Home Page Image
 

Edición-2020.png

Selección de textos y documentos:

Doralicia Carmona Dávila

© Derechos Reservados
ISBN 970-95193

Este Sitio es un proyecto personal y no recibe ni ha recibido financiamiento público o privado.

 

 
 
 
 


1776 Declaración de Independencia de los Estados Unidos de América

Julio 4 de 1776

Cuando en el curso de los acontecimientos humanos se hace necesario para un pueblo disolver los vínculos políticos que lo han ligado a otro y tomar entre las naciones de la tierra el puesto separado e igual a que las leyes de la naturaleza y el Dios de esa naturaleza le dan derecho, un justo respeto al juicio de la humanidad exige que declare las causas que lo impulsan a la separación.

Sostenemos como evidentes estas verdades: que todos los hombres son creados iguales; que son dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables; que entre éstos están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad; que para garantizar estos derechos se instituyen entre los hombres los gobiernos, que derivan sus poderes legítimos del consentimiento de los gobernados; que cuando quiera que una forma de gobierno se haga destructora de estos principios, el pueblo tiene el derecho a reformarla o abolirla e instituir un nuevo gobierno que se funde en dichos principios, y a organizar sus poderes en la forma que a su juicio ofrecerá las mayores probabilidades de alcanzar su seguridad y felicidad. La prudencia, claro está, aconsejará que no se cambie por motivos leves y transitorios gobiernos de antiguo establecidos; y, en efecto, toda la experiencia ha demostrado que la humanidad está más dispuesta a padecer, mientras los males sean tolerables, que a hacerse justicia aboliendo las formas a que está acostumbrada. Pero cuando una larga serie de abusos y usurpaciones, dirigida invariablemente al mismo objetivo, demuestra el designio de someter al pueblo a un despotismo absoluto, es su derecho, es su deber, derrocar ese gobierno y establecer nuevos resguardos para su futura seguridad. Tal ha sido el paciente sufrimiento de estas colonias; tal es ahora la necesidad que las obliga a reformar su anterior sistema de gobierno. La historia del actual Rey de la Gran Bretaña es una historia de repetidos agravios y usurpaciones, encaminados todos directamente hacia el establecimiento de una tiranía absoluta sobre estos estados. Para probar esto, sometemos los hechos al juicio de un mundo imparcial.

Ha negado su aprobación a leyes de las más saludables y necesarias para el bien de todos.

Ha prohibido a sus gobernadores aprobar leyes de importancia inmediata y urgente, a menos que se suspenda su puesta en vigor hasta no haber obtenido su aprobación; y, una vez hecho así ha desdeñado totalmente ocuparse de ellas.

Se ha negado a aprobar otras leyes para la colocación de grupos numerosos de personas, a menos que esas personas renuncien al derecho de representación en la legislatura, derecho inestimable para ellas y temible solo para los tiranos.

Ha convocado a los cuerpos legislativos en lugares inhabituales, incómodos y distantes del deposito de sus archivos públicos, con el solo propósito de cansarlos en el cumplimiento de sus disposiciones.

Ha disuelto repetidamente las cámaras de representantes por oponerse con firmeza viril a su violación de los derechos del pueblo.

Después de disolverlas, durante mucho tiempo se ha negado a hacer que se elijan otras, por lo que los poderes legislativos, no sujetos a la aniquilación, sin limitaciones han vuelto al pueblo para su ejercicio, mientras que el estado permanece expuesto a todos los peligros de invasión externa y a !as convulsiones internas.

Se ha propuesto evitar la colonización de estos estados, obstaculizando con ese propósito las leyes de naturalización de extranjeros, negándose a aprobar otras que alienten las migraciones en el futuro y aumentando las condiciones para las nuevas apropiaciones de tierras.

Ha entorpecido la administración de justicia, negando su aprobación a leyes para el establecimiento de los poderes judiciales.

Ha hecho que los jueces dependan de su sola voluntad, por la tenencia de sus cargos y por el monto y pago de sus salarios.

Ha creado una multitud de nuevos cargos y enviado aquí enjambres de funcionarios a hostigar a nuestro pueblo y a comerse su hacienda.

Ha mantenido entre nosotros, en tiempos de paz, ejércitos permanentes sin el consentimiento de nuestra legislatura.

Ha influido para hacer al ejército independiente del poder civil y superior a él.

