De Augusta a 18 de enero de 1548.
Instrucciones de Carlos V a Felipe II sobre política exterior
Hijo, porque de los trabajos pasados se me han recrecido algunas dolencias, y postreramente me he hallado en el peligro de la vida, y dudando lo que podría acaecer de mí, según la voluntad de Dios, me ha parecido avisaros por ésta de lo que para en tal caso se me ofrece. Y aunque según la continua instabilidad y mudanza de las cosas terrenas, sería imposible daros ley cierta y entera para vuestra buena gobernación y de los reinos, señoríos y Estados que yo dejaré, todavía, por el amor paternal que os tengo, y deseo que acertéis por el servicio de Dios y descargo de mi conciencia y vuestra, tocaré aquí algunos puntos para vuestra instrucción, rogando a la divina clemencia y bondad, que es la que hace reinar a los reyes, quiera guiar en esto y en lo demás vuestro corazón,
Y aunque según la continua instabilidad y mudanza de las cosas terrenas, sería imposible daros ley cierta y entera para vuestra buena gobernación y de los reinos, señoríos y Estados que yo dejaré, todavía, por el amor paternal que os tengo, y deseo que acertéis por el servicio de Dios y descargo de mi conciencia y vuestra, tocaré aquí algunos puntos para vuestra instrucción, rogando a la divina clemencia y bondad, que es la que hace reinar a los reyes, quiera guiar en esto y en lo demás vuestro corazón, para que lo enderecéis a su santo servicio. Y así por principal y firme fundamento de vuestra buena gobernación, debéis siempre concertar vuestro ser y bien de la infinita benignidad de Dios, y someter vuestros deseos y acciones a su voluntad, lo cual haciendo con temor de ofenderlo, tendréis su ayuda y amparo, y acertaréis, lo cual converná para bien reinar y gobernar. Y para que os alumbre y sea más propicio, debéis tener siempre muy encomendada la observancia, sustentamiento y defensión de nuestra santa fe generalmente, y en especial en todos los dichos reinos, Estados y señoríos que nos heredaréis, favoreciendo la divina justicia y mandando que se haga curiosamente, y sin elección de personas y contra todos sospechosos y culpados, y teniendo solicitud y cuidado de obviar por todas las vías y maneras que pudiéredes con derecho y razón en las herejías y sectas contrarias a nuestra antigua fe y religión.
Y porque después de tantos trabajos y gastos que yo he hecho y sostenido por reducir a nuestra fe y religión los desviados en esta Germanía no se ha hallado otro medio ni remedio suficiente que el del Concilio, al cual, a instancia se han sometido todos los Estados della, os ruego y encargo que si no se acabare antes de mi fallecimiento, tengáis la mano y procuréis con el rey de Romanos, mi hermano, y los otros reyes y potentados cristianos, que se celebre y efectúe y hagáis en esto de vuestra parte y por los reinos y señoríos y Estados que os dejaré toda la buena obra y oficio debido conveniente a buen rey y príncipe obediente a nuestra Santa Madre Iglesia. Y demás este servicio os mostraréis siempre obediente de la Santa Sede Apostólica, y la ampararéis y acataréis en todo como conviene a buen rey y príncipe cristiano. Si so color y sombra della hubiere abusos y excesos en los dichos reinos y señoríos en perjuicio vuestro o de ellos, tendréis gran advertencia y respeto siempre que se procure el remedio, que se haga con debido acatamiento y en cuanto se podrá sin escándalo, teniendo fin solamente los perjuicios, daños e inconvenientes de los dichos reinos y señoríos.
Y cuanto a iglesias, dignidades y beneficios de los cuales el patronazgo, presentación o nominación os pertenecerá, debéis tener muy gran cuidado primeramente que sean proveídos en personas de letras, experiencia y buena vida y costumbres y ejemplo, y cualificadas por la administración buena de los dichos beneficios y cada uno respectivamente, según su ser y fundación. Y para esto informandoos gel maduramente y de gente que podáis hacer confianza, y fuera de sospecha y que no tenga otro fin que el servicio de Dios y descargo de vuestra conciencia. Y demás de esto ternéis advertencia que los tales administren y rijan sus iglesias y beneficios y hagan el oficio que cada uno es obligado, sin apartarse de ello sino con justas y legítimas causas, porque importa muy mucho por el servicio exaltación y conservación de nuestra salta fe y religión, bien vivir y salud de las almas de todos.
Y porque de las cosas que más a Dios encomiendo es la paz, sin la cual no puede ser bien servido, demás de los otros infinitos inconvenientes que trae la guerra y se siguen della debéis tener continuo cuidado y solicitud de obviarla por todas las vías y maneras posibles, y nunca entrar en ella sino forzadamente, y que Dios y el mundo sepan y vean que no podéis hacer menos. Y tanto más debéis evitar la dicha guerra por lo que los dichos reinos, Estados y señoríos que heredaste son y quedan muy cansados, gastados y trabajados de las guerras pasadas, a las cuales he sido forzado siempre por la defensión de ellos, y obviar su opresión, y según las guerras me han sido movidas tantas veces y en tantas partes, con este fin, como se sabe y es notorio; y ansí Dios me ha ayudado de manera que aunque he pasado muchos trabajos, con su ayuda (y Él sea alabado por ello) los he guardado, defendido y añadido a ellos otros de harta calidad e importancia; mas ha sido con gran gasto de todos ellos y tanto que es mucho menester que descansen cuanto fuere posible, y ansí os lo encomiendo.
También porque no se ha podido hacer menos de enajenar y empeñar en todos los dichos reinos y señoríos por grandes cantidades y con gran disminución de la renta y hacienda, ternéis que hacer en rescatarlo y cobrarlo, en lo cual deberéis entender con cuidado, como yo he siempre deseado de poder descansar y hacerlo, ansí por la obligación y afición que he tenido contino a los dichos reinos y Estados, como por el deseo que tengo de dejároslos enteros. Y aunque de evitar la guerra y apartarse a ella no sea siempre en la mano de los que lo desean, como muchas veces me ha sucedido y siendo esto más dificultoso a los que tienen tantos y tan grandes reinos, Estados y señoríos, y algunos lejos de otros, como Dios por su divina bondad me ha dado y os dejaré, placiendo a Él, y que esto consiste en la buena o mala voluntad de los vecinos y otros potentados, todavía me ha parecido avisaros, según la experiencias que puedo tener de estos, cómo os habéis haber y guiar, y la advertencia que es menester con ellos.
