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Autora: Doralicia Carmona Dávila.

© Derechos Reservados
ISBN 970-95193

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Reforma a la Ley Electoral

Julio 7 de 1920

Adolfo de la Huerta, Presidente Sustituto, expide el Decreto que Reforma la Ley Electoral del 2 de julio de 1918. Entre las modificaciones más importantes están el que las elecciones ya no se hacen en forma simultánea: para diputados y senadores al Congreso de la Unión se celebrarán el primer domingo del próximo mes de agosto, mientras que las de Presidente de la República se harán el primer domingo del próximo mes de septiembre.

Los partidos políticos y candidatos registrados, deberán hacer sus boletas y los candidatos y sus representantes entregarán dichas boletas a los Presidentes Municipales.

La credencial de elector formará parte del expediente electoral; además, tan luego como uno de los secretarios haya anotado el nombre del elector en la lista respectiva con la palabra “voto”, le entregará para su resguardo la constancia de haber votado, subscrita por el Presidente y uno de los secretarios, recogiéndole la credencial.

El Congreso local, o la Cámara de Diputados, si se trata de la elección de senadores por el Distrito Federal, recibirán los expedientes que les remitan las juntas computadoras de los distritos y harán la computación total de votos, expresando el número de votos obtenidos por cada candidato y en cuál de ellos recayó la elección por haber obtenido el mayor número de votos. Si el Congreso local no estuviere en sesiones, la Comisión Permanente del mismo hará tales operaciones.

En los Estados donde  no esté establecido el orden constitucional y haya desaparecido el Poder Legislativo, la primera Comisión Escrutadora del Senado hará la computación de los votos. Hecho esto, hará la declaración de haber sido electa la persona que hubiere obtenido la mayoría de los votos emitidos, expidiéndole la correspondiente credencial.

Sobre la legitimidad de esta credencial dictaminará la segunda Comisión Escrutadora del Senado y la Cámara calificará estas elecciones, como las de todos sus demás miembros, de manera definitiva e inatacable.

Doralicia Carmona: MEMORIA POLÍTICA DE MÉXICO.