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Selección de textos y documentos:

Doralicia Carmona Dávila

© Derechos Reservados
ISBN 970-95193

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1822 Discurso de Don Agustín de Iturbide en la instalación de la Junta Nacional Instituyente

2 de Noviembre de 1822

SEÑORES:

Cuando la Nación, agobiada con las cadenas que arrastró por el espacio de tres siglos, no podía explicar la voluntad de recobrar su natural independencia, yo, con un pequeño número de tropas, me decidí á pronunciarla al frente de desde entonces mi voz, por una exigencia forzosa y esencial del acto, se constituyó el órgano único de la voluntad general de los habitantes de este Imperio. De mi deber fué considerar bien y tomar los verdaderos puntos de la voluntad que en sentido político se llama general, y este grave cuidado fué uno de los muchos pre–requisitos esencialísimos para la felicidad de la empresa. De este modo designé las bases sobre que debía apoyarse la majestad de un Gobierno correspondiente á Nación tan grande y de tau extenso territorio: declaré el derecho que consiguientemente adquiría de ordenar la Constitución que le fuese más adaptable, y con la más diligente atención advertí que sería necesario que la Representación Nacional se convocase, no por la forma demagógica y anárquica de la Constitución española, sino por reglas justas y convenientes á nuestras circunstancias. Esta obra delicadísima pude hacerla por mí mismo; pero por el fervoroso deseo del mayor acierto, me pareció más seguro encomendarla á una Junta de hombres los más sobresalientes y recomendables por su ilustración, probidad, fortuna y destinos. Si fuese posible desnudar á mi voz de la autoridad que le confirió la naturaleza misma de las garantías que tomé á mi cargo, bastaría el voto uniforme que después ha manifestado la Nación con su adhesión al Plan de Iguala y tratados de Córdoba, para reconocer en todo el rigor de los principios de derecho público la ratificación más solemne de aquel Plan y tratados, y la aceptación más clara de las garantías que en él ofrecí con el Ejército.

En todo lo que á éste tocaba para obtener cumplidamente la Independencia de la Nación, y en todo lo que yo debí practicar para asegurarla invenciblemente con el establecimiento del Gobierno, nada quedó por hacer; pero la Junta provisional gubernativa se halló desgraciadamente embarazada para adoptar en la convocatoria de la Representación nacional el plan más conveniente, y aun llegó á persuadirse que no tenía facultad para hacer lo que fuese mejor y más útil á su Patria. Poseída, al parecer, de la ilusión de que aun no estaba suelta de las cadenas españolas, ó que aun no era independiente, puso mano en la convocatoria, y coordinó lo que tanto se ha censurado. Graves son los vicios que le imputan; pero acaso el más cierto es el de haber dejado la elección de los representantes de la Nación bajo el influjo ominoso de sus ocultos enemigos, y de los enemigos también de la voluntad verdaderamente nacional. De la una y de la otra clase penetraron hasta el solio del Congreso, y el éxito se entrevió tanto desde sus primeros pasos, y se hizo últimamente tan sensible, que el Gobernador español de San Juan de Ulúa lo anunció desde 23 de Marzo y en la junta extraordinaria que convoqué en 16 del inmediato Octubre, no se pudo disimular que caminábamos al más horroroso precipicio. Para no caer en él ha sido necesario dar un paso retrógrado, y si ha de ser seguro es inexcusable que sea no sobre las huellas extraviadas que seguíamos últimamente, sino sobre las primeras del Plan de Iguala por donde llegamos al difícil y glorioso término de nuestra Independencia. Volvamos, señores, á tomar animosamente este seguro camino regado de sudores y laureles. Marchemos sobre él con paso firme y sereno y la felicidad de la Nación será obtenida. Llevémosla por él á la gloria de constituirse de un modo pacífico, sólido y estable. Organicemos su Representación de manera que no dé otro sonido que el puro, limpio, claro y genuino de la voluntad general, y tomemos en lo pasado la experiencia de lo futuro.

El escollo en que hemos tropezado es el del sumo poder que, por el error más impolítico, se ha querido transferir de la masa de la Nación, á quien exclusivamente pertenece, á un Congreso constituyente. La autoridad tan poderosa que no tiene sumisión á ley alguna, ni admite otra que la que quiera á sí misma prescribirse, obra indudablemente por su arbitrio, y esta idea es tan característica y peculiar del despotismo como incongruente y repugnante á la de un Gobierno moderado. Entre hombres, el mayor poder es una predisposición al mayor abuso, porque es muy difícil que el que puede hacer todo lo que quiere, no quiera hacer más que lo que debe, y si respecto de un solo hombre, ó entre pocos, es imprudencia fiarse á la mera presunción de una moderación virtuosa y voluntaria, entre muchos nada hay que pueda inspirar semejante confianza.

