27 de Mayo de 1921
El encargado de negocios de los Estados Unidos en México, George T. Summerlin, hace la presentación al presidente. Entre las muchas cláusulas del proyecto, se establece que los derechos de propiedad no pueden ser violados por ningún precepto legal y que en particular, el artículo 27 constitucional no puede ser aplicado retroactivamente respecto a las propiedades adquiridas en México por ciudadanos y sociedades norteamericanos, y que tales derechos de propiedad, aplicables al suelo o al subsuelo, no serán perturbados en el futuro. Además, señala que deben devolverse a los ciudadanos y sociedades de los Estados Unidos, cualesquiera propiedades, derechos o intereses que se les hubiese quitado desde el 1° de enero de 1910 sin que hubiese habido una justa compensación.
También establece que México pagará los daños sufridos en las propiedades que están siendo restituidas a sus propietarios norteamericanos, y que en los casos en que la restitución sea imposible se dará una compensación justa.
Asimismo dispone, en contra de los artículos 3º, 33 y 130 constitucionales, que los ciudadanos de los Estados Unidos gozarán en México de los mismos derechos que los ciudadanos mexicanos en los Estados Unidos respecto a las actividades religiosas o educacionales.
Como lo estipulado en este proyecto de tratado anula virtualmente las reformas básicas de la Constitución de 1917 al no considerarlas aplicables a los ciudadanos y propiedades norteamericanas, el gobierno mexicano no procede a su firma y los norteamericanos demoran la reanudación de relaciones diplomáticas con México.
Obregón considera que si obtiene el reconocimiento del gobierno norteamericano conjurará su intervención armada y otras naciones como Inglaterra y Francia, también lo otorgarán, por eso ha indicado la urgencia de reanudar relaciones "porque no deseo terminar mi período encabezando un gobierno que no es legal ante el mundo". El problema es justamente que los norteamericanos exigen antes la firma de un tratado, cuyo proyecto hoy presentan a Obregón como paso previo al reconocimiento de su gobierno.
La exigencia de un tratado se fortaleció en el mes de marzo pasado, al asumir la presidencia de Estados Unidos Warren G. Harding, cuyo secretario del Interior Albert Fall, escribió cuando era senador: "Mientras yo tenga algo que ver con el problema mexicano, ningún gobierno de México será reconocido, con mi consentimiento, si antes no se celebra un convenio por escrito prometiendo proteger a los ciudadanos americanos y los derechos sobre sus propiedades en México".
La negociación de este tratado será lenta y larga. Se prolongará los próximos tres años. Los Estados Unidos insistirán en celebrar en primer lugar el tratado de amistad y comercio antes de otorgar el reconocimiento, México reiterará sus objeciones y propondrá diversas medidas como el establecimiento de comisiones que atiendan los reclamos de los norteamericanos. Ante el poco avance, Summerlin escribirá: "Sí va a continuarse la confiscación de los derechos de propiedad, así debe darse a conocer. Si los derechos de propiedad van a ser salvaguardados, no debe haber objeción a un arreglo que lleve a ese fin, y en vista de lo que ha pasado en México es manifiestamente obvio que debiera efectuarse arreglo semejante".
Será hasta el 14 de mayo de 1923 cuando los representantes del gobierno norteamericano, Charles Beecher Warren y John Barton Payne y los representantes mexicanos, Fernando González Roa y Ramón Ross se reúnan en la casa Núm. 85 de la Avenida Bucareli, en la ciudad de México.
Poco antes de esa cita, el expresidente De la Huerta, entonces secretario de Hacienda, insistirá ante Obregón en que México debe ser reconocido antes de cualquier discusión o acuerdo y en que no se acepte que vengan a México representantes de los Estados Unidos a discutir la legislación mexicana o las condiciones para el reconocimiento. Obregón le asegurará que sólo se cambiarán ideas informalmente y no se celebrarán convenios.
Después de algunos incidentes que las ponen al borde de la suspensión, las conferencias de Bucareli finalizarán el 15 de agosto de 1923. Se aceptará que respecto al petróleo no procede la retroactividad del artículo 27 constitucional; que se paguen en bonos las propiedades norteamericanas inferiores a 1,755 hectáreas y en efectivo e inmediato las que rebasen esa superficie; y que se integren dos comisiones para atender las reclamaciones de los norteamericanos.
Las declaraciones hechas por sus comisionados, serán aprobadas por los presidentes Coolidge (Harding falleció) y Obregón. Como resultado de la aprobación, el 31 de agosto siguiente, se reanudarán las relaciones con Estados Unidos, suspendidas desde el 7 de mayo de 1920; se firmará en Washington el 8 de septiembre el tratado sobre la Convención General de Reclamaciones para reclamaciones de ciudadanos norteamericanos y para las reclamaciones a los Estados Unidos por ciudadanos mexicanos, de 1868 en adelante; y el día 10 del mismo mes, se firmará en México el tratado sobre la Convención Especial de Reclamaciones para pérdidas sufridas por ciudadanos, sociedades, etc., de los Estados Unidos del 20 de noviembre de 1910 al 21 de mayo de 1920.
Ante su insistencia, Obregón permitirá a De la Huerta analizar las actas y éste no quedará conforme con la no retroactividad del artículo 27 Constitucional y con la inclusión de extranjeros en las c omisiones mixtas de reclamaciones, entre otras cosas; y considerará a las conferencias un tratado impuesto como condición para el reconocimiento del régimen, lo que juzgará indebido e innecesario.
Quedará la duda si en esas conferencias de Bucareli se convinieron acuerdos secretos y extraoficiales en forma de actas de las sesiones y si esas actas fueron realmente la parte principal de lo convenido acerca del petróleo y las expropiaciones agrarias, actas que se conocerán desde entonces como Tratados de Bucareli.
Aarón Sáenz, subsecretario de Relaciones Exteriores, negará que hubiera tratados secretos u otros secretos, y como las "minutas" no fueron al Senado mexicano para su ratificación, aclarará que no se presentó otro documento u obligación “por la sola razón de que tal documento u obligación no existía."
Obregón dirá en su informe presidencial de ese mismo año que los comisionados mexicanos "después de, oír, en cada caso, el punto de vista americano y sin que llegara a suscitarse discusión alguna tendiente a modificar nuestras leyes, explicaron tanto las partes de estas leyes relacionadas a los intereses americanos en México en conexión, solamente, con las cuestiones petroleras y agrarias, como también la forma en que el presente gobierno -en prosecución de la parte relativa de su inicial programa político- ha venido conciliando las conquistas revolucionarias cristalizadas en la referida legislación con los principios del derecho internacional”.
Así, Obregón gozará del reconocimiento, de los préstamos, de las armas y del apoyo en general norteamericanos que le permitirán vencer la inminente rebelión de Adolfo de la Huerta e imponer a Calles como su sucesor.
Doralicia Carmona: MEMORIA POLÍTICA DE MÉXICO.
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