Junio 4 de 1861
El Excmo. Sr. presidente se ha servido dirigirme el decreto que sigue:
El C. Benito Juarez, presidente interino constitucional de los Estados-Unidos Mexicanos, á todos sus habitantes, sabed:
Que el congreso de la Union ha decreto lo siguiente:
Art. 1. Quedan fuera de la ley y de toda garantía en sus personas y propiedades los execrables asesinos Felix Zuloaga, Leonardo Márquez, Tomás Mejía, José María Cobos, Juan Vicario, Lindoro Cagiga y Manuel Lozada.
2. El que libertare á la sociedad de cualquiera de estos monstruos, ejecutará un acto meritorio ante la humanidad, recibirá una recompenza de diez mil pesos; y en el caso de estar procesado por algun delito, será indultado de la pena que conforme á las leyes se le debiera aplicar.
3. En todos los casos en que al crímen de plagio se siguiere el de asesinato de las personas capturadas, el Ejecutivo, tan luego como averigüe el nombre de los asesinos y la certeza del crímen, los declarará fuera de la ley y ofrecerá por su aprehension la suma que juzgare conveniente.
Dado en el salon de sesiones del congreso de la Union en México, á 4 de Junio de 1861.-–Gabino Fernandez Bustamante, diputado presidente.-–E. Robles Gil, diputado secretario.-–G. Valle, diputado secretario.
Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno federal en México, Junio 4 de 1861.-–Benito Juarez. -–Al C. Joaquin Ruiz, ministro de Justicia, Fomento é Instruccion pública.
Y lo comunico á V. E. para su publicacion y cumplimiento.
Dios, Libertad y Reforma. México, etc.-–Ruiz.
Dublán y Lozano. 5367
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