Setiembre 15 de 1829
1. Queda abolida la exclavitud en la República.
2. Son por consiguiente libres los que hasta hoy se habian considerado como esclavos.
3. Cuando las circunstancias del erario lo permitan, se indemnizará á los propietarios de esclavos, en los términos que dispusieren las leyes.-(Se circuló en el mismo día por la secretaría de relaciones, y se publicó en bando de 16.)
Dublán Manuel y José María Lozano. Legislación mexicana ó colección completa de las disposiciones legislativas expendidas desde la Independencia de la República. México. Imprenta del Comercio a cargo de Dublán y Lozano, hijos, 1876-1912. Tomo I. No. Docto. No. 703
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