La principal y más cierta amistad y confianza que debéis tener, es con el rey de Romanos, mi hermano, y mis sobrinos, sus hijos, los cuales soy cierto que ternán toda buena y entera correspondencia con vos, y ansí usaréis de estrecha inteligencia con mi dicho hermano, y procuraréis su bien y de los suyos con toda y entera sinceridad y favoreceréis su autoridad imperial y sus cosas, como de buen tío; porque demás que es esto lo que conviene, y, según Dios, y obligación de parentesco tan cercano, y esta conjunción y unión será causa que los que no ternán buena voluntad dejen de mostrarlo contra él y vos; y la grandeza del uno favorecerá y reputará el otro. Y le podéis comunicar con toda confianza, y consultar vuestras cosas, y vos avisadle también de lo que os parecerá en las suyas, con el respeto que un buen sobrino debe a un tan alto tío, y según lo he hallado siempre un buen hermano. Y ansí he hecho todo lo que he podido para que fuese elegido en la dignidad de rey de Romanos, y establecido en él y enderezado para que en mi ausencia y caso de fallecimiento pueda gobernar esta Germanía. Y por esto haré aún todo lo que podré, y, a Dios gracias, con el favor y buen suceso que me ha dado en esta postrera guerra, se han enderezado y ordenado las cosas de sus reinos y Estados del dicho mi hermano de manera que están en buena prosperidad y podrá descansar descansadamente, tanto más con lo que he dicho arriba, y hecho por la sumisión a esta Germanía al Concilio y la orden que espero poner a la observación de la paz y justicia en ella, y habiéndose hecho la tregua quinquenal con el Turco, y que en una mi dicho hermano terná el cuidado que conviene, para que las cosas se sustenten en estos términos, pues se ve y entiende cuánto le va, y por el bien general de esta Germanía, y para que pueda gobernar en ella con debida autoridad, y también por el respeto de sus dichos reinos y Estados, por que los tenga pacíficos, y en obediencia y sujeción. Demás de esto acabar con los Estados de esta Germanía, que se cobre y se haga una buena suma de dinero, pronta para empleadla para la defensión de ella, sea contra el dicho Turco o otros extranjeros que la quisieren inquietar. Y esto entiendo procurar en beneficio común de esta Germanía, y aun en favor del dicho rey, mi hermano. Y viendo claramente, y conociendo que me sería imposible haber dineros de mis reinos y señoríos por tal necesidad, ni vos menos terníades la posibilidad de asistir al dicho reino después de mi fallecimiento, ni los reinos ni Estados lo querían hacer, como no sería justo, siendo gastados como están, y teniendo aún continuo gasto en otras partes contra infieles, sin los otros vecinos y potentados de quien podréis tener siempre recelo y estar sobre aviso.
Y ansí, viendo la imposibilidad de sacar dineros de mis reinos y señoríos, para lo que pudiese suceder acá, sin dar causa a más inconvenientes, y manifiesto riesgo de ellos, os encargo que los excuséis enteramente, si no fuese por causa y respeto de ellos y Estados y tierras de Flandes, y de las partes de allá, concertándolas, como espero hacerlo con los Estados de la Germanía; porque en tal caso, sea por ahora, o de aquí adelante, me parece muy bien que ellos ayuden contra el Turco y en otras necesidades de esta Germanía y conforme al asiento que se hiciere; y esto debía bastar para teneros descargado de otra ayuda y asistencia. Cuanto a lo demás y cuanto a la dicha tregua que he por mí ratificado, miraréis que ella se observe enteramente de la vuestra, porque es razón que lo que he tratado y tratéis, se guarde de buena fe con todos, sean infieles o otros, y es lo que conviene a los que reinan, y a todos los buenos cuanto al dicho Turco, que importa, no solamente para lo de vuestros reinos y señoríos que heredáis, más para lo de esta Germanía y toda la Italia señaladamente, y por no dar más ocasiones a franceses de estorbar y inquietar la Cristiandad, como lo han hecho en lo pasado. Y aunque a algunos podrá parecer que deberéis tener solamente cuidado del gobierno de los dichos reinos, Estados y señoríos que os dejaré, sin ser más curioso de las cosas fuera de ellos, y así de esta Germanía como de otros, dejándolo a quien lo tuviere en esta última guerra, y dejándome en ella, y la poca voluntad que ha mostrado y muestra a las cosas públicas de la Cristiandad, y especialmente en lo de la celebración del Concilio, no embargante que con esperanza que él haría buena obra en todo, hiciese el casamiento de mi hija Margarita con el duque Octavio, su nieto. Mas con todo esto que ha pasado, os ruego que, teniendo más respeto al lugar y dignidad que el dicho Papa tiene que a sus obras, le hayáis todo el tiempo que viviere, el debido acatamiento y tengáis por encomendada la dicha mi hija, y sus hijos, y por su respeto al dicho duque Octavio, porque ella me ha sido obedientísima sin otro respeto alguno, aun de sus propios hijos, para seguir mi voluntad, y señaladamente en lo de Plasencia; y ansí la debéis favorecer y amparar y tener cuidado de la protección della y de sus hijos.
Y cuanto a lo sucedido en Plasencia, hame desplacido de la muerte del duque de Castro; pero cuanto a lo demás hecho por don Fernando de Gonzaga, como mi ministro y en mi nombre, pretendo que con buen derecho y razón la pueda y deba tener, y por la autoridad del Imperio, por el bien público de toda la Italia, y por las obras del dicho Duque, si. tanto más habiendo enviado a ofrecer al Papa que este negocio se vea y examine, para hacer por vía de concierto o de otra manera, como se viere convenir y se hallara poder hacer concierto, se entenderá con él, y si no os hace privilegio del derecho imperial, para que, según se viere fundado, como tiene que es, os pongáis en razón con el Papa y los suyos, y si fuere menester con la Sede Apostólica, según veréis que fuere justo.
Ternéis advertencia que el Papa presente es cargado de años, y si falta después de mí, procuraréis todo lo que pudiéredes buenamente, que la elección de futuro Pontífice se haga como lo requiere la gran de necesidad de la Cristiandad, siguiendo da instrucción y memoria que para este efecto he enviado a mi embajador en Roma, en que no se pretende otro, ni tengo otro fin, sino que se haga buena elección y se obvie a las pláticas contrarias. Y en ésta y en las otras ocasiones debéis hacer siempre lo semejante, confiando en Dios, que con esto El mirará y aceptará vuestra sancta intención.
Tendréis con el Papa tres principales dificultades. La una, la del feudo del reino de Nápoles y el concierto que con el papa Clemente sobre él se hizo; la segunda, de la monarquía de Sicilia, y la tercera, por la pragmática fecha en Castilla; y en todo estaréis con advertencia para hacer de vuestra parte lo que es razón, y si otras diferencias ocurriesen las trataréis, como es dicho arriba, con la sumisión que un buen hijo de la Iglesia lo debe hacer, y sin dar a los papas justa causa de mal contentamiento vuestro; esto de manera que no se haga ni intente cosa prejudicial a las preeminencias y común bien y quietud de los dichos reinos.
