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Selección de textos y documentos:

Doralicia Carmona Dávila

© Derechos Reservados
ISBN 970-95193

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1810 Proclama de la Regencia e indias a los americanos españoles

Mayo 18 de 1810

De órden de la real Audiencia de esta capital gobernadora del reyno de Nueva España, se publicó anteayer el bando siguiente.

El Exmo. Señor marqués de las Hormazas comunica á este vireynato la real Orden que sigue.

"Exmo. Sr.=Remito á V. E la exposición de los hechos ocurridos en estos reynos después que la Junta suprema central le comunicó los anteriores, y el real decreto que se ha servido expedir en este día el Consejo de Regencia que en nombre del rey nuestro Señor Don Fernando VII gobierna sus dominios de España é Indias, disponiendo como se debe proceder á la elección de los diputados que deben concurrir á las córtes extraordinarias que se han de celebrar inmediatamente que los sucesos militares lo permitan, á fin de que haciendo publicar uno y otro en el distrito de su mando, tenga el más exácto cumplimiento los resuelto por S. M =Dios guarde á V. E. muchos años. Real Isla de León 14 de febrero de 1810.=Hormazas.=Sr. arzobispo virey de N. E."

La exposición y real decreto son los siguientes:

"El Consejo de Regencia de España é Indias á los americanos españoles== Apenas el Consejo de Regencia recibió del gobierno que ha cesado la autoridad que estaba depositada en sus manos, volvió su pensamiento á esa porción inmensa y preciosa de la monarquía. Enterarla de esta gran novedad, explicar los motivos que la han acelerado, anunciar las esperanzas que promete, y manifestar los principios que animan a la Regencia por la prosperidad y gloria de esos países, han sido objetos de su primer cuidado en esta memorable crisis y vá á desempeñarlos con la franqueza y sinceridad que nunca más que ahora debe caracterizar en los dos mundos a las almas españolas.

Una serie no interrumpida de infortunio había desconcertado todas nuestras operaciones desde la batalla de Talavera. Desvaneciéronse en humo las grandes esperanzas que debieron prometerse en esta célebre jornada. Muy poco después de ella el florido exército de la Mancha fue batido en Almonacid. Defendíase Geróna; pero cada día se imposibilitaba más un socorro que con tanta necesidad y justicia se debía á aquel heroico tesón que dará á sus defensores un lugar sin segundo en los fastos sangrientos de la guerra. A pesar de prodigios de valor, el exército de Castilla había sido batido en la batalla de Alba de Tormes y Tamámes, y con este revés se había completado el desastre anterior de la acción de Ocaña, la más funesta y mortífera de quantas hemos perdido.

Sin fortuna no hay crédito ni favor. Dudábase ya en la nación, si el cuerpo encargado de sus destínos era suficiente a salvarla. Todos los resortes del gobierno habían perdido su elastícidad y su fuerza. Las providencias eran ó equivocadas ó tarde y mal obedecidas. La ambición de los particulares, la de los cuerpos se había excitado hasta un punto extraordinario, y se había puesto en una contradicción más ó menos abierta con la autoridad. Hasta los más moderados decían que un gobierno compuesto de tantos individuos todos diversos en caracteres, en principios, en profesión, en intereses, todos atendiendo á un tiempo á todas las cosas grandes y pequeñas, no podía pensar con sistema, deliberar con secreto, resolver con unidad, ni executar con presteza. Pocos en número para las grandes discusiones legislativas; excesivamente muchos para la acción, presentaban todos los inconvenientes de una autoridad combinada ménos por el saber y la medicación política, que por el concurso extraordinario y fortuito de las circunstancias que han mediado en nuestra singular revolución.

El voto público pues era de que el gobierno debía reducirse a elementos más sencillos. La misma Junta suprema persuadida de esta verdad había ya anunciado esta mudanza, y las próximas córtes extraordínarias, cuya convocación se había acelerado, debían determinarla y establecerla con la solemnidad consiguiente a su augusta representación. El gobierno que ellas formasen, y los recursos y arbitrios que necesariamente brotarían de su seno debían restablecer la confianza, y con ella restituirnos al camino de la fortuna.

