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Selección de textos y documentos:

Doralicia Carmona Dávila

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ISBN 970-95193

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1534 Cédula que manda que ninguna persona venda armas a los indios ni los maestros que las hacen les enseñen el oficio.

Palencia, septiembre 28 de 1534

 

Cedula que manda que ninguna persona venda armas a los indios ni los maestros que las hazen se las enseñen a hazer ni aquel oficio.

El Rey: Presidente y Oydores de la nuestra Audiencia y chancilleria real questa y reside en la ciudad de Mexico de la nueva España. Yo he sido informado que los indios naturales dessa tierra han comprado y compran armas assi de los mercaderes que las lleuan destos Reynos a essa tierra para las vender a los españoles della, como de un maestro que las hace que reside en essa ciudad que se dice maese Pedro, y que los dichos indios las andan a comprar con texuelos de oro, y que las espadas las tienen en sus casas enbrantadas en hasta de palo de abraza y media. Y porque si a esto se diesse lugar podria nazer algun inconueniente para la pacificacion de essa tierra, queriendo proveer en el remedio dello, visto y platicado en el nuestro Consejo de las Indias fue acordado, que devia mandar dar esta mi cedula para vos, e yo tuvelo por bien.

Por ende yo vos mando que luego que esta ueais os informeis y sepais como passa lo susodicbo y proueais como los mercaderes y tratantes en essa tierra ni otras personas no vendan a los dichos indios armas ningunas, so las penas que les pusieredes, las quales nos por la presente les ponemos y y auemos por puestas y por condenados en ellas lo contrario haziendo, y si vieredes que de tener los indios las armas que hasta aqui han comprado trae algun inconveniente para la seguridad y pacificacion dessa tierra provereis como se las saquen de su poder, por la mejor manera que os pareciere y no fagades ende al. Fecha en la ciudad de Palencia a veinte y ocho dias del mes de Setiembre de mil y quinientos y treinta y cuatro años. Y ansimismo provereis como los oficiales que entienden en hazer armas en essa tierra no muestren a los indios el oficio ni vivan con ello porque no los aprendan.

Yo el Rey. Por mandado de su Magestad, Couos, Comendador mayor. Señalada del Consejo.