Washington, Agosto 4 de 1846.
Al Senado de los Estados Unidos.
Con el presente envío al Senado copia de una carta fechada el 27 último, del Secretario de Estado de los Estados Unidos al Ministro de Relaciones Exteriores de la República Mexicana, proponiéndole otra vez entablar negociaciones y celebrar un Tratado de paz que arregle todas las cuestiones en disputa entre las dos Repúblicas. Considerando la fuerza relativa de los dos países, los gloriosos acontecimientos en que se han distinguido nuestras armas y la desorganizada condición de México, no concibo que pueda existir ningún punto de honor nacional que me impidiera dar este paso.
Estando tan ansioso de terminar esta guerra actual por medio de una paz honrosa, como lo estuve de evitarla, he creído de mi deber ofrecer otra vez el ramo de oliva a México. Si el Gobierno de esa República acepta el ofrecimiento con el mismo espíritu amistoso con que fue dictado, las negociaciones para la celebración de un tratado comenzarán rápidamente.
La principal dificultad que es de preverse en las negociaciones, es la determinación de las fronteras entre las partes, por medio de una línea que desde luego sea satisfactoria para ambas y que en lo futuro, ninguna de ellas se sienta inclinada a alterar. Este es el mejor modo de obtener una paz perpetua y una buena vecindad entre las dos Repúblicas. Si el Gobierno Mexicano, con objeto de realizar estos propósitos, está dispuesto a ceder una porción de su territorio a los Estados Unidos, deberíamos pagarle una compensación equitativa, puesto que nuestro propósito al proseguir la guerra es lograr una paz honrosa y no realizar una conquista.
En estas circunstancias, y considerando la situación agotada y desordenada de la República Mexicana, podría ser necesario, con objeto de restablecer la paz, que yo estuviera en posibilidad de anticipar una parte de la compensación monetaria por cualquiera cesión de territorio que se hiciera. El Gobierno Mexicano podría no estar dispuesto a esperar el pago de la totalidad hasta que el Tratado pudiera quedar ratificado por el Senado y hasta que el Congreso autorizara una partida para llevarlo a efecto, y la necesidad de esa demora podría frustrar por completo ese propósito. Sugeriría yo, por consiguiente, la conveniencia de que el Congreso autorizara una suma, la que pudiera considerarse adecuada para este propósito, para pagarla si fuere necesario inmediatamente después de la ratificación del Tratado por México. De este desembolso por supuesto, se rendirían cuentas a la Tesorería, no como dinero de gastos secretos, sino como un gasto cualquiera.
Para semejante proceder existen dos precedentes en nuestra historia pasada durante la administración del Sr. Jefferson, sobre los cuales habré de llamar vuestra atención. El 25 de Febrero de 1803 el Congreso aprobó un decreto autorizando el empleo de la suma de $2.000,000 con el propósito de sufragar cualesquiera gastos extraordinarios que pudiera necesitarse hacer en los tratos entre los Estados Unidos y algunas naciones extranjeras, "para emplearse por instrucciones del Presidente de los Estados Unidos, quien para conocimiento del Congreso, rendirá cuenta del gasto hecho tan pronto como se haga". Y el día 13 de Febrero de 1806 se decretó una autorización por la misma suma, en los mismos términos. El objeto, en el primer caso era poner al Presidente en aptitud de obtener la cesión de la Luisiana y en el segundo la de la Florida. En ninguno de esos casos salió efectivamente el dinero de la Tesorería, y espero que el resultado sea el mismo a ese respecto en la presente ocasión, aunque la autorización se considera conveniente como medida precautoria.
Presento este asunto íntegro al Senado en sesión ejecutiva. Si los senadores son de mi mismo parecer, entonces recomendaré la expedición de una ley autorizando el empleo de esa suma en los términos en que el Congreso lo crea adecuado, para que el Ejecutivo pueda usarla si es necesario, para los fines indicados.
En los dos casos a que me he referido, el propósito especial de la autorización no se mencionó en el texto de la ley, porque eso habría frustrado su objeto; por la misma razón, en mi concepto, tampoco ahora debería expresarse.
Comunico también al Senado la copia de una carta del Secretario de Estado al Comodoro Conner de 29 último, que le fue enviada el mismo día de su fecha.
James K. Polk.
Mensaje de Polk al Congreso de los Estados Unidos, pidiendo autorización para disponer de dos millones de dólares, a fin de hacer los pagos inmediatos que pudieran necesitarse en vista de la posible cesión de territorio mexicano a los Estados Unidos.
Washington, Agosto 8 de 1846.
Al Senado y a la Cámara de Representantes de los Estados Unidos.
Llamo vuestra atención sobre la conveniencia de autorizar una suma de dinero para atender a los gastos que pueda ser necesario se hagan por anticipado con el propósito de zanjar todas nuestras dificultades con la República Mexicana. Tengo el más sincero deseo de terminar, como lo tuve originalmente de evitar, la guerra existente con México por medio de una paz justa y honrosa para ambas partes. Es probable que el principal obstáculo que tenga que superarse para cumplir este propósito deseable, es el ajuste de una línea fronteriza entre las dos Repúblicas que resulte satisfactoria y conveniente para ambas, y que en lo sucesivo nadie pueda sentirse inclinado a desconocer. Para el ajuste de esta línea divisoria tenemos que pagar una compensación equitativa por cualesquiera concesiones que México nos haga.
En estas circunstancias, y considerando las demás complicadas cuestiones que tienen que arreglarse por medio de negociaciones con la República Mexicana, creo importante que se ponga una suma de dinero a disposición del Ejecutivo para anticiparla, si es necesario, al Gobierno de aquella República inmediatamente después de que ella ratifique un Tratado. Podría ser embarazoso para el Gobierno Mexicano esperar hasta el pago total de la suma que se estipulara en ese Tratado, hasta que éste pudiera ser ratificado por nuestro Senado y hasta que el Congreso diera la autorización para llevar a efecto esos pagos. A la verdad la necesidad de esa demora podría hacer fracasar por completo el propósito. Por supuesto, se rendirían cuentas del empleo de ese dinero, no como fondos para servicio secreto, sino como cualquier otro gasto.
Dos precedentes para semejante procedimiento existen en nuestra historia pasada durante la Administración del señor Jefferson, sobre los cuales desearía llamar vuestra atención: El 26 de Febrero de 1803 se aprobó un Decreto autorizando el gasto de $2.000,000.00 "con el propósito de sufragar cualesquiera gastos extraordinarios que tuvieran que hacerse en los tratos entre los Estados Unidos y las naciones extranjeras", "para erogarse por instrucciones del Presidente de los Estados Unidos, quien hará que se rinda una cuenta de los gastos para presentarla al Congreso tan pronto como se hagan". El 13 de Febrero de 1806 se dio una autorización por la misma suma y en los mismos términos. En ninguno de estos casos se sacó efectivamente el dinero de la Tesorería, y espero que el resultado a este respecto pueda ser semejante en la presente ocasión, aunque la autorización pudiera resultar indispensable para realizar el propósito. Recomendaría por consiguiente la aprobación de un Decreto autorizando al Ejecutivo para disponer de $2.000,000.00 con el propósito que he indicado.
Con objeto de impedir cualquiera mala inteligencia, considero de mí deber afirmar que aunque estoy deseoso de dar fin a la presente guerra con la menor demora posible, ésta se continuará con todo vigor hasta que se firme un Tratado de Paz, y éste sea ratificado por la República Mexicana.
James K. Polk.
Fuente: Diario del presidente Polk. Selección y traducción de Luis Cabrera.
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