19 de Abril de 1994
Según Octavio Rodríguez Araujo y Carlos Sirvent (Instituciones Electorales y Partido Políticos en México) la reforma consiste en lo siguiente:
* Dispone que la organización de las elecciones se hará por un organismo público autónomo con la participación de los ciudadanos. La autoridad de dicho organismo se integrará por consejeros ciudadanos designados por el Poder Legislativo y el Ejecutivo, y por representantes de los partidos políticos (art. 41).
* Los magistrados del Tribunal Electoral deberán satisfacer los requisitos que se establecen para los ministros de la Suprema Corte (artículo 41).
Doralicia Carmona: MEMORIA POLÍTICA DE MÉXICO.
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