Con los otros potentados de Italia no ternéis querella, ni pretensión alguna que sepa, ni pienso habedles dado ocasión ella. Y si guardáredes el tratado y liga que tengo con venecianos, por lo que toca a los reinos de Nápoles y Sicilia, y Estado de Milán, del cual vos he investido, también de Plasencia, como dicho es, y mostraréis querer y guardar en toda buena amistad con ellos, favoreciéndolos como a buenos aliados en todo lo que buenamente habrá lugar.
El duque de Florencia se me ha siempre mostrado, desde que le proveí del Estado, muy aficionado, y también a mis cosas, y creo que continuará esta amistad con vos, pues ha recibido tantas buenas obra, y que haciéndolo ansí será su propio bien, y por las pretensiones de franceses de su Estado; demás de esto, por el deudo que tiene con la Capa de Toledo. Y ansí será bien que lo entretengáis en su buena voluntad y favorezcáis todas sus cosas porque, demás de lo dicho, él es de buen seso y juicio y tiene su Estado con buena orden y proveído, y en parte que importa y puede, por estar donde el dicho Estado está situado.
El duque de Ferrara me es muy obligado por la buena justicia que le hice en lo de Módena, Arezo y Rovere, posponiendo otros respectos contra el papa Clemente, por lo cual se movió a hacer muchas cosas contra mi. Y aunque el dicho Duque ha dicho siempre y confesado la obligación en que me es, todavía se ha entendido que con el deudo que tiene en Francia, y estar allá el cardenal su hermano en favor, él es muy inclinado aquella parte, y así temporizaréis con él; tened advertencia deste aviso, y de sus andamientos.
Del duque de Mantua podéis hacer confianza, como yo la tengo de sus tíos, el cardenal y don Fernando, y también por el deudo y parentesco que se ha tratado con su voluntad y de la Duquesa, con mi sobrina, hija del rey de Romanos. Y demás de esto, sus Estados de Mantua y Monferrat han padecido mucho por las guerras, y por haber tenido mi parte en ellas. La Marquesa agüela, y Duquesa y madre del dicho Duque, se han mostrado siempre muy aficionadas, y lo han tenido por bien los dichos Cardenal y don Fernando.
De Génova pienso asegurarme más por ahora y en lo venidero, y efectuándose la cosa o no, debréis tener cuidado que ella esté en vuestra devoción, por lo que toca e importa a la seguridad de toda Italia y a los reinos y Estados de Nápoles, Sicilia y Milán; y no solamente para esto, más aún para los otros reinos de España, islas de Cerdeña, Mallorca y Menorca, de los cuales también los dichos genoveses tienen necesidad, y señaladamente de la vecindad de Milán. Y por esta consideración, y por los servidores que tengo dentro de la dicha ciudad, por beneficios recibidos de mí, y con buena desteridad, espero que ellos se podrán tener en vuestra devoción; también por el respecto del rey de Romanos, mi hermano, y por ser amparados de la protección y sombra del Imperio, de lo cual reconocen su libertad.
Cuanto a Sena, confiamos que el rey de Romanos, mi hermano, tomará la protección y amparo della, como yo siempre he tenido, por haber sido de continuo devota al Sacro Imperio, y a mí aficionadísima; y aquietándose las discordias que son al presente en ella, según espero que se hará, será bien que la favorezcáis todo lo que pudiéredes, y también la república de Luca, porque ellas, por conservación de sus libertades, querrán estar debajo del Imperio y ser contrarias a todos movimientos que se recreciesen en perjuicio de la quietud de Italia.
En la dicha Italia está el conde Galeoto fuera de la concordia los, por el perdón del cual algunos me han hecho grande instancia, mas no lo he querido perdonar, por la gravedad de los delitos hechos por él, y respecto de su parte adversa, que me ha sido buen servidor, y creo que no os faltará quien os ruegue para que intercedáis que el rey de Romanos mi hermano, le perdone, y vos lo recibáis en gracia; mas no parece que conviene, por los respectos antes dichos, y ahora se debe hacer menos, por haber venido a mis manos Plasencia, y porque también ha sido su vida tal, y se ha metido tan adelante con Francia, que no se podría tener confianza alguna dél.
Cuanto a Francia, yo he hecho siempre todo lo que se ha podido desde que comencé la reinar, por vivir en paz con el rey Francisco difunto, y muchas buenas obras y por ello y su consideración y pasado muchos tratados de paz y tregua, los cuales nunca ha guardado; como es notorio, sino por el tiempo que no ha podido renovar guerra o ha querido esperar de hallar oportunidad de dañarme con disimulación; ni han aprovechado mis grandes oficios hechos. A lo que se ha podido imaginar y entender del rey moderno, su hijo, y las pláticas que lleva en todas partes, se comprende que está puesto en seguir las pisadas y heredar la dañada voluntad de su padre y que los pasados reyes de Francia han tenido a los nuestros. Mas como quier que sea, os aconsejo que miréis que tengáis gran advertencia de guardar con él paz, tanto cuanto pudiéredes, y señaladamente por el servicio de Dios, bien público de la Cristiandad, y por lo que importa a los reinos, Estados y señoríos que yo os dejaré. Y por cuanto se entiende que el rey moderno no quiere pasar por los tratados hechos entre su padre y mí, y que querría, sin ratificarlos, venir a hacer nuevos tratos, que innovasen los dichos, con fin de tornar tarde o temprano, cuando pudiese, a hallar la oportunidad de contradecir las renunciaciones tocantes a los reinos de Nápoles y Sicilia, y a los Estados de Flandes, Artois y Tornay, y Estado de Milán, y otras cosas contenidas en los dichos tratados, señaladamente de Madrid, Cambray y Crépy, os debéis firmar en que las dichas renunciaciones queden siempre expresamente en su ser y fuerza, y en ninguna manera vais fuera de esto, porque todo lo he quitado, y os verná y pertenecerá con buen derecho y sobrada razón. Y si aflojásedes en cosa alguna de esto, sería abrir camino para tornar a poner todo en controversia, según la experiencia ha siempre mostrado, que estos reyes, padre y hijos, y sus pasados, han querido usurpar de continuo de sus vecinos, y donde han podido, y usado de no guardar tratado alguno, señaladamente conmigo y nuestros pasados, con achaque y color de no poder perjudicar a su corona; y pues esto es ansí, será mucho mejor, y lo que conviene, sostenerse con todo, que dar ocasión a ser forzado después defender el resto, y ponerlo en aventura de perderse.
