Méjico, Septiembre 12 de 1564
Carta que escribió la Audiencia de Nueva España al Rey, sobre la nueva instrucción que por fallecimiento del Virey Don Luis de Velasco dió al General Miguel López de Legazpi, para el viaje con el Armada de S. M. que se enviaba al descubrimiento de las Islas del Poniente.
Sacra Catholica Magestad= El Virrey Don Luis de Velasco, que por mandado de V. M. govemaba en esta Nueva España, falleció en fin de Julio de este presente año: por su fallecimiento, esta Real Audiencia tiene en si la governacion como V. M. lo tiene probeydo, y la terná hasta tanto que V. M. sea servido de mandar otra cosa.
Al tiempo de su fallescimiento, á causa de no estar del todo acabada de despachar la Armada que por mandado de V. M. se imbia al descubrimiento de las Islas del Poniente, de que va por General Miguel López de Legaspi, convino al servicio de V M. que en su real nombre esta Audiencia probeyese lo que restaba por facer, y ansi se ha probeydo todo lo necesario en prosecución de lo que el Virrey tenia ordenado, y son ya partidos de esta ciudad á embarcarse en el Puerto de la Navidad, el General y los demás capitanes, oficiales, soldados, y gente de mar; de manera, que mediante nuestro Señor se hará el Armada á la vela mediado Octubre que viene, óen todo él á mas tardar. Entre las demas cosas que han combenido proveerse, convino reberse la instrucion que el Virrey tenia fecha, como dexó declarado en una clausula de su codezillo que se viese para añadir ó quitar lo que conviniese: y visto que en ella manda va al General que en haciéndose á la vela del Puerto de la Navidad, hiciese la navegación en demanda de las Islas del Poniente, hacia los Malucos, sin que entrase en los dichos Malucos, por no contravenir el asiento que V. M. tiene tomado con el serenisimo Rey de Portugal, sino en otras Islas comarcanas á ellos, que están fuera del Empeño, y dentro de la demarcación de V. M.; y que para llegar á ellas y descubrir la navegación de la vuelta á esta Nueva España, corriese al Sudueste en busca de la costa de la Nueva Guinea hasta ponerse en altura de veinte grados de la otra parte de la Equinocial hacia el Sur, y si en este termino no hallase la tierra de la Nueva Guinea, hiciese su navegación desde esta altura y punto derecho al Poniente hasta docientas leguas, y que si dentro dellas no topase con aquella tierra, corriese al Noroeste hasta baxarse en altura de cinco grados en la misma parte de la Equinocial hacia el Sur, y que si hasta puestos en esta altura, ó en ella no la hallase, corriese de este punto al Poniente derechamente hasta tomar la otra tierra, que por ninguna via lo podía errar; y que asi descubierta, la costease y entendiese lo que en ella hay, según que en los capítulos que hablan cerca desta navegación y descubrimiento desta tierra se contiene como V. M. habrá visto por la copia de la instrucción que imbió á ese Real Consejo de Indias. Paresció á esta Real Audiencia, platicado en ella, y comunicado con personas de ysperiencia que han estado en aquellas partes, que aunque sea verdad que el descubrimiento de la Nueva Guinea seria importante, mayormente si en ella se hallasen las riquezas que se significan, no conviene que por agora se haga aquella navegación, asi por ser nueba que no se ha navegado hasta aqui, y que haciéndola se rodearía mucho para yr á las Islas del Poniente, y habría dilación en la vuelta, como por que seria abenturar mucho navegando por derrota incierta, dexando la derecha que se sabe ya, por la que llevó el Armada que despachó el Virrey Don Antonio de Mendoza, de que fuá por Capitán Ruy López de Villalobos, en especial siendo los Navios de esta Armada los dos dellos de tanto grandor que corrían peligro descubriendo costas nuebas; demas que no se conseguiría el efecto de lo que V. M. por el capitulo de una su Real carta fecha en Valladolid en 24 de Septiembre de 1559 años, escrita al Virrey, le embia á mandar, que por virtud de la comisión que se le dió para hacer nuevos descubrimientos, embiase por mar dos Navios, del porte, y manera, y con la gente que le pareciese al descubrimiento de las Islas del Poniente hacia los Malucos, y les ordenase lo que havian de hacer, conforme á la orden que se le imbió, y proveyese, y procurase traer alguna especia para hacer el ensaye della, y se bolviesen á esta Nueva España, fecho aquello que les ordenase para que se entendiese ser cierta la vuelta, y que diese por instrucción á la gente que asi imbiase, que en ninguna manera entrasen en las Islas de los Malucos, sino en otras Islas que están comarcanas á ellas, asi como son las Filipinas, y otras que están fuera del dicho asiento, y dentro de la demarcación de V M. que diz que también tienen especia; como mas particularmente parece por el capitulo de la dicha carta cuya copia será con esta; y asi en cumplimiento de lo que V. M. por esta carta imbió á mandar al Virrey, acordó esta Real Audiencia que se mudase aquella instrucción en lo tocante á esta navegación, y se hizo de nuevo otra, mandando al General que navegue derechamente en demanda de las Islas Filipinas, y las demas comarcanas á ellas, por la propia derrota que navegó Ruy López de Villalobos, sin que por via ni manera alguna entre en los Malucos, ni en lo del Empeño, y en todo lo demas conforme á la instrucción del Virrey, sin exceder della; como V. M. será servido mandar ver por la copia de la que por esta Real Audiencia se dió al General, del qual se tomó el juramento ó pleyto omenaje que combenia. Lo que al Virrey movió que se hiciese la navegación de la Nueva Guinea fué la opinión que tiene Fray Andrés de Urdaneta, Religioso de la orden de Sant Agostin, que va en el Armada, que dice que las Islas Filipinas se incluyen dentro del Empeño, también, como las de los Malucos, y que yendo á ellas era contravenir al asiento que se tomó con el Rey de Portugal, y á esta Audiencia ha parecido lo contrario, ateniéndonos á lo que V. M. en la de 24 de Septiembre de 59 declara, que las Filipinas están fuera del Empeño, y á que sin embargo de lo que el mismo Fray Andrés de Urdaneta escribió á V. M. por Mayo del año de 60, diciendo que estaban dentro, y á las cartas que al Virrey cerca dello imbió V. M., en otra que le mandó escribir en respuesta, fecha en Toledo á 9 de Hebrero de 561 le imbió á mandar que lo tocante á esta jornada proveyese y ordenase como mas al servicio de Dios nuestro Señor y de V. M. conviniese, guiándolo todo al fin que le estaba escrito, como paresce por las copias de las cartas del Virrey, y de Fray Andrés, y del capitulo de lo que V. M. le mandó responder, que serán con esta. Esperamos en Dios que la Armada terná buen suceso, pues se despacha para tan buenos fines, y va tan bien proveyda de todo lo necesario. La cuenta é razón de lo que en ella se ha gastado de la Real Hacienda, se imbiará á V. M. después que se haya fecho á la vela, en los primeros Navios.
|