7 de Marzo de 1823
SEÑORES:
Como la voluntad soberana de los pueblos reunidos en una gran sociedad no tiene ni puede tener otro objeto que el bien y felicidad de ella misma, el órgano de esta voluntad, que es la Representación Nacional, no menos se debe contemplar animado del más vivo celo por la libertad política, que del cuidado más diligente por la tranquilidad y seguridad del Estado. En todo lo que conviene á la libertad de la Nación puedo gloriarme de haber sido el primero que preparó el asiento inmutable de sus bases; y el primero también que las fijó del modo más claro y positivo. Mi desvelo y cooperación posterior para la instalación más pronta de este Congreso Constituyente, ha sido también notorio; y esto debe bastar para que con imparcialidad se pueda formar juicio de que si en el suceso de 31 de Octubre se ha de atender á mis intenciones, decisión y propósito, no necesitan de apología, y si á la rectitud del dictamen que 14ne gobernó, la mayor acriminación sólo convencería de que nada es ajeno á la debilidad del entendimiento humano. Pero no es este día de cargos y exculpaciones. Este es el día feliz de reconciliación. Día grande, glorioso y memorable en que el primer Congreso de la Nación recobra sus augustas funciones como si jamás hubiesen sido interrumpidas, en que se vuelven á atar los vínculos de la sociedad desgraciadamente relajados; en que la Representación Nacional va á concentrar las voluntades de todos los que aman la Independencia y Libertad de la patria, asegurándoles el bien inestimable de la concordia; y en que al sagrado interés de la seguridad del Estado y traquilidad pública, cederá indudablemente todo recuerdo doloroso é irritante que fuera capaz de opacar la gloria y celebridad de tan afortunado momento. Se repone en su solio el primer Congreso Nacional, porque él, y no otro alguno, es el que se debía al voto de los pueblos, si su verdadero voto se propuso seguir el acta firmada en Casa—Mata por los jefes y oficiales del Ejército destinado á la ocupación de Veracruz. Nadie puede dispensar el cumplimiento de un acto de justicia después que como tal había sido reconocido. Para obtenerlo debió ser y hubiera sido con efecto suficiente su sencilla reclamación; pero después de manifestada con tanta energía habría ya reputado que la ofensa á la Representación Nacional comenzaba en el momento en que presuponiéndose lastimada por un procedimiento de puro hecho, la hubiese considerado destituída de la existencia que tenía en sí misma según el mérito de la reclamación. Además, ¿ de qué otra suerte se podrían haber allanado las dificultades que se presentaban para la convocatoria de un nuevo Congreso? ¿Quién sería el que pudiese arreglarla sin contradicción ní divergencia de opiniones? ¿Quién sería el que para esto pudiese ejercer la suprema autoridad inquiriendo y declarando la voluntad general de los pueblos? Y ¿cómo podría dilatarse no ya por meses ó por años, pero ni aun siquiera por más días el cumplimiento del voto que desea ver en su plenitud la Representación Nacional? Padres de la Patria que la tenéis por la libre elección de los pueblos: ejercedla de hoy más en hora buena hasta desempeñar su confianza. El Congreso queda en toda la libertad que el acta de Casa—Mata ha indicado. De mi parte debo añadir todo lo que nadie dudará de quien se propuso sacrificar cuanto podía serle más amable y aun su misma vida por la libertad y felicidad de la Patria, por satisfacer el voto de su independencia, y por evitar que el esfuerzo de obtenerla agravase hasta su exterminio los males lamentables de una guerra intestina de diez años. A mí me bastará una insinuación de la voluntad explorada de los pueblos de parte de un Congreso tan justo como fiel á aquella voluntad; y en obsequio de ella y de la tranquilidad de la Nación, nada me parecerá que es costoso sacrificio. Por tanto, lo que ahora interesa eficazmente la discreta atención del Congreso es el restablecimiento de la tranquilidad pública y de la unidad del gobierno, expidiendo para ello los decretos que estime necesarios, en que declare su legítima continuación; el lugar que elige para continuar sus sesiones; el que deben ocupar todas las tropas del Imperio que deben tener un solo interés por ser llegado el caso á que se refieren el art. 2o. de la acta de 20 de Febrero extendida en Jalapa con asistencia de la comisión que envié á los jefes y oficiales del Ejército y el artículo último del acuerdo celebrado consiguientemente en Puebla con aquel Capitán General; y, en fin, los medios de satisfacer al presupuesto de que habla el art. 3o. de la citada acta de Jalapa. Si á todo esto tuviere á bien el Congreso agregar una amnistía que disipe toda memoria de ofensas ó errores pasados, será indefectiblemente digno de la más dulce y grata de la posteridad.
Respuesta del Vicepresidente del Soberano Congreso, D. José María Luciano Becerra.
SEÑOR:
El vasto y grande Imperio mexicano no podrá menos de reconocer en el actual procedimiento de V. M. los vivos deseos que lo animan para proporcionarle todo bien. Yo felicito á V. M. por este paso que se ha servido ciar y que manifiesta con toda claridad la sinceridad de sus augustas intenciones que se dirigen á conformarse en todo con la voluntad de la Nación. Quiera el Cielo, Señor, que pueda esta medida proporcionarnos lo que todos deseamos, que es la tranquilidad pública y la gloria de V. M. El Soberano Congreso tomará en consideración los diversos puntos que se ha servido insinuar V. M., y por el conocimiento que tengo de sus dignos miembros, le protesto que lo harán con el mayor empeño, y con los deseos mejores del acierto.
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