Si vuestros pasados han sostenido lo de Nápoles y Sicilia, y también las tierras de Flandes contra los franceses con el ayuda de Dios, asimismo debéis fiar en Él que ayudará a guardarlos cuando los heredéis, y os pertenecerán con sobrado derecho, como dicho es; y siendo más poderoso en la parte de Italia, con lo de Milán y Plasencia, y la advertencia que ternéis en aquella parte, y por lo semejante en lo de Flandes, con lo que he acrecentado y añadido, es a saber, el ducado de Güeldres y señoríos de Utreque, Frisa, Overeriel y otros, con los cuales los Estados de allá son más poderosos, y teniéndolos unidos se podrán mejor sostener y defender. Y si os quisiere mover guerra en la parte de Italia, ternéis el dicho Estado de Milán fortificado, y será bien proveído de artillería, la que envío allí de la conquista de Saxa, y se podrá defender del primer ímpetu, que es lo que más se debe temer del francés; y si pensase pasar adelante hacia Nápoles, le sería muy difícil dejando atrás el dicho Milán, con el embarazo que podrá haber en el camino de la parte de Florencia, y no se podrá ayudar de la mar, porque ternéis vos más fuerzas en ella, con las cuales se podrán asistir a los dichos reinos de Nápoles y Sicilia, tanto más que la ciudad de Nápoles está muy bien fortificada de castillos, y también otras muchas tierras y castillos del reino, y proveído de artillería con la que así mismo envío a él. Y por lo semejante, el reino de Sicilia está fortificado, señaladamente las ciudades de Mesina y Palermo, y resistiendo el primer ímpetu, de quier que sea, como dicho es, franceses vienen después a perder el ánimo y no pueden durar, según la experiencia siempre lo ha mostrado, allí y en otras partes. Y, como dicho es, debéis de tener advertencia de no dar ocasión al Papa, ni a venecianos de rompimiento, tanto cuanto lo pudiéredes evitar. Y no es de creer que los unos ni los otros sean traídos fácilmente a haceros guerra con el dicho rey de Francia, por la poca confianza que, según su costumbre, saben que deben tener, y por no ponerse en gasto, y no arriscar sus Estados, con quien no pudiese sostener ni defendedlos a la larga. Y con conoceros poderoso y de reinos, y Estados y allegados, y que tenéis las fuerzas de la mar, con las cuales podréis siempre enviar lo que fuere menester socorro de gente, y haberlo ansimismo de esta parte con el crédito que os dejaré en ella, y favor del rey de Romanos, mi hermano. Y aunque los de Nápoles hayan mostrado ser alterados postreramente, todavía, todo bien mirado, no se ha visto cosa en que el Papa ni franceses hayan podido tomar fundamento; antes se ha entendido que los que han comenzado la cosa, y de quien se tiene sospecha de infidelidad y querrían innovación, son pocos, y que la generalidad del reino es la que conviene a buenos vasallos, y demás de esto los napolitanos tienen experiencia del mal suceso allí por los dichos franceses. También se ha visto y experimentado; de la parte de Milán, que tampoco quieren en aquel Estado franceses, y los dichos de Nápoles y Milán pueden descansar de las grandes gravezas que a la verdad han sostenido hasta aquí, con gobernarlos con buena justicia, de lo cual teméis cuidado, ellos con y serán siempre buenos y fieles vasallos.
Y aunque os sea necesario mirar en ahorrar cuanto pudiéredes; según quedaréis adeudado y vuestros Estados alcanzados, no por esto se podrá excusar de tener siempre alguna gente española en Italia, y conforme al tiempo, y como viéredes los andamientos de franceses y otros que os podrán ser contrarios, porque será el verdadero freno para impedir innovamiento de guerra, y que no se hagan empresas para cobrar tierras, y en fin será allí al propósito de la necesidad, si se ofreciere. Y se debe tener advertencia que la dicha gente se entretenga cuanto se podrá hacer, en las plazas y fronteras, donde se parecerá ser menester haber guardia, y con el menos trabajo y daño de los súbditos y allegados que se pudiere, y que los que ternán cargo de la dicha gente de guerra, la hagan vivir en obediencia y buena disciplina y regla, y que no deben indebidamente tomar ocasión de rompimiento ni desesperación, en la parte donde se entretuvieren. Y siguiendo esto, si Dios fuere servido llevarme, he ordenado que la gente española que está acá se pase al Estado de Milán, porque esté allí de respecto, y será a propósito para si algunos quisiesen hacer movimiento, y señaladamente franceses; y siendo allí, se terná siempre en la mano para todo lo que se pudiese ofrecer en Italia, y aun para tener a los dichos franceses, que no muevan algo de nuevo después ni de pronto en otra parte. Y en cualquier tiempo que Nuestro Señor dispusiere de mí, debéis hacer que lo de allí sea recibido, y proveído brevemente, según viéredes la apariencia de algún movimiento vuestro. Ansimismo será bien tener apercibidas las fronteras hacia España, señaladamente hacia la parte de Navarra y Perpiñán, porque cuanto a la de Flandes, no hay que temer que de golpe franceses pudiesen hacer innovación.
Y cuanto a las galeras, no veo que se puedan excusar de entretener las de España, Nápoles y Sicilia, por la guardia ordinaria de los reinos y súbditos de ellos, y contra turcos y moros, porque no se puede haber tanta confianza de la tregua con el Turco que se deba dejar de tener las dichas galeras armadas, aunque no fuese sino para obviar a las correrías de piratas y cosarios, cuanto más por el respecto a franceses, y otros que quisiesen inquietar la Italia, o hacia España; y si se dejase el entretenimiento de las dichas galeras, no se podría después ser a punto para la necesidad que sobreviniese. Y por esto y por esta misma causa tengo ser necesario no dejar las galeras de Génova, y que conviene, pera entretener el favor de genoveses, y también que si se despidiesen podrían ir en manos de franceses, los cuales si se hallasen superiores en la mar, lo de Italia sería en manifiesto peligro, y ansimesmo podría pasar trabajo lo de las de Cataluña y otras marítimas de España; y por esto no os debéis persuadir a dejar el entretenimiento de las dichas galeras, señaladamente por el gasto, porque aunque sería grande es por evitar lo que podría suceder con mayor daño, y esto si no fuese que se viese una buena seguridad de paz con Francia, y que no hubiese que temer el Turco, en lo cual no podemos ver esperanza ni apariencia alguna, antes se nos figura mucho inconveniente sin el entretenimiento de las dichas galeras.
Cuanto a las tierras de Flandes, ellas están fortificadas, y aún se fortifican con los designios que he hecho hacer, y todos aquellos señoríos tienen la voluntad y fidelidad que se puede desear, y señaladamente los grandes de ellos, y con la reducción de lo de Gante y castillo que se ha hecho en aquella ciudad, también el castillo y ciudad que se ha fortificado en Cambray, no hay que temer que franceses puedan haber esperanza allí, como antes se lo persuadían; y si ellos quieren mover guerra hacia aquella parte, las dichas tierras podrán muy bien resistillos, y no faltarán de hacerlo, especialmente con que haya suma alguna de dineros de respecto, sea de las ayudas que se podrán haber de las mesmas tierras, o de otra manera, con que tengan esperanza de ser así de pros, coma será razón que lo hagáis según viéredes la necesidad y si ellas pueden descansar algún tiempo, sosternán el gasto que fuere menester.