Los acontecimientos no han consentido que las cosas llevasen este orden. Recelosos los franceses de lo» efectos saludables de esta gran medida, agolparon todo el grueso de sus fuerzas á las gargantas de Sierramorena. Defendíanla los restos de nuestro exército batido en Ocaña, no rehecho todavía de aquel infausto revés. El enemigo rompió por el punto más débil, y la ocupación de los otros se siguió al instante á pesar de la resistencia que hicieron algunas de nuestras divisiones, dignas de mejor fortuna. Rota pues la valla que había al parecer contenido á los franceses todo el año anterior para ocupar la Andalucía, se dilataron por ella y te dirigieron Sevilla.

Brotó entonces el descontento en quejas y clamores. La perversidad, aprovechándose de la triste disposición en que se hallaban los ánimos agitados por el terror, comenzó á pervertir la opinión pública, á extraviar el zelo, á halagar la malignidad, y á dar rienda á la licencia. Había puesto en execucion la Junta la medida que ya anteriormente tenia acordada de trasladarse á la Isla de León, donde estaban convocadas las córtes: pero en el viaje la dignidad de sus individuos y el respeto debido á su carácter, se vieron más de una vez expuestos al desastre y al desacato. Aunque pudieron por fin reunirse en la Isla y Continuar sus sesiones, la autoridad ya inerte en sus manos no podía sosegar la agitación de los pueblos, ni animar su desaliento, al hacer frente á la gravedad y urgencia del peligro. Terminó pues la Junta el exercicio de su poder con el único acto que ya podía atajar la ruina y disolución del estado; y estableciendo por su real decreto de 29 de enero de este año el Consejo de Regencia, resigno en él el depósito de su soberanía que ella legítimamente tenía, y que ella sola en la situación presente podía legítimamente transferir.

Tales han sido las causas de la revolución que acaba de suceder en el gobierno español: revolución hecha sin sangre, sin violencia, sin conspiración, sin intriga; producida por la fuerza de las cosas mismas anhelada por los buenos, y capaz de restaurar la patria si todos los españoles de uno y otro mundo concurren enérgicamente á la generosa empresa.

Ya el buen resultado de las operaciones en estos primeros días son un presagio de buena fortuna para en adelante. Fiados los enemigos en el abandono en que suponían hallarse los puntos de la Isla y Cádiz, codiciosos de tan rica presa se habían arrojado á deborarla con su celeridad impetuosa. La marcha del exército de Extremadura al mando del general duque de Alburquerque ha desconcertado sus designios, y á despecho de su diligencia y su pujanza se hallan hoy nuestros valientes guerreros cubriendo estas interesantes posiciones, que están seguras de todo atentado. La confianza se restablece en las provincias, nuevos exércitos se forman, y los generales mejores están puestos á su frente. Así los franceses que creyeron cortar el nervio de la guerra con la ocupación de la Andalucía, se ven burlados en su esperanza, y á su espalda, á su frente, a sus costados, baxo sus pies mismos la ven renacer y arder con más violencia que al principio.

Sobra, españoles americanos, á vuestros hermanos de Europa, magnanimidad y constancia para contrastar los reveses que les envíe la fortuna. Quando declaramos la guerra sin exércitos, sin almacenes sin arbitrios, sabíamos bien á lo que nos exponíamos, y vimos bien la terrible perspectiva que se nos presentaba delante, No nos arredró entonces, no nos arredra tampoco ahora: y si el deber, el honor y la venganza no nos dexaron en aquel día otro partido que la guerra no queda otro partido que la guerra á los españoles que escuchan las voces de la venganza, del honor y del deber.

Contó siempre la patria con los medios de defensa qué proporciona la posición topográfica de la península: contó con los recursos inagotables de la virtud y constancia de sus naturales, con la lealtad acendrada que los españoles es profesan á su rey, con el rencor inacabable que los franceses inspiran: contó con los sentimientos de la fraternidad americana, igual á nosotros en zelo y en lealtad. Ninguna de estas esperanzas la ha engañado: con ellas piensa sostenerse en lo que resta de la tormenta, y con ellas, ó americanos está segura de la victoria.

