Setiembre 14 de 1847
Con esta fecha se ha servido el Excmo. Sr. presidente interino dirigirme el decreto que sigue:
Antonio López de Santa-Anna, general de division, benemérito de la patria y presidente interino de la República, á los habitantes de ella, sabed:
Que usando de las facultades con que me hallo investido, he tenido á bien decretar lo que sigue:
Durante las actuales circunstancias de la guerra con los Estados-Unidos de América, puede el supremo gobierno general de la República fijar su residencia en cualquier punto de ella.
Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Guadalupe de Hidalgo, Setiembre 14 de 1847.-Antonio López de Santa-Anna. A D. José Ramon Pacheco.
Y lo inserto á V. E. para los efectos correspondientes, en el concepto de que oportunamente participaré á V. E. cuál sea el punto que el gobierno elija para su residencia, pues está resuelto á llevar la guerra adelante sin perdonar sacrificio de ningun género.
Todo lo que digo á V. E. de órden superior, para su inteligencia y fines consiguientes.
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