Sólo hay en la parte de acá el condado de Borgoña, el cual está apartado y muy lejos de los otros Estados y señoríos, y tanto, que sería cosa dificultosa y costosa socorrer el dicho condado de ellos; y así, he tenido siempre por bien que durante las guerras pasadas tratase y estuviese en neutralidad con franceses, y se favoreciese de la liga hereditaria que tiene la casa de Austria con los suizos, en la cual está comprendido el dicho Estado y se debería hacer en caso de rompimiento. Mas no hay que fiar de los dichos franceses, ni menos de los suizos, por lo que quieren complacer a los dichos franceses, y también porque querrían haber en sus manos la parte del dicho condado que está cerca de ellos, y señaladamente las salinas. He mandado fortificar la villa de Dola, que es la cabeza del Estado, y empleado en ella las ayudas que me han otorgado, y vos debéis tener la mano que se acabe la dicha obra, y la de Grey, y que se repare el castillo de Joulx y que se fortifiquen otras tierras y que los otros servicios que echaran sean para esto, y reparo y provisión de artillería y provisiones y municiones y otros gastos por el tiempo que será menester, porque el dicho Condado es el más antiguo patrimonio de la casa de Borgoña y a propósito de dañar franceses por aquella parte, según la ocasión, y que los vasallos de allí han tenido y tienen siempre muy gran fidelidad, y servido a nuestros pasados, y vos podréis ser servido de ellos, y ansí os encomiendo la fortificación, defensión y conservación del dicho Estado.
Cuanto a la parte de España, no es de creer que franceses muevan guerra abiertamente en su nombre, ni con asistir el señor d' Albret según les han mal sucedido las pasadas, y que se les podría fácilmente resistir, como se ha hecho hasta aquí; y si los dichos franceses pueden invadir en muchas partes, también temerán de lo mismo, y aun a ellos les será imposible proveerse de gente de guerra, ni sostener el gasto en tantas partes, según se ha visto.
Y cuanto a las Indias, debéis tener cuidado de mirar siempre si los dichos franceses querrán enviar armada hacia allí, disimulando o otramente, y de apercibir a los gobernadores de aquellas partes para que sean sobre aviso, y donde y cuando fuese menester conforme a ello resistir a los dichos franceses; y aunque ellos hayan emprendido muchas veces de ir allí, se ha visto que sus armadas no han durado, y demás de esto, cuando se les resistiese, luego aflojan y se deshacen, y ansí hace mucho al caso serles presto a la mano. Y deberéis tener buena inteligencia con Portugal, señaladamente por lo que tocare a las dichas Indias y defensión de ellas así no debéis en ninguna manera hacer concierto con el dicho rey de Francia, con dar ni quitar cosa alguna de lo que ternéis y os pertenecerá, sino estar constante y guardar todo siempre sobre ¡viso, sin fiaros en plática de paz, ni palabras de amistad y teniendo continua advertencia de fortificar y proveer lo que pudiéredes en todas partes por ser a punto y aparejado para, si os quisieren mover alguna guerra, defenderos, y que los dichos franceses no os puedan hurtar algo, siguiendo su costumbre de hacerlo, señaladamente cuando muestran querer más asegurar. Mas esto ofreciéndoos siempre a guardar los tratados pasados y buena amistad, y a estrecharla con medios razonables y conveniente seguridad. Y estando firme en lo que es dicho arriba y haciéndolo ansí, debéis confiar que Dios, como cosa vuestra, los dichos reinos, Estados y señoríos, descargados de las querellas y pretensión de dichos franceses, os ayudará a sostener y defenderlos, y no os mováis a hacer otra cosa por amonestaciones de quienquiera que sea, ni por necesidad o peligro de guerra que se os represente en ninguna parte. Y basta, y aun es mucho, dejar suspendido el ducado de Borgoña, propio y verdadero patrimonio, por consideración y respeto de la paz y tratados hechos, y ansí no entiendo de renovar guerra; por esto no dejaréis ni disimularéis el dicho tan justo patrimonio derecho y tan favorable, que me pertenece y os pertenecerá, al dicho condado de Borgoña, todas las veces que se ofreciere hablar de la parte de Francia de las querellas que han expresa y debidamente renunciado, y con justa y bastantísima causa y razón.
Hay, demás de esto, la restitución de Hedin, que los dichos franceses deben hacer con razonable recompensa, en lo cual persistiréis cuando viéredes la ocasión; mas por esto sólo me parece no debéis tornar en guerra, porque aunque el dicho Hedin sea a propósito de las tierras de allá, no lo es tanto, que no importe más evitar la guerra y los inconvenientes que de ello se podrían recrecer.
Y porque lo que más recelan franceses, según lo que continuamente se entiende, es de ¡lo que ocupan al duque de Saboya, así de acá como de allá en los montes (en la restitución de lo cual he siempre persistido). Y cuando se ha platicado de estrechar la amistad con los reyes difuntos y modernos de Francia, según era y soy obligado a lo que se debe a la autoridad imperial, y deudo que tengo con el dicho Duque, y por el respecto de su hijo y mi sobrino, de lo que tengo capitulado con el dicho Duque, y que ha dicho de continuo absolutamente que no quería hacer concierto sin ser restituido señaladamente de Piamonte, el cual, como se entiende, piensan guardar para siempre los dichos franceses, tanto más hallo dificultad y peligroso de hacer concierto, pues se debe tener por certísimo que los dichos franceses se obstinan guardando el dicho Piamonte para desde allí poder turbar las cosas de Italia; y con fin especialmente de tornar a ocupar el Estado de Milán, supeditar a Génova, pasar a Florencia y después ir a Nápoles y Sicilia. Y se ve claramente por todas su pláticas, que es ésta su intención y no se podría poner límite a su ambición, que se ha siempre entendido y aun mostrado los dichos franceses atrevidamente; de manera que aquí concurren en perjuicio del Imperio, dar pie a Francia para poder turbar la Italia todas las veces que pudieren, y emprender contra los reinos y Estados que tengo allá y los de mis allegados y amigos, y estar de continuo en gasto y cuidado, y no veo que pueda aconsejar tal concierto, y aun si entre ellos lo quisiesen hacer, consentidlo hasta no poder más. Y ansí, he tenido y tengo por mejor dejadlo como está, que disimular cosa tan perjudicial al dicho Duque, ni tan perniciosa y de tanto inconveniente, esperando que Dios podrá dar la vía para remediar esta impiedad y crueldad que padre y hijo han mostrado y muestran contra su propio tío y primo.