Es verdad que nuestro Congreso siguió el ejemplo de las Cortes españolas; apero qué copia de un modelo deforme no traslada las imperfecciones en aumento? Y aá dónde iríamos á parar si siguiéramos en todo aquel ejemplo pernicioso? Pensar que la confianza que emana de un pueblo que ve con celo la libertad que acaba de recobrar, sea indefinida porque la haya depositado en algunos para formar su Constitución, sería trastornar los principios más conocidos. En donde la suerte que se corre es más interesante, allí debe ser mayor la precaución. Un Cuerpo constitucionalmente legislativo podrá causar bienes ó males al Estado; pero el Cuerpo constituyente decidir á de su felicidad ó infelicidad, porque la mala Constitución no es tan susceptible de reforma como las leyes indigestas. Con todo, el poder que ejerce un Cuerpo Legislativo, según la forma constitucional, encuentra en ella un vínculo que la modera; mas un Cuerpo constituyente, cuál tendrá, si no lo liga la ley de su misma institución?

Entre los publicistas más entusiasmados por los sistemas representativos y más exaltados en las ideas liberales, es máxima especialmente recomendada que una Nación no debe emprender la formación de una Constitución nueva hasta después de haber reunido todos los poderes de la sociedad en las manos de una autoridad favorable á este proyecto, y que esta autoridad provisional cuando reconoce una Asamblea encargada de constituir, no debe confiarle más que esta función, y reservarse siempre el derecho de hacer mover la máquina hasta el momento de su completa renovación. Los desastres que ha llorado la Francia y está experimentando y experimenta la España, no se atribuyen á otro principio que al exceso con que las autoridades constituyentes traspasaron la línea del determinado objeto de su institución.

Yo, á la verdad, siempre entendí que sin una indiscreción peligrosa, no podría pueblo alguno libre que ha hecho los últimos esfuerzos para substraerse de la opresión y despotismo, poner su suerte al arbitrio absoluto de una reunión de individuos que, perteneciendo á la especie humana, son participantes de todas sus miserias, y no exentos de las pasiones que acompañan al poder ilimitado. Por esto, al formar el plan de Iguala y arreglar los tratados de Córdoba, no me decidí, sin embargo de la eficacia con que deseaba la reunión de un Congreso Nacional, á convocado por mí mismo siguiendo el orden de la Constitución española, con solas aquellas materiales variaciones que en este supuesto habrían sido tan fáciles, sino que, desconfiando de mis luces y conociendo la importancia del asunto, estimé más conforme á la voluntad general, que la reunión del Congreso fuese objeto de una junta de personas de reputación conocida, y que ésta permaneciese con el alto Gobierno, hasta que se formase la Constitución. Me propuse en esto que la confianza de la Nación se dividiera entre la Junta y el primer Congreso Nacional, depositando en aquélla la que fuese necesario para la arreglada institución del Congreso, y en éste toda la que exige la grande obra de la Constitución peculiar y adaptable al Imperio. Me propuse proveer para el primer Congreso, cuya existencia debía ser anterior á la Constitución, lo que ella proveerá para la institución de los Congresos futuros. Me propuse, en suma, se obrase en todo con sujeción á una ley anterior: que la ley de la voluntad general fuese superior á toda autoridad, y que esta ley fuese al mismo tiempo el apoyo y el vínculo de la confianza de la Nación.

Si, pues, debemos procurar hoy que tenga cumplimiento lo que con este objeto se prescribió en el Plan de Iguala, y si la adhesión á él de la Nación entera nos presenta la norma más segura de nuestras ulteriores operaciones, necesario es que retrocedamos á buscar el orden que se había perdido, y que reasumiendo esta Junta Nacional el carácter de instituyente, trabaje con el celo que es de esperar de los muy dignos representantes de que queda compuesta, en desempeñar los importantes objetos que contienen las bases orgánicas que he tenido por oportuno designarle, en consecuencia de estar ya proclamadas, reconocidas y juradas las que constituyen el actual Gobierno, y do hallarse éste también solemnemente proclamado, establecido y jurado, y en aptitud de prescribir cuanto es conducente á que se disciernan las facultades del Cuerpo instituyente y constituyente; y á que no se vuelva á tropezar en los escollos de que no sin trabajos y peligros indecibles, se ha salvado la Representación Nacional.

Contestación del Señor Marqués de Castañiza, Obispo de Durango y Presidente interino de la Junta Nacional Instituyente, al instalarse ésta el 2 de Noviembre de 1822.

SEÑOR:
Es mi voz órgano muy débil é insuficiente para manifestar á V. M. I. los sentimientos grandes de que en el momento se ha penetrado esta Junta que acaba de instalarse. Así como la Nación toda reconoce, respeta y ama en V. Ni. I. á su libertador, á su padre, á su genio tutelar, así como V. M. I. le ha sabido inspirar á la Nación misma los sentimientos de ternura y de confianza que por tantos títulos le merece, así esta Junta, aunque pueda sentir, jamás podrá explicar el reconocimiento á V. Ni. I. por la confianza de que la ha juzgado digna, encargándola asuntos de tanta entidad y trascendencia, y que tan gloriosa y exclusivamente ocupan el corazón de V. M. I. hacia su amada Patria. Yo, que por mi edad ocupo sin mérito este lugar, á nombre de este Cuerpo doy á V. Ni. I. las gracias, si no correspondientes á tan alta confianza, al menos las más cordiales que es posible imaginarse: ofrece también esta Junta no perdonar trabajo, no omitir medio alguno para que se realicen las ideas y designios benéficos, generosos y á todas luces patrióticos, por lo que parece que V. M. I. sólo nació, sólo existe para la Patria.