Que no es dado al déspota de la Francia, por más que todo lo presuma de su enorme poderío, acabar con una nación que desde el occidente de Europa se extiende y se dilata por el océano y el nuevo continente hasta las costas de Asia. Degradada, envilecida, atada de pies y manos la entregaron á discreción suya los hombres inhumanos que nos vendieron. Mas gracias á nuestra resolución magnánima y sublime, gracias á vuestra adhesión leal y generosa, no nos pudo subyugar en un  principio, no nos subyugará jamás. Sus satélites armados entrarán en una ciudad, ocuparán una provincia, devastarán un territorio. Mas los corazones son todos españoles y á despecho de sus armas, de sus victorias, de su indolencia y su rabia, el nombre de Femando VII será respetado y obedecido en las regiones más ricas y dilatadas del universo.

Será bendecido también: porque á este nombre quedará para siempre unida la época de la regeneración y delicidad de la monarquía en uno y otro mundo, Entre los primeros cuidados de la regencia tiene un principal lugar la celebración de las córtes extraordinarias anunciadas ya á los españoles, y convocadas para el día 1 del próximo marzo. En este gran congreso cifraban los buenos ciudadanos la esperanza de su redención y su felicidad futura. Y si los sucesos de la guerra obligan á dilatar esta gran medida hasta que pueda realizarse con la solemnidad y seguridad conveniente, esta misma dilación ofrece al nuevo gobierno la oportunidad de dar al próximo congreso nacional la representación completa del vasto imperio cuyos destinos se le confían.

Desde el principio de la revolución declaró la patria esos dominios parte integrante y esencial de la monarquía española. Como tal le corresponden los mismos derechos y prerrogativas que á la metrópoli. Siguiendo este principio de eterna equidad y justicia fueron llamados esos naturales á tomar parte en el gobierno representativo que ha cesado: por él la tienen en la Regencia actual; y por él la tendrán también en la representación de las córtes nacionales, enviando á ellas diputados según el tenor del decreto que va á continuación de este manifiesto.

Desde este momento, españoles americanos, os veis elevados á la dignidad de hombres libres: no sois ya los mismos que antes encorbados baxo un yugo mucho más duro mientras más distantes estabais del centro del poder; mirados con indiferencia, vexados por la codicia, y destruidos por la ignorancia. Tened presente que al pronunciar ó al escribir el nombre del que ha de venir á representaros en el congreso nacional, vuestros destinos ya no dependen ni de los ministros, ni de los virreyes, ni de los gobernadores; están en sus manos.

Es preciso que en este acto, el más solemne, el más importante de vuestra vida civil, cada elector se siga a si mismo: á este hombre envió yo, para que unido á los representantes de la metrópoli haga frente á los designios destructores de Bonaparte: este hombre es el que ha de exponer y remediar todos los abusos, todas las extorsiones, todos los males que han causado en estos países la arbitrariedad y nulidad de los mandatarios del gobierno antiguo: este es el que ha de contribuir á formar con justas y sábias leyes un todo bien ordenado de tantos, tan vastos y tan separados dominios: este en fin el que ha de determinar las cargas que he de sufrir, las gracias que me han de pertenecer, la guerra que he de sostener, la paz que he de jurar.

Tal y tanta es, españoles de América, la confianza que vais á poner en vuestros diputados. No duda la pátria, ni la regencia, que os habla por él ahora, que estos mandatarios serán dignos de las altas funciones que van á exercer. Enviadlos pues con la celeridad que la situación de las cosas públicas exíge: que vengan a contribuir con su zelo y con sus luces á la restauración y recomposición de la monarquía: que formen con nosotros el plan de felicidad y perfección social de esos inmensos países; y que concurriendo á la execucion de obra tan grande, se revistan de una gloria, que sin la resolución presente, ni España ni América pudieron esperar jamás, Real Isla de León 14 de febrero de 1810. == Xavier de Castaños, presidente. == Francisco de Saavedra. == -Antonio de Escaño. == Miguel de Lardizábal y Uribe.