Es verdad que tengo lástima de los dichos Duque y Príncipe, su hijo, y de que quedan tanto tiempo fuera de su Estado. Mas pues han sufrido esta injuria, violencia y daño fasta ahora, menos mal es que se estén ansí, aún esperando en la voluntad de Dios que dará algún medio y camino para cobrar lo que es suyo, como dicho es, y reintegrar su casa tan antigua, que hacer algún concierto quitando y dejando la principal parte de ella y apocalla tanto ellos mismos, y ser de tantos males causa que podrían suceder de esto. Y el dicho Duque ha mostrado estar siempre en esta voluntad. Y a lo que dice y muestra el Príncipe, su hijo, no va fuera della, y señaladamente se ha conocido en la plática que se ha movido del matrimonio del dicho Príncipe con la hija del de Francia, haciendo el cual tampoco se debería esperar restitución; pues el mismo rey de Francia la niega ya expresamente, y es de creer que de continuo persistirá más en ella, con lo que se funda de haber heredado lo que su padre ocupó al dicho Duque, y como el dicho rey de Francia sabe la gran sin razón que su padre y él han tenido y tienen y nunca se fiaron de los dichos Duque y su hijo antes por todas las vías y maneras que podrá, el dicho Rey querrá bajar y sujetar los dichos Duque y Príncipe, y señaladamente, sin respeto de tal afinidad y matrimonio, como se ha visto y es la natura de dichos franceses, y especialmente en la del señor de Albret, siendo casado con hermana del dicho Rey difunto. Y aunque el dicho Rey difunto haya mostrado tomar ocasión de indignación con el dicho duque de Saboya, porque inclinase a mi parte, y algunos años antes, y desde que el dicho Duque vino a heredar, el dicho Rey y su madre le habían movido la querella, y pasado tan adelante hasta desafiarle e intimarle guerra para ocupadle su Estado, como lo han hecho, y han declarado muchas veces el dicho Rey y los suyos expresamente, de manera que su fin ha sido siempre de abajar y oprimir al dicho Duque y tenerle sujeto, y añadir sus dichos Estados a Francia, y tener él camino abierto para tiranizar la Italia. Y yo, anteviendo esto, fui de parecer siempre y aconsejé, después que vine en rompimiento con Francia, y señaladamente que me casé, con que el dicho Duque hiciese todo lo que pudiese por quedar neutral y temporizar con el dicho Rey difunto, que se entretuviese con los suizos, lo que no hizo, de manera que franceses y ellos se concertaron, y le ocuparon sus Estarlos de acá y de allá los montes, más por pasión y particular interese que por causa y respecto mío.
Y aunque esto haya sido sin mi culpa ni haber dado ocasión a ello, he favorecido siempre al dicho Duque y asistido en todo lo que he podido, y obviado que no perdiese lo que quedaba y ansí haréis bien de continuar buena amistad con él, por respecto del deudo que con ellos tenéis y de la voluntad que padre y hijo muestran y han mostrado de observarla de su parte, y de favorecerlos y asistirlos en todo lo que podréis, señaladamente por la guarda y defensión de lo que el dicho Duque tiene y posee, demás de por su respecto, por ser cosa que importa a la seguridad de las cosas de Italia, especialmente del Estado de Milán.
Y cuando a las pensiones que he constituido a los dichos Duque y Príncipe para ayudar a su entretenimiento, haréis en lo venidero lo que buenamente podréis, porque cuanto a lo pasado se deben contentar, pues no se ha faltado a lo que se ha podido, y que cuando otorgué la pensión al dicho Duque, fue pensando que ella se cobraría del Estado de Milán, estando de manera por entonces que se podría suplir; mas con la continuación de la guerra y sospecha de ella, y señaladamente por las cosas del Piamonte, y sostener y defender las tierras del dicho Duque, hanse recrecido continuamente muy grandes gastos, y están que no se ha podido hacer más con él, ni en lo venidero podría el dicho Estado sufrir tanto peso, y os podréis con razón y honestidad excusar de lo pasado con lo que se ha hecho; y en lo venidero, con decir que haréis lo que pudiéredes. Y cuanto al dicho Príncipe, será bien que proveáis la continuación de su pensión o parte de ella, según viéredes la necesidad y que convenga y tuviéredes la posibilidad.
Y cuanto a lo que toca a asistirles para cobrar sus Estados, debéis tener en ello mucho miramiento, y no os dejar persuadir a que ellos comiencen guerra por esto, ni que vos os metáis en ella, sin ver primero que haya buen fundamento y oportunidad, sea con el favor y asistencia del Imperio, y que franceses fuesen impedidos con ingleses, o de otra manera, que se viese ser la cosa muy a la mano, y señaladamente teniendo ojo a los suizos, y que vuestros reinos, Estados y señoríos no se aventurasen. Y no se ve que esto se pueda hacer en algunos años, según están las cosas de esta Germanía, y que es verisímil que los ingleses disimulan con los franceses durante la menor edad de su rey, y también por lo que es necesario y forzado que los dichos reinos y Estados que dejan descansen. Y demás de esto, cuando se debiese hacer, debéis mirar que franceses no deban tomar achaque que vais contra los tratados, ni se os pueda imputar que seáis causa de renovar la guerra en la Cristiandad, y en perjuicio del bien público della. Y si los dichos Duque y Príncipe no quisieren esperar la coyuntura u oportunidad que Dios querrá enviar para cobrar sus Estados, sino concertarse con franceses, no obstante las razones y consideraciones antedichas, y viéredes que no lo podéis estorbar, en tal caso miraréis que la cosa se haga con más provecho y menos daño de ellos que ser pudiere, y ternéis advertencia de os asegurar en esto y en lo que hubiere lugar, por lo que toca a las cosas de Italia, y señaladamente por lo de la Lombardía, como Milán, Génova, Monferrat, y Florencia y otros aliados y amigos; de manera que todos vean y conozcan que habéis tenido cuidado tal cual conviene de vuestra seguridad y de ellos.
Y porque he capitulado con el dicho Duque y prometídole dejar cobrar libremente las rentas de sus tierras, en las cuales hay gran gente de guerra mía, y no tengo otro fin en esto, sino en lo que toca a la guarda y seguridad mía y suya, ternéis cuidado de entretanto que será menester haber guarda en las dichas tierras, dejar gozar de ellas al dicho Duque, conforme al tratado, mirando de no alzar mano de la dicha guarda, señaladamente de las tierras del Piamonte más importantes, pues se podrá tener por cierto que, haciendo concierto con los dichos franceses, ellos lo cobrarían después, aunque no quisiesen el dicho Duque y Príncipe, de manera que esto toca a su propio bien. Y demás de esto, no sería razón que hubiese defendido las dichas tierras en tiempo de su enemistad con franceses, confiando de los dichos Duque y Príncipe, y que después se perdiesen por ellos, y me sucediese de esto inconveniente, sin pretender otro de las dichas tierras, sino ser asegurado de ellas, como dicho es.
