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Selección de textos y documentos:

Doralicia Carmona Dávila

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ISBN 970-95193

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1810 Poder conferido por los jefes independientes a don Pascasio Ortiz de Letona para celebrar tratados de alianza y comercio con los Estados Unidos del Norte.

Diciembre 13 de 1810

 

 

PODER CONFERIDO POR EL CURA HIDALGO A DON PASCASIO ORTIZ DE LETONA, PARA CELEBRAR TRATADOS DE ALIANZA Y COMERCIO CON LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

 

El servil yugo y tiránica sujeción en que han permanecido estos feraces estados el dilatado espacio de cerca de tres siglos; el que la dominante España, poco cauta, haya soltado los diques a su desordenada codicia, adoptando sin rubor el cruel sistema de su perdición y nuestro exterminio en la devastación de aquella y comprometimiento de éstos; el haber experimentado que el único objeto de su atención en el referido tiempo, sólo se ha dirigido a su aprovechamiento y nuestra opresión, ha sido el desconocido, vehemente impulso que, desviando a sus habitantes del ejemplar, o mejor diremos, delincuente y humillante sufrimiento en que yacían, se alarmaron, nos erigieron en jefes, y resolvimos a toda costa o vivir en libertad de hombres, o morir tomando satisfacción de los insultos hechos a la nación.

El estado actual nos lisonjea de haber conseguido lo primero, cuando vemos conmovido y decidido a tan gloriosa empresa a nuestro dilatado continente. Alguna gavilla de europeos rebeldes y dispersos no bastará a variar nuestro sistema ni a embarazamos las disposiciones que puedan decir relación a las comodidades de nuestra nación. Por tanto, y teniendo entera confianza y satisfacción en vos, don Pascasio Ortiz de Letona, nuestro mariscal de campo, plenipotenciario y embajador de nuestro cuerpo cerca del supremo congreso de los Estados Unidos de América, hemos venido en elegiros y nombraros dándolos todo nuestro poder y facultad en la más amplia forma que se requiere y sea necesaria, para que por nos y representando nuestras propias personas, y conforme a las instrucciones que os tenemos comunicadas, podáis tratar, ajustar y arreglar una alianza ofensiva y defensiva, tratado de comercio útil y lucroso para ambas naciones, y cuanto más convenga a nuestra mutua felicidad, accediendo y firmando cualesquiera artículos, pactos o convenciones conducentes a dicho fin; y nos obligamos y prometemos en fe, palabra y nombre de la nación, que estaremos y pasaremos por cuanto tratéis, ajustéis y firméis a nuestro nombre, y lo observaremos y cumpliremos inviolablemente, ratificándolo en especial forma; en fe de lo cual mandamos despachar la presente, firmada de nuestra mano, y ratificada por el infrascrito nuestro consejero y primer secretario de estado y del despacho.

Dado en nuestro palacio nacional de Guadalajara, a trece del mes de diciembre de mil ochocientos diez.

 

Miguel Hidalgo, Generalísimo de América
Ignacio de Allende, Capitán General de América
José María Chico, Ministro de Gracia y Justicia,
Presidente de esta Nueva Audiencia
Licenciado Ignacio Rayón, Secretario de Estado y del Despacho
José Ignacio Ortiz de Saldívar, oidor subdecano
Licenciado Pedro Alcántara de Avendaño,
Oidor de esta Audiencia Nacional
Francisco Solórzano, Oidor
Licenciado Ignacio Mestas, Fiscal de la Audiencia Nacional.