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Selección de textos y documentos:

Doralicia Carmona Dávila

© Derechos Reservados
ISBN 970-95193

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1570 Título de inquisidor a Pedro Moya de Contreras

 

"TÍTULO DE INQUISIDOR APOSTÓLICO DE LA NUEVA ESPAÑA AL DOCTOR MOYA DE CONTRERAS, MAESTRESCUELA DE CANARIA."

Don Diego de Espinosa, por la divina misericordia, Cardenal de la Santa Iglesia de Roma, título de San Esteban in coelio monte, Obispo y Señor de Sigüenza, Presidente del Consejo de Su Majestad, Inquisidor Apostólico General contra la herética pravedad y apostasía en sus reinos e señoríos y confiando de las letras y recta conciencia de vos el reverendo doctor Pedro Moya de Contreras, Maestrescuela en la Santa Iglesia de Canaria, que sois la persona que bien e fielmente haréis lo que por Nos os fuere cometido y encomendado, por el tenor de la presente, por la autoridad apostólica a Nos concedida de que en esta parte usamos, os hacemos, constituimos, creamos y diputamos Inquisidor Apostólico contra la dicha herética pravedad y apostasía en la gran ciudad de Tenuxtitlán, México, y en todas las provincias de la Nueva España que son de los distritos de las Audiencias de México, Guatimala y Nueva Galicia en que caen el Arzobispado de México y Obispado de Guaxaca, Nueva Galicia, Mechuacán, Tlaxcala, Yucatán, Guatimala, Chiapas, Vera Paz, Honduras, Nicaragua y sus cercanías y en todos los reinos y estados de dicha Nueva España y su distrito y jurisdicción simul e in solidum con el Inquisidor o inquisidores que son o fueren en la dicha ciudad e distrito, y os damos poder y facultad para que podáis inquirir e inquiráis contra todas e cualquier personas así hombres como mujeres, vivos y difuntos, ausentes y presentes, de cualquier estado, prerrogativa o dignidad que sean, exentos y no exentos, vecinos y moradores que son, serán o hayan sido en la dicha ciudad y distrito que se hallaren culpantes, sospechosos e infamados en el dicho delito y crimen de heregía y apostasía y contra todos los fautores y defensores receptadores dellos, y para que podáis hacer y hagáis contra ellos y contra cada uno dellos vuestros procesos en forma debida de derecho, segund los sacros cánones e instrucciones del Santo Oficio lo disponen; y para, que podáis tomar e recebir cualesquier procesos y causas pendientes sobre los dichos crímenes y cualquier dellos ancualquier (aun a cualquier?) o cualesquier inquisidor e inquisidores apostólicos u ordinarios que son o hayan sido en la dicha ciudad y distrito, en el punto y estado en que están, y continuarlos y hacer y determinar en ellos lo que fuere de justicia, y para que podáis a los dichos culpantes encarcelar, penitenciar, punir y castigar, y, si de justicia necesario fuere, relajar al brazo o justicia seglar y hacer todas las otras cosas al dicho oficio de Inquisidor tocantes y pertenecientes; para lo cual todo lo que dicho es y cada cosa e parte dello os damos poder cumplido con todas sus incidencias e dependencias, anexidades, y conexidades, y cometemos nuestras veces, hasta que Nos especial y expresamente las advoquemos.

En testimonio de lo cual mandamos dar e dimos la presente; firmada de nuestro nombre, sellada con nuestro sello, refrendada del Secretario infra escripto en la villa de Madrid, diez y ocho días del mes de agosto de mil e quinientos e setenta años.

D. Cardenalis Segunt.s. Por mandado de Su IIustrísima, Mateo Vázquez.

Asentóse en los libros de la Casa de Contratación de las Indias desta ciudad de Sevilla, en veinte y siete de Septiembre de mil e quinientos e setenta años, y en esta dicha Casa se pagaron al doctor Moya quinientos ducados, que montaron ciento y ochenta e siete mil e quinientos maravedís, por virtud de una cédula de Su Majestad dada en Madrid a veinte y nueve de agosto deste dicho año, los cuales se le han de descontar del salario que por virtud desta le hobieren de pagar, porque así lo manda Su Majestad por la dicha cédula; para cuyo efecto se pone aquí esta razón conforme a la dicha cédula. Francisco Duarte. Ortega de Melgosa.

En la ciudad de México, a veinte y dos días del mes de octubre de mil e quinientos e sesenta e un años, estando los señores Presidente y Oidores del Audiencia Real de la Nueva España en acuerdo, Pedro de los Ríos, Secretario de la Santa Inquisición desta ciudad entregó a mí el Secretario Sancho López de Agurto, este título original del Ilustrísimo y Reverendísimo Señor Don Diego de Espinosa, Cardenal de la Santa Iglesia de Roma, Obispo de Sigüenza, y Presidente en el Consejo de Su Majestad, Inquisidor General, dada en favor del muy reverendo doctor Pedro de Moya de Contreras, Inquisidor Apostólico en esta dicha ciudad para que se meta en el dicho acuerdo; la cual se vido en él por los dichos señores Presidente y Oidores y fue respondido que se asiente este auto de presentación y se le vuelva el original para que use de ella.

Sancho López de Agurto.

 

 

 

 

 

 

Cédulas Reales. Vol. 47, ff. 511 y 511 v.