Se ha aliado con otros para someternos a una jurisdicción extraña a nuestra constitución y desconocida por nuestras leyes, dándoles su aprobación para sus actos de pretendida legislación: para acantonar nutridos cuerpos de tropas armadas entre nosotros; para protegerlas, mediante remedos de juicio, del castigo por los asesinatos de que hayan hecho victimas a los habitantes de estos estados; para impedir nuestro comercio con todas las partes del mundo; para imponernos impuestos sin nuestro consentimiento; para privarnos, en muchos casos, de los beneficios del juicio con jurado; para llevarnos a ultramar con objeto de ser juzgados por supuestas ofensas; para abolir el libre sistema de Leyes Inglesas en una provincia vecina, estableciendo allí un gobierno arbitrario y extendiendo sus fronteras a manera de hacer de ella un ejemplo y un instrumento adecuado para introducir el mismo gobierno absoluto en estas colonias; para quitarnos nuestras cartas, aboliendo nuestras leyes más estimables y alterando fundamentalmente las formas de nuestros gobiernos; para suspender a nuestras legislaturas y declararse a sí mismos investidos de poder para legislar por nosotros en cualquier caso que sea.

Ha abdicado al gobierno de aquí declarándonos fuera de su protección y costeando la guerra en contra nuestra.

Ha saqueado nuestros mares, devastado nuestras costas, incendiado nuestras ciudades y destruido las vidas de nuestra gente.

En este momento, transporta grandes ejércitos de mercenarios extranjeros para concluir su obra de muerte, desolación y tiranía, iniciada ya en condiciones de cruel dad y perfidia apenas igualadas en las más bárbaras épocas y totalmente indignas del jefe de una nación civilizada.

Ha obligado a nuestros conciudadanos capturados en alta mar a empuñar las armas contra su propio país, a convertirse en verdugos de sus amigos y hermanos o a caer ellos mismos por mano propia.

Ha alentado las insurrecciones domésticas entre nosotros y ha tratado de inducir a los habitantes de nuestras fronteras, los despiadados indios salvajes, cuya norma de lucha es la destrucción indiscriminada de todas las edades, sexos y condiciones.

En cada etapa de estas opresiones, hemos pedido justicia en los términos más humildes: a nuestras repetidas peticiones se ha contestado solamente con repetidos agravios. Un Príncipe, cuyo carácter está así señalado con cada uno de los actos que pueden definir a un tirano, no es digno de ser el gobernante de un pueblo libre.

Tampoco hemos dejado de dirigirnos a nuestros hermanos británicos. Los hemos prevenido de tiempo en tiempo de las tentativas de su poder legislativo para englobarnos en una jurisdicción injustificable. Les hemos recordado las circunstancias de nuestra emigración y radicación aquí. Hemos apelado a su innato sentido de justicia y magnanimidad, y los hemos conjurado, por los vínculos de nuestro parentesco, a repudiar esas usurpaciones, las cuales interrumpirían inevitablemente nuestras relaciones y correspondencia. También ellos han sido sordos a la voz de la justicia y de la consanguinidad. Debemos, pues, convenir en la necesidad, que establece nuestra separación y considerarlos, como consideramos a las demás colectividades humanas: enemigos en la guerra, en la paz, amigos.

Por lo tanto, los Representantes de los Estados Unidos de América, convocados en Congreso General, apelando al Juez Supremo del mundo por la rectitud de nuestras intenciones, en nombre y por la autoridad del buen pueblo de estas Colonias, solemnemente hacemos público y declaramos: Que estas Colonias Unidas son, y deben serlo por derecho, Estados Libres e Independientes; que quedan libres de toda lealtad a la Corona Británica, y que toda vinculación política entre ellas y el Estado de la Gran Bretaña queda y debe quedar totalmente disuelta; y que, como Estados Libres o Independientes, tienen pleno poder para hacer la guerra, concertar la paz, concertar alianzas, establecer el comercio y efectuar los actos y providencias a que tienen derecho los Estados independientes.

Y en apoyo de esta Declaración, con absoluta confianza en la protección de la Divina Providencia, empeñamos nuestra vida, nuestra hacienda y nuestro sagrado honor.

John Adams
Samuel Adams
Josiah Bartlett
Carter Braxton
Charles Carroll of Carrollton
Samuel Chase
Abraham Clark
George Clymer
William Ellery
William Floyd
Benjamin Franklin
Elbridge Gerry
Button Gwinnett
Lyman Hall
Benjamin Harrison
John Hancock
Thomas Lynch, Jr.
Arthur Middleton
Thomas M' Kean
Lewis Morris
Robert Morris
John Morton
Thomas Nelson, Jr.
William Paca
Robert Treat Paine
John Penn
George Read
Caesar Rodney
George Ross
Benjamin Rush
Edward Rutledge
Roger Sherman
John Hart
Joseph Hewes
Thomas Heyward, Jr.
William Hooper
Stephen Hopkins
Francis Hopkinson
Samuel Huntington
Thomas Jefferson
Francis Lightfoot Lee
Richard Henry Lee
Francis Lewis
Philip Livingston
James Smith
Richard Stockton
Thomas Stone
George Taylor
Matthew Thornton
George Walton
William Whipple
William Williams
James Wilson
John Witherspoon
Oliver Wolcott
George Wythe