31 de Diciembre de 1917
El presidente constitucional Venustiano Carranza promulga la Ley por la que se establecen las secretarías de Gobernación, Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas, Industria, Comercio y Trabajo, y Guerra y Marina; así como los departamentos siguientes: Universitario y Bellas Artes, de Salubridad Pública, de Contraloría, de Aprovisionamientos Generales, y de Establecimientos Fabriles y Aprovisionamientos Militares.
El 14 de abril pasado, todavía como Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, Venustiano Carraza había publicado una Ley en la que estableció seis secretarías y tres departamentos de Estado. Las Secretarías eran: Hacienda y Crédito Público, Comunicaciones, Fomento, Industria, Comercio, y Guerra y Marina; los Departamentos: Judicial, Universitario y de Bellas Artes, y Salubridad Pública. El Departamento Judicial recibió la denominación de Procuraduría General de la Nación y el Departamento Universitario y de Bellas Artes, la de Universidad Nacional.
La nueva ley trae varios cambios importantes al seno de la administración pública: reaparecen las secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores; se agrega la materia del trabajo a las funciones de la anterior Secretaría de Industria y Comercio; de igual modo, la antes secretaría de Fomento, asume funciones respecto a la agricultura; y la secretaría de Comunicaciones, incluye nuevamente el ramo de Obras Públicas.
Por otra parte, se crean los nuevos departamentos de Aprovisionamientos Generales, Establecimientos Fabriles y Aprovisionamientos Militares, y de Contraloría.
En enero de 1918 serán expedidas las Leyes Orgánicas de los Departamentos de Aprovisionamientos Generales y de Contraloría. Éste último será el encargado de llevar las cuentas generales de la nación y de establecer métodos de contabilidad y procedimientos para rendir las cuentas del manejo de los fondos y bienes públicos.
Doralicia Carmona: MEMORIA POLÍTICA DE MÉXICO.
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