Diciembre 5 de 1837
Las circunstancias agravantes relacionadas con las reclamaciones que hemos presentado a México, así como una serie de acontecimientos tocantes al honor e integridad de nuestro gobierno, llevaron a mi antecesor, en la segunda sesión del último Congreso, a hacer una recomendación especial sobre el curso de acción que deberá tomarse para obtener una satisfacción rápida y definitiva de los agravios de que se han quejado este gobierno y nuestros ciudadanos. Se recomendó una demanda de reparación definitiva, con una facultad contingente otorgada al Ejecutivo para tomar represalias en caso de que la misma fuera infructuosa. De las actas de las sesiones del Congreso relativas a dicha recomendación se infiere que la opinión de ambas cámaras coincidió con la del Ejecutivo, a saber, que no podía hacerse uso justificadamente de ninguna forma de reparación con antecedentes en el derecho de gentes. Era evidente, asimismo, que el Congreso opinaba, con el Presidente, que debería presentarse otra demanda, a efectos de dar pruebas innegables y satisfactorias de nuestro deseo de evitar llegar a extremos con una potencia extranjera, pero estaban dispuestos a otorgar facultades discrecionales al Ejecutivo para tomar represalias en caso de que nuestra demanda fuera infortunadamente denegada o postergada en forma irrazonable por el gobierno mexicano.
Tan pronto se prepararon los documentos necesarios, una vez que tomé posesión de mi cargo, se envió a México a un emisario especial para presentar una demanda de reparación definitiva que iba acompañada de los documentos que se señalan en nuestro tratado. La demanda se presentó el 2o de julio último. En la contestación, fechada el 29 del mismo mes, se dan seguridades del deseo de dicho gobierno de dar una respuesta pronta y explícita respecto a cada una de las quejas, con las reservas de que su examen necesariamente deberá ser deliberado; que éste estará orientado por los principios de la ley pública y las obligaciones de los tratados; que no se omitirá acción alguna que pudiera conducir a la más rápida y justa resolución de nuestras demandas; y que la decisión de ese gobierno respecto a cada uno de los casos se daría a conocer por conducto del ministro mexicano acreditado en nuestro país.
Desde esas fechas, la República mexicana acreditó un enviado extraordinario y ministro plenipotenciario ante este gobierno. Fue portador de las seguridades de un sincero deseo de que las diferencias pendientes entre los dos gobiernos llegarán a término en forma satisfactoria para ambos. Fue recibido con seguridades recíprocas, y se abrigó la esperanza de que su misión condujera a una solución rápida, satisfactoria y definitiva de todos los asuntos objeto de quejas. Creyente en la bondad de la política pacífica por la que siempre se han regido los Estados Unidos en sus tratos con naciones extranjeras, deseé de manera particular, en virtud de la cercanía con la República mexicana y de los sucesos bien conocidos acaecidos en nuestra frontera, ser coadyuvante en obviar todas las dificultades existentes con dicho gobierno y en restablecer, en las relaciones entre las dos repúblicas, la actitud generosa y amable que deberá reinar en todo momento. En consecuencia, me apena profundamente haber encontrado, en las recientes comunicaciones de dicho gobierno, tan pocos motivos para esperar el éxito de cualquier esfuerzo futuro de mi parte encaminado al logro de aquellos deseables cometidos.
A pesar del gran número de casos -muchos de ellos serios agravios a personas- que han estado durante años ante el gobierno mexicano, y de que algunas de las causas de queja de nuestro país, entre las que se cuentan las de carácter más ofensivo, permitían respuestas inmediatas, sencillas y satisfactorias, no ha sido sino hasta hace algunos días cuando se recibió de parte del ministro mexicano una comunicación específica en respuesta a nuestra última demanda presentada hace cinco meses. En el informe adjunto del secretario de Estado y en los documentos que se acompañan, se verá que a ninguna de nuestras quejas públicas se ha dado u ofrecido satisfacción, que sólo uno de los casos de agravios a personas ha sido considerado en forma favorable y que, hasta la fecha, sólo han sido decididos por el gobierno mexicano cuatro casos de ambas categorías, de entre todos los que se han presentado formalmente y sobre los que se ha insistido con especial empeño.
AI no percibir de qué manera cualesquiera de las facultades otorgadas al Ejecutivo pudieran emplearse en forma útil para llevar esta infortunada controversia a un término satisfactorio, mi antecesor remitió el asunto al Congreso, al considerar que era necesaria la interposición de este último. De conformidad con los deseos del Poder Legislativo, los cuales han sido cabalmente entendidos, se presentó otra demanda formal al gobierno mexicano, de cuyo éxito dan muestras los documentos que se adjuntan. Tras cuidadoso y deliberado examen de su contenido, y en atención a la actitud manifestada por el gobierno mexicano, tengo el doloroso deber de remitir el asunto, en la situación en que se encuentra, al Congreso, al que competerá decidir, llegado el momento, acerca del modo y la medida que se adoptarán para obtener reparación. Cualquiera que sea su decisión, esta será fielmente ejecutada, confiando en que se caracterizará por la moderación y la justicia que, como anhelo, regirán en toda circunstancia las asambleas de nuestro país.
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