Setiembre 20 de 1846
El Excmo. Sr. general en jefe, en ejercicio del supremo poder ejecutivo, se ha servido dirigirme el decreto que sigue:
José Mariano de Salas, general de brigada y en jefe del ejército libertador republicano, en ejercicio del supremo poder ejecutivo, á los habitantes de la República,
Sabed:
Que deseando tener un cuerpo consultivo que ilustre al gobierno en los asuntos graves y de difícil resolucion que ocurran, proveer á las faltas del encargado del mando supremo de la nacion, del modo más conforme, en lo posible, con la opinion pública, y considerando que, sin embargo de lo establecido en la Constitución de 1824, la posicion escéntrica del país demanda atender á éstas necesidades de una manera especial, segun las circunstancias en que se encuentra, he venido en decretar:
Art. 1. Habrá un Consejo de gobierno, compuesto de trece individuos, con la dotacion, cada uno de éstos, de doscientos cincuenta pesos mensuales.
2. Este cuerpo se compondrá de los Excmos. Sres. D. Valentin Gomez Farías, que será su presidente; D. Manuel Gomez Pedraza, D. Juan Rodriguez Puebla, D. Manuel Baranda, D. Ignacio Trigueros, D. Luis de la Rosa y D. Francisco María Lombardo, el Illmo. Sr. D. Manuel Pardío, general D. Martin Carrera, y los Sres. D. Mariano Otero, D. José María Lafragua, D. Fernando Ramirez y D. Bernardo Guimbarda.
3. En las faltas del general interino en jefe del ejército, cualesquiera que sean las causas de que procedan, se hará cargo de gobernar á la nacion el presidente del Consejo.
4. Lo prevenido en el artículo anterior, regirá mientras no sea contradicha esta disposicion por la mayoría de los Estados.
5. Este Consejo se instalará el día 1º del próximo Octubre, prestando préviamente sus individuos, el correspondiente juramento ante el encargado del ejecutivo de la República.
Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno federal en México, á 20 de Setiembre de 1846.-José Mariano de Salas.- A D. Manuel Crescencio Rejon.
Y lo comunico á vd. para su inteligencia y fines consiguientes.
Dios y libertad. México, Setiembre 20 de 1846.-Rejon.
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