Habiendo entendido el Rey por consulta del Consejo de Indias, que los mandones de las haciendas de labor, o mayordomos de ellas en ese Reino llevan los indios a trabajar al campo, yendo aquéllos a caballo con un látigo, haciéndoles andar al paso del caballo, con lo que llegan a hacer el trabajo fatigados y sudados, y no siendo justo que los indios experimenten tan irregular trato; me manda Su Majestad encargar a Vuestra Excelencia muy particularmente que con las más graves penas advierta, sin la menor pérdida de tiempo, a los Alcaldes Mayores no los lleven en esta forma al trabajo, sino al paso regular de Ios indios.
Igualmente quiere Su Majestad les prevenga Vuestra Excelencia que los indios no trabajen sino de sol a sol, y que les den dos horas de descanso, desde las doce, a las dos como previenen las leyes; y que estando cerca los pueblos de donde salen para las haciendas, puedan ir a dormir a sus casas con sus mujeres si estuvieren casados, pues aunque diste media legua del pueblo, tienen lugar desde el amanecer hasta que salga el sol, para ir a trabajar a las haciendas, y lo mismo por la tarde desde que se pone hasta anochecer porque lo contrario es impedirles su libertad, y tratarlos como a esclavos, que tan estrechamente prohíben las leyes y gravarse sus conciencias el Virrey, y los Ministros que lo permiten.
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