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Selección de textos y documentos:

Doralicia Carmona Dávila

© Derechos Reservados
ISBN 970-95193

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1837 Proclama y plan de José Urrea y pronunciamiento de la guarnición de Arizpe

26 de Diciembre de 1837

La nula respuesta que el gobierno central dio a la petición sonorense sobre la autonomía federativa sirvió de pretexto para que el general José Urrea se pronunciara en contra del gobierno central y proclamara el sistema federal en ese Departamento. Pocos días después hicieron. lo mismo los Departamentos de Sinaloa y Nayarit. Los sublevados mantuvieron la región bajo su control hasta mayo de ese año, fecha en que fue ocupada por las tropas gubernamentales comandadas por el general Mariano Paredes y Arrillaga. Es de notar que se habla de confederación mexicana y no de federación del 26 de diciembre de 1837.

El general José Urrea á los habitantes del estado libre y soberano de Sonora.

¡Compatriotas! experimente un verdadero placer al dirigiros la palabra dando testimonio de mi adhesión á vuestros intereses políticos.

Desde que se despojó á la república del sistema representativo popular federal, vuestros males locales llegaron á su colmo. La orgullosa metrópoli á que se os sujetó servilmente, os vió siempre como á colonos abyectos, y no os creyó dignos sino de contribuir con vuestra sustancia á reponer las bancarrotas que inmorales palaciegos han hecho con bastante frecuencia sobre la hacienda pública. Vuestra condicion ha sido mas dura que la de los demás estados sobre los cuales pesan, no obstante, sufrimientos de gran tamaño.

Dóciles y sufridos con exceso habéis llevado la expresión enérgica de nuestros males has a los depositarios del poder, á los que tienen el deber sacrosanto de protegeros y poner coro á las calamidades que reportáis. Vuestras quejas se desoyen. Escritores mercenarios os adhieren, os hacen objeto de su befa y parece que la gozan en venos apurar la amarga copa del infortunio. ¿Y serán los sonorenses los que desdeñen rehabilitarse en sus derechos sociales y contribuir con sus hermanos los mexicanos á la restauración del código de 1824, como el único capaz de dar vida á la patria y remediar los males particulares de cada pueblo? Vuestra expresión muy pronunciada ha sido constantemente la de recuperar la gran ley fundamental, la que la nación se dió libre y legalmente por el órgano de legítimos representantes, y para cuyo despojo jamás pudo consentir. Pues bien, compatriotas, [........ ] estáis ya en posesión de todos los derechos que aquella os concediera. El que fué ayer humilde departamento, es hoy el estado soberano de Sonora, bajo los auspicios de la constitución federal, y de su pacto y leyes particulares. Estáis ademas en posesión de la inmensa gloria de haberos puesto á la vanguardia de la regeneración nacional á que contribuirán, no lo dudeis, los demás estados mexicanos.

¡Sonorenses! Nada os falta ya para obtener todos los bienes sociales. Unidos y trabajando de consumo podéis hacer aun la felicidad de vuestro país. Contad con mi débil cooperación. y con mi sangre si fuere necesario. Mas en cambio acordadme que jamás conoceréis las pasiones ruines, que sereis tolerantes y dignos siempre de la libertad.

¡Compatriotas! Pereced primero que dejaron arrebatar el título glorioso de ciudadanos del estado de Sonora. ¡Viva la carta federal! ¡Vivan los Estados Unidos Mexicanos! José Urrea.

El ciudadano general, José Urrea, á los habitantes de la república.