Y entre otras fortalezas ternéis cuidado del castillo de Niza, y que los que ternán cargo de él sean a vuestra devoción, y si es posible os hagan juramento de no consentir que franceses se apoderen y valgan de la dicha plaza, por ser ella muy importante. Y aunque se haga el dicho concierto, no dejaréis de tener por amigos a los dichos Duque y Príncipe, con que tengáis siempre advertencia que franceses harán todo lo que podrán por desviarlos y apartarlos de vuestra amistad.
Ternéis cuidado de tener amistad con los ingleses, y de guardar los tractos hechos entre el padre difunto del rey moderno y mí, porque esto me importa y a todos los reinos y señoríos que yo os dejaré, y será también para tener suspensos a franceses, los cuales tienen muchas querellas con los dichos ingleses, así por lo de Bologna como de las pensiones y deudas; y se tiene por difícil que puedan guardar amistad entrellos que dure. Y demás de esto, es verisímil que el rey de Inglaterra, que ahora es mozo, viniendo en edad, haber sentimiento de las cosas que han hecho y harán franceses contra él y en su perjuicio durante su menor edad; mas miraréis de no os empachar en ello tanto cuanto pudiéredes, y os firmaréis siempre en los tratados que tenemos fechos con ellos, con los unos y con los otros; señaladamente no trataréis ni haréis con los dichos ingleses cosa alguna que directa o indirectamente pueda ser cosa contra nuestra santa fe y autoridad de la Sede Apostólica.
Y cuanto a los escoceses, si se puede concertar con ellos concordia por lo que toca señaladamente a la seguridad de la contratación y navegación, no hay más que hacer en aquella parte.
Cuanto al rey que posee a Dinamarca, será bien que entretengáis el tratado hecho con él, sin entrar en querella por lo que toca al rey Christiano y nuestras sobrinas, por las cuales, y concertadlas con el dicho Rey Christiano de manera que no venga en libertad tal que pudiere renovar guerra ni hacer daños a los Estados de Flandes. como otras veces.
Demás de lo de arriba, va muy mucho por la seguridad y quietud de los dichos reinos, señoríos y Estados que os dejaré, que, pues no podéis ser presente especialmente en todos, ni visitarles muchas veces como converná, que ellos sean continuamente proveídos de buenos virreyes y gobernadores, que tengan cuidado de entretener los súbditos en justicia, policía, y que sean calificados para ello, y la buena gobernación de dichos reinos y Estados, cada uno según lo que se le encomienda; y demás de esto, que tengan continuo cuidado de la guarda y seguridad de ellos. Y vos ternéis gran miramiento que hagan y ejerciten sus oficios como conviniere, y no excedan de sus instrucciones, ni usurpen más autoridad de la que se les diere, y que sepan que haciendo al contrario seréis deservido y descontento de ello, y que no lo sufriréis, y mandaréis remediar muy de veras como quier que sean. Y aunque no deberéis creer las quejas, si algunas se hicieren de los dichos virreyes o gobernadores no dejaréis de entendedlas e informaros de la verdad; porque no haciéndolo sería ciar ocasión a que los dichos virreyes o gobernadores fuesen más absolutos y a los vasallos de desesperarse.
Y señaladamente, cuanto al gobierno de las Indias, es muy necesario que tengáis solicitud y cuidado de saber y entender cómo pasan las cosas de allí y de asegurarlas por el servicio de Dios y para que tengáis la obediencia que es razón, con la cual las dichas Indias serán gobernadas en justicia, y se tornen a poblar y rehacer; y para que se obvie a las opresiones de los conquistadores, y otros que han sido allá con cargo y autoridad y so color de esto, con sus dañadas intenciones, han hecho y hacen; y para que los indios sean amparados y sobrellevados en lo que fuere justo, y tengáis sobre los dichos conquistadores, y sus haciendas, la autoridad, superioridad, preeminencia y conocimiento que es razón y conviene, para ganar y haber la buena voluntad y fidelidad de los dichos indios, y que el Consejo de las Indias se desvele en ello sin otro respecto alguno particular y como cosa que importa muy mucho.
Y cuanto al repartimiento de los indios, sobre lo cual ha habido diversas informaciones y avisos se ha platicado muchas veces y tenido diversos respectos y pareceres, y últimamente escripto y mandado a don Antonio de Mendoza como visorrey en la Nueva España para que se informase y enviase el suyo. Como habréis entendido, la cosa es de mucha importancia para agora y en lo venidero, y será bien que tengáis gran advertencia en la determinación que en esto hiciéredes, por los dichos respectos tocados en este otro capítulo de arriba. Y ansí, no dejaréis, habida la dicha información, de examinarla muy bien y consultar muy bien con hombres de muy buen juicio no interesados, y que entiendan las cosas de allá, y que tengan principal fin y respecto de guardar la preeminencia real, y lo que toca al bien común de las dichas Indias, y con esto el repartimiento que se hará sea moderado y menos perjudicial que ser pueda.
Allende de esto, la cosa que más entretiene a los vasallos y súbditos de cualquier nación que sea en la fidelidad de sus señores, es de ver que tienen hijos, en que consiste la firmeza y estabilidad de los Estados, con esperanza de haber cada uno de ellos señores de quien puedan ser gobernados, y tanto más por lo que toca a las dichas tierras de Flandes. Y por esto me parece no solamente conveniente, mas necesario, que os tornéis a casar, tomando parentesco y partido conveniente al bien público, en cuanto se podrá hacer, y del cual, con el ayuda de Dios, podáis haber hijos, señaladamente por la consideración susodicha; y ansí, por el amor paternal que os tengo, y lo que quiero a los dichos Estados, os aconsejo y ruego que lo hagáis.
Y no os quiero apremiar al partido que podéis tomar, más bien os acuerdo que en ello principalmente miréis al servicio de Dios y bien público de la Cristiandad, beneficio y satisfacción de los dichos reinos y Estados; y si el casamiento con la hija del rey de Francia se pudiese concertar buenamente y con la firmeza de las cosas tratadas, y restitución de lo del duque de Saboya, y bastante seguridad, me ha parecido y aún me parece, lo que convernía sería esto, sin por tan gran bien pasar en disparidad de la edad. Que debiera convenir la princesa de Albret, con tanto que se tratase de manera que se quitase la diferencia y pretensión sobre el reino de Navarra, y con medios convenientes, y que se pudiese sacar la dicha princesa de Francia, porque aunque los franceses tuviesen de esto sentimiento, habiendo la cosa fecha verisímilmente es de creer que lo disimularán poros ver más fuerte, con lo que tiene el señor de Albret, y no habiendo formo de poder volver de golpe hacia allá, y que ni por esto se dañaría más de lo que está la voluntad de los franceses no debríades dejar de entrar por lo que se ha algunas veces apuntado de la diferencia que podría ser de los hijos deste matrimonio, lo cual todo bien examinado no tiene fundamento, y se entiende que la dicha Princesa es de buena disposición, virtudes, cuerda y bien criada.
