con la expresión genuina de la voluntad general.

Animado de este espíritu, he creído que debía expedir hoy un decreto de amnistía por los delitos políticos cometidos hasta aquí, sin excepción de persona alguna. Reprimido ya el principal esfuerzo de los sublevados, puede concederse la amnistía sin temor del menosprecio de las leyes, y sin mengua de la autoridad. La amnistía corresponde al anhelo general por la pacificación del país, y á una opinión profundamente arraigada en cuantos contemplan los espantosos desastres de la anarquía y las dolorosas ruinas de la guerra civil. Al abrirse ahora un período electoral, la amnistía es el único medio de que no haya quienes queden excluidos de dar sus votos, ni quede nadie privado de los sufragios que puedan emitirse á su favor. He pensado que no podía hacer mejor uso de las facultades concedidas al Ejecutivo, y que si por desgracia, algunos todavía quisieran afligir á su patria con las plagas de la guerra, é impusieran así la necesidad de nueva energía para someterlos, la opinión pública reconocerá que el Ejecutivo ha tenido una sincera voluntad de no omitir nada para alcanzar el bien supremo de la paz, y dar toda amplitud á la libertad electoral.

Se enlaza también con tan importantes objetos el grave punto de los Estados que se encuentran declarados en sitio. Habiendo ya circunstancias favorables en la actualidad, para resolver la mayor parte de los casos, el Ejecutivo cuidará con escrupuloso empeño de no dejar subsistente esa situación anormal, sino tan sólo donde lo exija la falta absoluta de autoridades propias constitucionales, entretanto se proceda á elegirlas, ó donde lo haga indeclinable la imperiosa necesidad del restablecimiento de la paz.

Investido el Ejecutivo por el Congreso de la Unión de amplias facultades, se reserva á emplearlas sólo en los casos extremos, en que sea indispensable satisfacer una apremiante necesidad. Desea, sobre todo, no verse obligado á usarlas para nada que puedan afectar las garantías individuales.

El respeto que estas merecen nunca puede ser excesivo. La más preciada de ellas, la libertad de la prensa, que protege y resguarda á las otras, será para mí inviolable, como lo fue sin excepción alguna, en el dilatado período que funcioné como Ministro del ilustre Presidente cuya pérdida lamentamos. Si la libertad de escribir no debe en cualquiera época tener limitación alguna, menos debe tenerla en un período de lucha electoral. De los excesos que se comenta por la prensa, el mejor correctivo es la misma prensa, ilustrada, libre, eco de todas las opiniones y de todos los partidos.

En los negocios administrativos vigilaré por qué se guarden los principios de orden y moralidad. Me esforzaré por hacer en los gastos públicos todas las economías que reclama la escasez del Erario. En la provisión de los cargos y empleos públicos, atenderé solamente á la honradez, la aptitud y el verdadero mérito, consideraré á los empleados actuales, en quienes concurran tales circunstancias, no abrigando ni debiendo abrigar prevenciones contra ninguno, cualesquiera que hayan sido sus antecedentes políticos. En el ejercicio del Poder Supremo, no debo ser órgano ni representante de un círculo político, sino representante de la Nación entera. No debo ser jefe de ningún partido, sino ejecutor imparcial y desapasionado de la ley.

Verificadas las elecciones, y proclamado por la Representación Nacional quién sea el elegido del pueblo, me consideraré honrado con entregarle el Gobierno, demostrando mi completo acatamiento á la voluntad soberana del país, al devolver el depósito que me confiara la Constitución.

Mis hechos responderán de la sinceridad de mis sentimientos, y cuidaré de no apartarme en nada de los principios aquí consignados, para que al terminar el período de mi corta Administración, pueda aspirar á que mis conciudadanos den testimonio de que he procurado cumplir con mi deber.

México, Julio 27 de 1872. -Sebastián Lerdo de Tejada.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuentes

:__________ Planes en la Nación Mexicana. Libro seis: 1857-1910. México. Senado de la República-COLMEX. 1987. pág. 208-209.

Benito Juárez. Documentos, Discursos y Correspondencia. Selección y notas de Jorge L. Tamayo. Edición digital coordinada por Héctor Cuauhtémoc Hernández Silva. Versión electrónica para su consulta: Aurelio López López. CD editado por la Universidad Autónoma Metropolitana Azcapotzalco. Primera edición electrónica. México, 2006.