¡Compatriotas! La Nación Mexicana se dió para su gobierne la forma de república representativa popular federal, como la mas análoga á su vasta extensión y exigencias. Nuestra infancia política, algunos errores consignados en el código fundamental, y las desgraciadas divisiones que hemos experimentado, entorpecieron la marcha de las instituciones, é impidieron por consiguiente que recibieran las modificaciones que la experiencia iba haciendo conocer necesarias. La exaltación de algunos ánimos contribuyó de consumo á impedir sus progresos, y sirviendo esto de pretexto para hacer recaer los vicios de tales accidente en la esencia de la carta federal, por un error de calculo se suprimió esta, sustituyéndola con leyes que siendo heterogénea á nuestra civilización, costumbres y estension del territorio nacional, en ligar de remediar los males que se atribuían a aquella, los han multiplicado espantosamente, y puesto á la república á punto de desesperar de una mejora de condición. Sin ejército, sin hacienda, sin crédito, decaída la agricultura, entorpecido el comercio, menoscabado el territorio, gimiendo los pueblos bajo el peso de mil impuestos, sin autoridad los funcionarios y con una administración de justicia embarazosa y casi nula, puede decirse que la nación no existe.

En tales circunstancias, la inmensa mayoría de los mexicanos ha hecho muy exactas comparaciones de uno y otro código, y desde luego se ha decidido por la restauración del federativo. En efecto, conciudadanos, es tiempo va de oponer un dique al torrente impetuoso que amenaza sumergir en el caos de la nada á la nación mexicana: tiempo es ya de ocuparnos de darla vida y de remover para siempre todos los obstáculos que se opongan á su prosperidad, y á que ocupe el lugar que sus circunstancias privilegiadas le consignan en la lista de los pueblos poderosos del mundo.

El último de vosotros, compatriotas, pero I que á nadie cede en amor patrio y en el anhelo constante de vuestros bienestar, tiene la convicción de que tan grandioso objeto debe lograrse con la instalación de una asamblea nacional extraordinaria, que expurgando de defectos la constitución de 1824, os la presente de nuevo como la ley fundamental de vuestra asociación política. Los medios mas expeditivos los hallareis en el siguiente plan, que estoy resuelto inalterablemente á seella con mi sangre, si fuere necesario.

La nación declara subsistente yen todo su vigor el régimen de gobierno representativo popular federal.

2º. La nación reconoce en el ciudadano presidente Anastasio Bustamante, al gefe del estado, sin mas restricciones en el ejercicio del poder supremo que la de que sus ministros repondan de su conducta ante el primer congreso constitucional.

3º. El mismo ciudadano presidente de la república convocará un congreso nacional extraordinario en que todos los estados tengan igual número de representante, con el objeto de reformar en el término perentorio de seis meses la constitución de 1824. Esta asamblea no puedá extender su atención á otro ningún objeto, so pena de nulidad de lo que se practicare en contrario.

4º. Los estados que adopten y se decidan por este plan, organizarán su gobierno interior provisionalmente entre tanto se promulga reformada la constitución federal.

En la ciudad de Arizpe, capital del estado Libre y soberano de Sonora, perteneciente á la confederación mexicana, reunidos en la casa del sr. comandante general é inspector, general de brigada D. José Urrea, previa citación y bajo la presidencia de su señoría todos los señores gefes y oficiales existentes en esta, guarnicion; el expresado señor general dispuso que los mismos sres. votasen la elección de un secretario que diese lectura á un documento que iba á presentar á la junta, y autorizase la presente acta. Procedido á la elección quedó designado para secretario el infrascrito.

En seguida su señoría exhibió el documento que obra en cabeza de esta acta, y manifestó que todos los sres. concurrentes tenían entera libertad para demostrar sus opiniones, si estaban ó no de acuerdo con el plan que presentaba, y para correr ó no, la suerte que las circunstancias preparasen á los comprometidos. Oído todo detenidamente por los expresados sres. opinaron unánimemente: que el plan presentado por el repetido en general lo consideran justo, necesario y el mas apropósito para que la nación recobre sus derechos, y convalezca de los graves males que ha producido la organizaciónn viciosa que arbitrariamente se le diera en 1836, que en consecuencia protestan á su señoria y á la nación, que lo sostendrán con todo su esfuerzo, como que se glorian de ser sus fieles hijos é interesados en la dicha y bienestar de los mexicanos. Y para la debida constancia lo firmaron con su señoria y el infrascrito secretario.