Mas si uno de los dichos casamientos no se puede hacer, no veo por agora otro partido sino de la una de las hijas del rey de Romanos, mi hermano, o de la Infanta hija de mi hermana, la reina viuda de Francia.Y como estos partidos no son menester para estrechar la amistad y deudo, lo que más converná sería aquietar y juntar otra amistad y si no, os remito de escoger el partido que os satisficiere. Más, porque la voluntad que tengo a ambas mis sobrinas es una, solamente ruego a Dios que acertéis por lo mejor.
Y cuanto al matrimonio de mis hijas, vuestras hermanas, y señalada. mente la mayor, después de examinado, y pensado todo lo que en ello se ofrece, no veo para ella partido más a propósito, ni aún que convenga, como el del archiduque Maximiliano, mi sobrino; porque cuanto a casarla en Portugal con el príncipe, mi sobrino, ni las edades convendrían, ni sería honesto ni razonable ir contra lo que he tratado de su hermano con el dicho Príncipe de Portugal, antes en perjuicio suyo, siendo este partido tan conveniente en las edades y en todo lo demás, como lo será el de vuestra hermana mayor con el dicho archiduque Maximiliano, y de gran contentamiento con mi dicho hermano; las cosas del cual, como se ha dicho arriba, se han asentado, previsto y remediado de manera que el dicho Archiduque quedará muy bien, y el padre y él tendrán más afición a todo lo que os tocare señaladamente por lo de Italia, y la parte de Flandes. Y ansí nos firmamos en que se llaga con la bendición de Dios, y siguiendo en esto, que la Emperatriz, que sea en gloria y yo habíamos considerado por nuestros testamentos, y constituídole la docte de las sumas contenidas y ordenadas por nosotros en ellos. (cuanto a lo que se había mirado en los dichos testamentos, por lo que toca a las tierras de Flandes y Borgoña, habiendo después pensado más en ello especialmente en la importancia de los dichos Estados. Y cuanto conveniente a vuestra grandeza, y que demás he conquistado el ducado de Güeldres y unídolo con ellos, estamos en que los guardéis, confiando que Dios os dará más hijos, y os ruego y encargo muy mucho que este matrimonio se efectúe lo más presto que ser pudiere, teniendo respecto a que vuestra dicha hermana es de edad, y que, como dicho es, no se ofrece otro partido tan conveniente.
Demás de esto, ofreciéndose vuestra venida acá, podréis traer con vos la dicha vuestra hermana, y no se podría haber ocasión ni medio más conveniente para que venga honradamente, y como se requiere a vuestra calidad, y aunque no hubiéredes de venir vos, no se debería dejar su venida, ni deferir más el dicho matrimonio; y ansí, os ruego que tengáis por bien que se haga, y os lo encomiendo y encargo cuan encarecidamente puedo.
Ansimismo se ha platicado que haciéndose este matrimonio del dicho mi sobrino, el archiduque de Austria Maximiliano, con la dicha vuestra hermana mayor, se le podría encomendar el gobierno de los Estados y tierras de la parte de Flandes, porque, como se ha visto y entendido, los de allí no pueden bien sufrir ser gobernados por extranjeros, ni tampoco entre los suyos de la misma nación se podría hallar persona a este propósito, ni sin invidia y pasión y ansí se ha siempre proveído de alguna de nuestra sangre. Y no se ha dejado de apuntar que metiendo al dicho Archiduque en este cargo, ni faltaría quién pusiese en su cabeza de tener fin y de vuestra dicha hermana y emprender de quedarse con los dichos Estados, y por no poder vos residir en el dicho, ni visitarlos muchas veces, la gente de ellos se podría aficionar a los dichos Archiduques y vuestra hermana, cuanto más dándoles Dios hijos, aunque es de creer que ellos harían con vos lo que deben todavía siendo la cosa tan grande y de tanta importancia, se podrían dejar persuadir con el tiempo. Por este respecto no he querido tomar en ello resolución hasta vuestra venida, y que hayáis visto las dichas tierras, y sepáis la importancia de ellas y los humores ale allí, y que conozcáis y platiquéis al archiduque Maximiliano. Es verdad que si pudiese acabar con la reina viuda de Hungría, mi hermana, que continuase en el dicho cargo, que ha tanto tiempo tenido, sería lo que más convernía, porque ella lo ha hecho muy bien en paz y en guerra. Mas está puesta en descargarse de él; en fin, se determinará todo con vuestra venida, placiendo a Dios.
Y cuanto a mi segunda hija, vuestra hermana, debéis efectuar en su tiempo el matrimonio de ella con el príncipe de Portugal, como está concertado, por guardar buena fe, y ser lo que conviene a la corona de España y al deudo y amistad que se debe a Portugal, a la observación de la cual tendréis siempre buena advertencia, según la afición que el Rey, mi cuñado, ha de continuo mostrado de su parte a ellos también el infante don Luis, y el cardenal, y lo que se debe a la reina, mi hermana, que ha hallado en todo lo que se ha ofrecido muy aficionada a mí y a todas mis cosas.
Lo mismo siempre he hallado en la reina viuda de Francia y en la reina viuda de Hungría, mis hermanas, y tengo por cierto que entrambas y cada una continuará esta voluntad con vos, y ansí recíprocamente debéis corresponder, y tenedlas siempre por buenas tías, y favorecedlas siempre en todo lo que pudiéredes, y os ruego, y os lo encomiendo.
Y por la fin, os encomiendo muy mucho la observancia y cumplimiento de mi testamento y codicilos, y también los de la Emperatriz, que Dios haya, así por lo que toca a nuestras ánimas, mandas pías, como en lo demás. Y confío enteramente que lo haréis como buen hijo y merece la paternal voluntad que os hemos tenido y tengo. Y ruego a Dios que os ampare de su mano, enderece y guíe vuestros deseos a su servicio, y para bien reinar y gobernar, y finalmente alcanzar la gloria. Con mi bendición.
De Augusta a 18 de enero de 1548.
[FERNÁNDEZ ÁLVAREZ, M. (ed.) Corpus de Carlos V. Salamanca. Universidad de Salamanca, 1975, v. II, pp. 569-592].
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