"El rey nuestro Sr. D. Fernando VII, y en su real nombre El Consejo de Regencia de España e Indias: considerando la grave y urgente necesidad de que á las córtes extraordinarias que han de celebrarse inmediatamente que los sucesos militares lo permitan concurran diputados de los dominios españoles de América y de Asia, los quales representan digna y legalmente la voluntad de sus naturales en aquel congreso, del que han de depender la restauración y felicidad de toda la monarquía, ha decretado lo que sigue:

Vendrán á tener parte en la representación nacional de las córtes extraordinarias del reyno, diputados de los virreynatos de Nueva España, Perú, Santa y Buenos Ayres y de las capitanías generales de Puerto Rico, Cuba, Stó. Domingo, Guatemala, Provincias Internas, Venezuela, Chile y Filipinas.

Estos diputados serán uno por cada capital cabeza de partido de estas provincias.

Su elección se hará por el ayuntamiento de cada capital, nombrándose primero tres individuos naturales de la provincia, dotados de providad, talento é instrucción, y exéntos de toda nota; y sorteándose después uno de los tres, el que salga á primera suerte será diputado en córtes.

Las dudas que puedan ocurrir sobre estas elecciones serán determinadas breve y perentoriamente por el virrey ó capitán general de la provincia en unión con la Audiencia.

Verificada la elección recibirá el diputado el testimonio de ella y los poderes del Ayuntamiento que se elija, y se le darán todas las instrucciones que así el mismo ayuntamiento como todas las demás comprehendidos en aquel partido quieran darle sobre los objetos de interés general y particular que entiendan debe promover en las córtes.

Luego que reciba sus poderes é instrucciones se pondrá inmediatamente en camino para Europa por la vía más breve, y se dirigirá á la Isla de Mallorca, en donde deberán reunirse todos los demás representantes de América á esperar el momento de la convocación a las córtes.

Los ayuntamientos electores determinaran la ayuda de costa que debe señalarse á los diputados para gastos de viajes, navegaciones y arribadas. Mas como nada contribuya tanto á hacer respetar á un representante del pueblo como la moderación y la templanza, combinadas con el decoro, sus dietas, desde su entrada en Mallorca hasta la conclusión de las córtes deberán ser de seis pesos fuertes, al día, que es la quota señalada-á los diputados de las provincias de España.´

En las mismas cortes extraordinarias se establecerá después la forma constante y fixa en que debe procederse á la elección de diputados de esos dominios para las que hayan de celebrarse en lo suvcesiyo, supliendo ó modificando lo que por la urgencia del tiempo y dificultad de las circunstancias no ha podido tenerse presente en este decreto. Tendreislo entendido, y lo comunicareis á quien corresponda para su cumplimiento. == Xavier de Castaños, presidente. == Francisco de Saavedra. == Antonio de Escaño. === Miguel de Lardizabal y Uribe. == Real Isla de León á 14 de febrero de 1810. == Al marqués de Hormazas.

Debiendo en consecuencia procederse sin la menor demora a las elecciones de diputados por el Ayuntamiento de esta capital, y por los de Puebla, Veracruz, Mérida de Yucatán, Oaxaca, Valladolid, Guanaxuato, San Luis Potosí, Guadalaxara, Zacatecas, Tabasco, Querétaro, Tlaxcala, Nuevo reyno de León y Nuevo Santander, según lo ha acordado esta real Audiencia gobernadora en puntual obedecimiento de la inserta soberana disposición, manda que, publicada por bando, se circulen inmediatamente los correspondientes exemplares á los tribunales, cuerpos, magistrados, gefes, y ministros á quienes toca su inteligencia y observancia Dado en el real palacio de México, a 16 de mayo de 1810. == Pedro Catani == Guillermo de Aguirre == Tomás, González Calderón.

Aviso. La real audiencia gobernadora ha dado orden para que se apronte en el apostadero de S. Blas un buque que conduzca á Manila pliegos del real servicio.

Gazeta del gobierno de México, Viernes 18 de mayo de 1810. Tom. L Num. 56. pp. 414 -420.