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Selección de textos y documentos:

Doralicia Carmona Dávila

© Derechos Reservados
ISBN 970-95193

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1859 Lafragua informa de sus gestiones contra el tratado Mon-Almonte.

París, octubre 22 de 1859.

 

Excmo. señor ministro de Relaciones del gobierno constitucional

Excmo. señor:

Tengo la honra de remitir a V. E. copia de la comunicación que el día cuatro dirigí al Sr. Gral. Almonte y de la que el día cinco dirigí a V. E. por los Estados Unidos.

Hasta hoy nada me ha contestado el Sr. Almonte como tampoco lo ha hecho a las protestas de 16 de mayo y seis de junio del año pasado y a la de ocho de junio del presente.

De la primera y de la última remito a V. E. ejemplares, no haciéndolo de la segunda, porque ésta fue una simple nota en que reproduje la de marzo.

Por más diligencias que he hecho, no he conseguido conocer el texto del convenio; pero, según todas las noticias que tengo, es indudable que se ha celebrado accediendo a todas las pretensiones de España.

El País, en un artículo decididamente encomiástico del gobierno reaccionario, entra en algunos pormenores, que creo muy graves, y que por lo mismo referiré a V. E., aunque no se dicen tomados de una fuente oficial.

Afirmase, pues, que México se ha obligado a castigar a los culpables que aún falten y que concede la indemnización a España, sin reconocer el principio de indemnidad y sin que este hecho pueda nunca citarse como un precedente; de donde infiere el autor del articulo que el convenio es muy bueno, porque España recibe una satisfacción y México nada hace contrario a su dignidad.

Si tales son los términos del convenio, puede creerse por los que examinen someramente el negocio que, en efecto, se han salvado los derechos, ya que no los intereses de la república, y como el desprendimiento es la base del carácter mexicano, se dirá también:  que el gobierno, salvando el decoro nacional, ha sido generoso con la antigua madre patria.

Más, sobre esto me permitiré hacer a V. E. algunas reflexiones.

En primer lugar; las naciones no son como los individuos.

Éstos pueden consentir en pagar lo que no deben, sin que por esa generosidad les resulte ni mengua ni perjuicio; pues no porque un hombre pague lo que no debe, se establece un principio que pueda servir después de argumento contra los demás, ni aun contra él mismo.

Pero las naciones no pueden obrar de esa manera; porque lo que una vez han concedido a otra, es reclamado a su turno por las demás; ya porque en el derecho internacional siempre los hechos obran contra el que los ejecuta, ya porque en todo caso se hace valer el para nosotros tan funesto axioma de conceder a todas lo que a la nación más privilegiada.

En consecuencia: nada importa que México indemnice sin reconocer el principio de indemnidad en términos absolutos porque siempre se presentará el hecho como una prueba; resultando de ahí, que queda establecido el precedente que ya resistí con tanto empeño, por más que el texto del convenio diga que queda establecido.

Más aún: permitiendo que este falso supuesto fuera una verdad, lo más que podría sostenerse sería que España no podría en lo venidero fundar otras reclamaciones en el último convenio.

Pero ¿podremos responder con éste a las demás naciones?

El día que tengan algo que reclamarnos, en vano les diremos que al pagar a España, no reconocimos el principio; porque nos instarán alegrando el hecho y tendremos que pagar a todas, sin justicia, sin obligación y sólo por generosidad, ¿Cómo, en efecto, a la Francia, a la Inglaterra, a los Estados Unidos, lo hemos concedido a España?

¿Vale más esta nación aquéllas? ¿No son todas iguales ante la razón y la justicia? ¿No está justamente escrito en nuestros tratados que debemos a todos los extranjeros, protección y amparo?

¿Cómo pues, nos salvará de una reclamación la frase escrita en el convenio, ajustado sólo por los representantes de México y España, cuando de hecho hemos indemnizado sin encontrarnos en los casos que señala el derecho de gentes?

Creo, por lo mismo, que esa reserva diplomática, que más bien merece el nombre de torpe subterfugio para travestir en hidalguía la debilidad, es un germen tristemente fecundo en disgustos, perjuicios y desdoro de la república, que indudablemente tiene que agregar un principio de todo punto inicuo a su derecho internacional y que registrar en sus anales un hecho mas funesto que otros de los que forman el largo catálogo de nuestros errores.

Se dice que el convenio es honroso; en mí concepto es poco digno ambos países.

Lo es para España porque recibe de gracia lo que reclamó de justicia; porque acepta como favor lo que sostuvo como, derecho.

Lo es para México, porque paga sin deber; porque satisface sin haber ofendido; puesto que no reconocido el principio de indemnidad, España ha confesado que el crimen de San Vicente fue un delito común y México, sin conciencia, ha hecho suya la causa de los asesinos.

¿Dónde y cómo está salvado el decoro nacional? Menos malo habría sido confesar que nos hallábamos en los casos señalados por el derecho de gentes; porque en esa confesión había habido franqueza y porque ni es nuevo en el mundo, ni degradante para un pueblo que haya algunos funcionarios suyos que no cumplan sus deberes.

Pero establecer que no nos encontramos en aquellos casos y sin embargo indemnizar, es un acto que no puede explicarse más que al espíritu de partido, para el cual se pierden los principios en el torbellino de las pasiones.

Y sí a esta parte tan poco satisfactoria del convenio, se agrega la relativa a la convención pura y simplemente reconocida, según parece; ¿qué queda de la justicia, de la honra, del nombre de México? ¿Para qué hemos luchado 11 años en la cuestión de créditos indebidamente cobrados y cerca de tres en la de crímenes indebidamente juzgados?

Si aquellos de hecho no se revisan y éstos de hecho se califican, pagamos el dinero que no debemos y la sangre que no derramamos, dilapidando en ambos casos los intereses y conculcando en ambos los derechos de la república.

He creído de mi deber presentar al supremo gobierno estas observaciones, porque aunque no tengo seguridad de que el arreglo se haya celebrado en los términos que he referido, sí es muy probable que contenga las ideas que expresa El País, en cuyo caso es muy conveniente que se pongan las cosas bajo su verdadero aspecto, a fin de evitar trascendentales errores en la apreciación de los hechos.

Reitero a usted mi muy distinguida consideración.

José María Lafragua

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente:
Benito Juárez. Documentos, Discursos y Correspondencia. Selección y notas de Jorge L. Tamayo. Edición digital coordinada por Héctor Cuauhtémoc Hernández Silva. Versión electrónica para su consulta: Aurelio López López. CD editado por la Universidad Autónoma Metropolitana Azcapotzalco. Primera edición electrónica. México, 2006.